HERRERA/UNIVERSIDAD DE SANTIAGO CHILE
Rol
O-4427-2023
Fecha
10 de diciembre de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demanda, a excepción de aquellos reconocidos en esta presentación. Consecuentemente, es una carga de la contraparte acreditar los
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso RONALD EDUARDO HERRERA GARCÍA, cédula nacional de identidad número 13.743.787-2, ingeniero civil industrial, domiciliado para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia N° 1370, Oficina N° 1, Providencia, Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general, en contra de su ex – empleador la UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE, RUT N° 60.911.000-7, representada legalmente por don RODRIGO VIDAL ROJAS, cédula nacional de identidad número 8.900.392-K, ambos domiciliados en Avenida Bernardo O'Higgins N° 3363, Estación Central, Santiago, a fin de que se declare la existencia de la relación laboral entre las partes, y en seguida se declare que su despido fue injustificado y nulo, y para que se le condene en consecuencia a pagar las sumas adeudadas por los conceptos que señala, con intereses, reajustes y costas. Fundamentando lo anterior expresa que ingresó a trabajar el 15 de agosto del 2014. Ese día se presentó a trabajar y comenzó su historia laboral en la Facultad de Ingeniería sin interrupciones o lagunas y que llegó a su fin en el mes de abril de 2023, momento en el cual fue notificado que debía firmar su renuncia en relación al último proyecto al cual prestó servicios. Agrega que la relación laboral que la ligó con la demandada puede dividirse en varios periodos: PERIODO DEL 15 DE AGOSTO DE 2014 A MAYO 2015. Este fue mi primer periodo en la Facultad de Ingeniería, en la cual comencé prestando servicios a honorarios. En dicho periodo mi jefatura directa fue doña María Teresa Santander Gana, quien se desempañaba como Directora del Proyecto Ingeniería para el 2030 y académica del departamento de Ingeniería industrial de la USACH. Durante Durante este periodo preste servicios como Secretario Técnico del Proyecto, Elaboración de Actas, Coordinación de Reuniones, Logísticas del Proyecto. Con cargo a proyecto Innova-Corfo 14ENI2-26905 que dirige la jefatura indicada. En cuanto mi jornada y horario de trabajo por contrato de honorarios era lunes a viernes de 9:00 a 18:00, sin embargo, trabaje muchos sábados y domingos. El lugar donde preste servicios era una oficina pequeña ubicada en el Departamento de Ingeniería Industrial de la USACH. Finalmente, la remuneración pactada en este periodo se me pago un honorario líquido de $1.200.000 pesos. PERIODO DE MAYO 2015 A JULIO DEL 2018. La modificación de mi contrato se realizó el 01 de julio del 2016, donde la función que me entregaron fue: "Apoyo integra! a las actividades del eje vinculación con el medio del proyecto", el cual incluía trabajo en terreno. Todo lo anterior, con cargo a proyecto Innova- Corfo 14ENI2-26905, que dirigía el profesor Jorge Bravo. Sin embargo, la importancia que comencé a tener en el proyecto fue creciendo, por lo que mi jefe, el señor Bravo y el jefe 2, el señor Mario López, me pidieron que asumiera el cargo de Coordinador Ejecutivo del Proyecto o que es lo mismo el Coordinador Ejecutivo de la planificación es
Fallo
por tanto, la nulidad del despido en la especie. Finaliza solicitando el rechazo de la demanda, con costas. TERCERO: Que con fecha 03 de octubre de 2023 tuvo lugar la audiencia preparatoria, en la que no se fijaron hechos pacíficos, y en la cual se llamó a los litigantes a conciliación, proponiendo al efecto el Tribunal bases concretas de un posible acuerdo, el cual no prosperó. Atendido lo precedentemente relatado y existiendo al juicio del tribunal hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, fijo los siguientes hechos a probar: 1) Efectividad de haber existido una relación laboral entre demandante y demandada. En la asertiva de aquello: a. Fecha de inicio, labores y jornada. b. Base de cálculo. c. Hechos y circunstancias que rodearon el término de la relación, cumplimiento de las formalidades legales. d. Efectividad de adeudarse prestaciones laborales, en la asertiva, montos adeudados y orígenes de las acreencias. e. Efectividad de adeudarse cotizaciones de seguridad social, en la asertiva, montos y períodos adeudados, procedencia de la sanción estatuida en el artículo 162 inciso 5° y 7° del código del Trabajo. CUARTO: Que para acreditar sus alegaciones la parte demandante rindió en la audiencia de juicio, los siguientes medios de prueba consistentes en: I.- Documental: Incorporó mediante lectura resumida los siguientes documentos no objetados de contrario: Contrato de Honorarios del actor de fecha 29 de diciembre de 2020, correspondiente al periodo del 01 de
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Santiago, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso RONALD EDUARDO HERRERA GARCÍA, cédula nacional de identidad número 13.743.787-2, ingeniero civil industrial, domiciliado para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia N° 1370, Oficina N° 1, Providencia, Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de apli
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