SCOTIABANK CHILE./GOMEZ
Rol
C-15281-2024
Fecha
20 de diciembre de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 21 de agosto de 2024ó comparece el abogado Jorge Barahona Sotelo en representaci n de Scotiabank Chile, representada poró Diego Patricio Masola, todos domiciliados en calle Morand N 226,é ° comuna de Santiago, demandando en juicio ejecutivo a Marianny Coromoto G mez S nchez domiciliada en calle Poeta Vicente Huidobroó á N 3.500, departamento 1.413, comuna de Macul, por la suma de° 2.134,4524 UF y $14.959.025, m s intereses y costas.á Indica que su representado es acreedor de los siguientes cr ditos: é 1.- El mutuo hipotecario N de operaci n 710128711590 por la° ó cantidad de 2.213,1691 UF, formalizado mediante escritura p blica de 25ú de marzo de 2022. El pr stamo deb a ser pagado en 360 cuotas mensualesé í y sucesivas, que inclu an capital e intereses, comenzando el 10 de agosto deí 2022 y concluyendo el 10 de julio de 2052. El contrato estipulaba un inter s de 4,08% anual para los tresé primeros per odos de determinaci n de intereses, y a partir del cuartoí ó per odo, el inter s se calculaba sumando un 1,6% a la Tasa Activa Bancariaí é (TAB). Los dividendos deb an ser pagados dentro de los 10 primeros d así í corridos del mes de vencimiento, por mensualidades vencidas. De acuerdo con lo pactado en caso de mora o simple retardo en el pago de cualquier dividendo, el acreedor pod a exigir anticipadamente elí pago total del mutuo o el saldo adeudado. Adem s, el monto en moraá devengaba un inter s penal equivalente al inter s corriente vigente m s uné é á 50%. La deudora dej de pagar a partir del dividendo N 25, conó ° vencimiento el 12 de agosto de 2024, por lo que exige la totalidad del mutuo que corresponde a un saldo de capital de 2.134,4524 UF m s losá intereses pactados y penales que se devenguen hasta el pago total de la obligaci n.ó Código: LWXFXRUMUFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- Pagar a la Vista N de Operaci n 710144436919 suscrito poré ° ó Sebasti n Ram
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo í lo constituyen: - copia autorizada de escritura p blica de 25 de marzo de 2022ú otorgada en la 4 notar a de Santiago, en cuya cl usula octava, el ejecutadoª í á se oblig a pagar un total de 2.219,1691 UF, en 360 cuotas mensuales, queó comprender n el capital e inter s, cada uno de los cuales tendrá é á vencimiento el d a 10 de cada mes, m s un inter s de 4,08% anual para losí á é 3 primeros per odos de determinaci n de intereses y a partir del 4 per odo,í ó ° í el inter s se calculaba sumando un 1,6% a la Tasa Activa Bancaria (TAB). é - Pagar a la vista (Asociado a productos SSA) N 710144436919,é ° suscrito el 30 de mayo de 2024 por Sebasti n Rammsy Cruz ená representaci n de la ejecutante y este, a su vez, de la ejecutada, por la sumaó de $14.959.025. La firma del suscriptor se encuentra autorizada por notario p blico.ú SEGUNDO: Que en cuanto a la excepci n de falta de requisitos deló t tulo para que tenga fuerza ejecutiva sustentada en que la obligaci n no esí ó l quidaí , de acuerdo a lo dispuesto por el art culo 438 del C digo deí ó Procedimiento Civil, se entiende l quida no solo la cantidad que tenga dichaí calidad, sino aquella que pueda alcanzarse mediante simples operaciones aritm ticas con los datos que el mismo t tulo suministre, como ocurre ené í Código: LWXFXRUMUFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl autos, al establecerse en forma expresa en los documentos la tasa de inter sé aplicable a la suma adeudada a, por lo cual ser deso da.á í TERCERO: Que respecto a la misma excepci n basada en que noó est acreditado el pago del impuesto de la Ley de Timbres y Estampillas, siá bien dicha contribuci n lo grava, de acuerdo con lo previsto art culo 1 deló í DL N 3.475, º trat ndose de bancos, como ocurre en la especie, dicho pagoá debe efectuarse dentro del mes siguiente a la emisi n del documento,ó pudiendo hacerse a trav s de formularios mensuales de pago de dichosé tributos en Tesorer a, bastando al efecto consignar mediante una leyendaí que se ha dado cumplimiento a tal exigencia, seg n instrucciones dadas porú el Servicio de Impuestos Internos, la que en el pagar de autos se observaé en la parte final de la segunda hoja, por lo que ser rechazada.á CUARTO: Que, en cuanto a la excepci n de pago parcial y laó concesi n de esperas o pr rroga del plazoó ó interpuesta respecto al mutuo hipotecario y el pagar de autos, de conformidad a lo establecido en elé art culo 1698 del C digo Civil, correspond a a la parte ejecutada acreditarí ó í los sustentos f cticos de su defensa, lo que no ocurri , por lo cual será ó á desestimada. QUINTO: Que, por haberse desestimado las excepciones, la ejecuci n deber seguir adelante y la ejecutada soportar el pago de lasó á á costas. En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 170,á í 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, se rechazan lasó excepciones opuestas, con cost
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15281-2024 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE./GOMEZ Santiago, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: En presentaci n de 21 de agosto de 2024ó comparece el abogado Jorge Barahona Sotelo en representaci n de Scotiabank Chile, representada poró Diego Patricio Masola, todos domiciliados en calle Morand N 22
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