OPAZO/JIMÉNEZ
Rol
C-7349-2024
Fecha
23 de diciembre de 2024
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, con fecha 20 de abril de dos mil veinticuatro, comparece do añ Paloma Valenzuela Berrios, abogada, domiciliada en calle La Castellana Norte N 44, departamento N 33, comuna de Las Condes, en representaci n° ° ó de do a Ximena Lorena Opazo Letelier, domiciliada en calle Padre Letelñ ier N 041, departamento 101, comuna de Providencia, quien deduce acci n de° ó cobro de rentas, pago de cuentas b sicas y restituci n de inmueble y, ená ó subsidio, acci n de desahucio, en contra do a Constanza Margarita Gostlingó ñ Garreaud de Mainviliers y Jorge Andr s Jim nez Magnan, domiciliados ené é calle Toltecas N 8665, comuna de Las Condes, en su calidad de deudor° principal, y en contra don Alexis Alejandro Andreu Campos, domiciliado en calle Montana N 7416, comuna de Vitacura, en su calidad de fiador y° codeudor solidario. Que, con fecha 19 de agosto de dos mil veinticuatro, rectifica la acci n, agregando nuevos elementos y acci n de indemnizaci n deó ó ó perjuicios. Que, con fecha 23 de octubre de dos mil veinticuatro, se celebra comparendo de contestaci n, conciliaci n y prueba, con la comparecenciaó ó del apoderado de la demandada. En el acto, se tuvo por deducida excepci nó dilatoria, por contestada la acci n y por deducida acci n reconvencional.ó ó Adem s, se tuvo por frustrado el llamado a conciliaci n y se recibi lá ó ó a causa a prueba. Código: KXZNXRSCNVV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7349-2024 Foja: 1 Que, con fecha 25 de noviembre de dos mil veinticuatro, se cita a las partes a o r sentencia.í a.- Respecto a la excepci n dilatoria del art culo 303 N 2 deló í ° C digo de Procedimiento Civil, incoada por la demandada con fechaó 23 de octubre de dos mil veinticuatro: Primero: Que, el apoderado de la demandada opone la excepci nó dilatoria del numeral 2 del art culo 303 del C digo de Procedimiento Civil,í ó fundado en que la contraria no es titular del dominio pleno del inmueble, sino
Fallo
se declarase terminado el procedimiento, delimitando el contenido de la oposici n, sin que puedan agregarse otras defensas, de conformidad aó lo establecido en el art culo 18 H de la Ley N 18.101.í ° Estas excepciones incluyeron dos dilatorias de falta de capacidad e ineptitud del l belo y dos perentorias por incumplimientos de la demandanteí y falta de capacidad de la misma parte. Se ala que su reñ presentada es due a de la totalidad del inmueble,ñ toda vez que el porcentaje de la otra due a inscrita corresponde a suñ madre, que falleci seg n consta en acta de posesi n efectiva de fecha 15 deó ú ó abril de dos mil veinticuatro. Luego, en su rectificaci n de la acci n, en relaci n con la acci n deó ó ó ó cobro de rentas nicamente agrega meses a perseguir, siendo estos desdeú enero a agosto de dos mil veinticuatro, m s gastos por servicios b sicosá á impagos y multa, adem s de lo faltante de diciembre de dos mil veintá itr s.é As las cosas, el total de la obligaci n corresponder a a $13.750.000í ó í pesos por concepto de rentas impagas y servicios b sicos, m s 132 Unidadesá á de Fomento por multa. Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n de terminaci nó ó de contrato por no pago de rentas, en contra do a Constanza Margaritañ Gostling Garreaud de Mainviliers y Jorge Andr s Jim nez Magnan, en sué é calidad de deudor principal, y en contra don Alexis Alejandro Andreu Campos, en su calidad de fiador y codeudor solidario, todos ya individualizados, y en definiti
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C-7349-2024 Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7349-2024 CARATULADO : OPAZO/JIM NEZÉ Santiago, veintitr s de diciembre de dos mil veinticuatro.é Vistos: Que, con fecha 20 de abril de dos mil veinticuatro, comparece do añ Paloma Valenzuela Berrios, abogada, domiciliada en calle La Castellana Norte N 44, departamento N 33, com
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