MELGAREJO/
Rol
V-11-2023
Fecha
27 de diciembre de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, a folio 1, comparece doña MARYORY NATALY MELGAREJO CABEZAS, chilena, casada, estudiante, cédula nacional de identidad Nº 17.755.407-3, domiciliada en Rio Claro N° 1005, comuna de Cabrero, quien respetuosamente expone: Relata que el nombre actual de la solicitante es Maryory Nataly Melgarejo Cabezas, según consta en el certificado de nacimiento emitido por el Registro Civil e Identificación con fecha 3 de febrero de 2022. Desde que tiene memoria, la solicitante fue abandonada por sus padres, siendo su abuela materna quien se hizo cargo de ella desde entonces. Posteriormente, cuando tenía 12 años, conoció a su progenitor, con quien mantuvo una relación que, en un comienzo, fue buena, pero que después se deterioró. En relación con este punto, hace un par de meses convivió con su progenitor, sin embargo, esta experiencia no fue de lo más grata, ya que no hubo un esfuerzo de su parte por crear un vínculo con ella, ni tampoco con sus hijos. Por ello, considera que no vale la pena mantener contacto con él, y mucho menos llevar su apellido. Explica que, bajo su actual nombre, ha sufrido situaciones de burla, justamente a causa de su nombre, así como también ha sido objeto de menosprecio por parte de las personas debido a acciones cometidas en el pasado. Es por lo anteriormente expuesto que su actual nombre le hace sentir incómoda consigo misma, según consta en el certificado psicológico que se acompaña en otrosí de esta presentación. Agrega que, en relación con lo anteriormente expuesto, desde el año 2012, tanto en sus redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter, TikTok, Código: QPXBXRCUUPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Snapchat), como en los hechos y en su círculo más cercano (familiares, amigos), la solicitante es conocida por el nombre de Charlotte Grimmwolf Cabezas, así como también es el nombre con el que se presenta ante nuevas personas, nombre c
Fundamentos
motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios". Finaliza que, conforme a lo relatado y teniendo presente la normativa vigente, en este caso se cumple de forma completa el presupuesto para obtener el cambio de nombre, ya que la solicitante ha sido conocida por más de cinco años con este nombre, el cual es diferente al propio. En este caso se satisfacen los motivos plausibles para requerir la autorización y que, de lo establecido en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículo 1 letra b) de la Ley 17.344 y del artículo 31 de la Ley 4.808 sobre Registro Civil, se ruega autorizar el cambio del nombre actual de la solicitante, el cual es Maryory Nataly Melgarejo Cabezas, por el de Charlotte Grimmwolf Cabezas, disponiendo así al Servicio de Registro Civil e Identificación, la modificación de su inscripción de nacimiento en los términos solicitados, así como también se proceda a modificar la partida de nacimientos de sus hijos, cuyos certificados de nacimiento se acompañan en otrosí de su presentación. Luego y con el fin de acreditar sus alegaciones, la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1.- Certificado de nacimiento de Maryory Nataly Melgarejo Cabezas, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación con fecha 3 de febrero de 2022. Código: QPXBXRCUUPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 2.- Certificado emitido por el Centro Terapéutico Integral LIMAY, de la comuna de Cabrero, suscrito por doña Javiera Mella Galaz, con fecha 7 de febrero de 2023. 3.- Certificado de Nacimiento de Maximiliano Augusto Medina Melgarejo, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación con fecha 2 de febrero de 2023. 4.- Certificado de nacimiento de Mayte Isadora Medina Melgarejo, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación con fecha 2 de febrero de 2023. 5.- Certificado de nacimiento de Octavio Máximo Medina Melgarejo, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación con fecha 2 de febrero de 2023. A folio 13, se acompañó la publicación de la solicitud efectuada en el Diario Oficial el día 02 de Enero de 2024, sin que se presentara oposición a la solicitud, circunstancia que consta en autos a folio 15. A folio 19, rola información sumaria de testigos. Señala la testigo doña Sharon Axa Noemí Rodríguez Gómez: “Conozco a la solicitante, doña Maryory Nataly Melgarejo Cabezas, con la que me relaciono desde el 2018 aproximadamente, en donde por contactos publicados en un diario mural de la universidad pude acceder a conversar con ella; en razón de lo expuesto, tuve la oportunidad de ser su alumna de las clases particulares de algebra, lo que fue si bien solicitado por un acotado tiempo, nuestra amistad se mantiene hasta la fecha, teniendo siempre contacto sea por redes sociales o de forma física, además desde el primer día que compartimos la he llamado como Charlotte Grimm
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 1, letra b), artículos 3, 4 y 6 de la Ley Nº17.344; artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que: Se accede a lo solicitado en lo principal de la presentación de folio 1, de fecha 10 de febrero de 2023, en consecuencia, se ordena rectificar la Partida de Nacimiento, N°135, del año 1991, de la circunscripción de CHILLÁN, siendo titular de ella MARYORY NATALY MELGAREJO CABEZAS, Cédula de identidad 17.755.407-3, nacida el 16 de enero de 1991, quedando, en definitiva, como “CHARLOTTE GRIMMWOLF CABEZAS”. Procédase a las subinscripciones que correspondan y modifíquese la partida de nacimiento de la solicitante, de acuerdo con lo resuelto en esta sentencia. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. ROL: V-11-2023 Se proveyó y firmó mediante firma electrónica avanzada, según lo dispuesto en la Ley 20.886 y el acta 71-2016 de la Excma. Corte Suprema. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Cabrero, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Código: QPXBXRCUUPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-27T10:10:44-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Cabrero CAUSA ROL : V-11-2023 CARATULADO : MELGAREJO/ Cabrero, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, a folio 1, comparece doña MARYORY NATALY MELGAREJO CABEZAS, chilena, casada, estudiante, cédula nacional de identidad Nº 17.755.407-3, domiciliada en Rio Cl
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