INMOBILIARIA LOS JARDINES LIMITADA/MUNICIPALIDAD OSORNO
Rol
C-4094-2023
Fecha
20 de diciembre de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio 1, doña Hortensia Del Carmen López Fuentes, casada, odontóloga jubilada, R.U.N. N° 4.895.069-8, en representación de Inmobiliaria Los Jardines Limitada, R.U.T. N° 76.503.599-6, ambas domiciliadas para estos efectos en Los Jardines N°1950, Villa Parque Sur, Osorno, interpone demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad De Osorno, R.U.T. N° 69.210.100-6, corporación de Derecho Público, representada legalmente por su alcalde, don Emeterio Carrillo Torres, R.U.N. N°9.293.867-0, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Mackenna N° 851, de esta ciudad de Osorno. Funda su demanda en la deuda que mantiene la Inmobiliaria Los Jardines con la Ilustre Municipalidad de Osorno por concepto de derecho de patente comercial provisorio, desde el año 2019 hasta el año 2022, por la suma de $9.609.223. Argumenta que dicha deuda se encuentra totalmente prescrita y solicita la declaración de la extinción, por prescripción, de las acciones de cobro y derecho a percibir impuestos por concepto de patente comercial de la propiedad por este período. En el folio 4 consta la notificación personal a don Emeterio Carrillo Torres, en representación de Ilustre Municipalidad De Osorno. En el folio 5 la Ilustre Municipalidad de Osorno contesta la demanda de prescripción extintiva de cobro de patente comercial solicitando su rechazo. Argumenta la demandada que no procede aplicar la figura de la prescripción extintiva toda vez que con fecha 9 de marzo de 2023 la demandante fue notificada administrativamente del procedimiento de cobro de patentes municipales. Agrega que de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 29° del DL 3063 todo contribuyente tiene el mes de julio de cada año para el pago total de la patente, de esta manera y a contar de cada 1 de agosto, dicho tributo se hace exigible para la municipalidad. De este manera, la exigibilidad del año tributario 2020 nace a contar del 1 de agosto del mismo año, por lo que d
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que en el folio 17 se recibe la causa a prueba y se fijan como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1. Efectividad que la demandante doña Hortensia Del Carmen López Fuentes, en representación de Inmobiliaria Los Jardines Limitada, R.U.T. N° 76.503.599-6, adeuda a la Ilustre Municipalidad de Osorno, por concepto de derecho de patente comercial Código: HXXVXRZELDV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl provisoria, desde el año 2019 al 2022, la suma de $9.609.223. 2. Efectividad de encontrarse prescrita la deuda señalada en el punto anterior. 3. Existencia por parte de la Ilustre Municipalidad de Osorno de proceso de cobro a evasores y a morosos del pago de patente municipal, en el cual la demandante fue notificada de estar ejerciendo actividad económica sin contar con patente municipal, por los periodos 2019 a 2022. 4. Efectividad que Inmobiliaria Los Jardines Limitada, adeuda a la Ilustre Municipalidad de Osorno la suma de $13.321.514, incluido interés penal y reajuste. SEGUNDO: Que la demandante acompañó en forma legal los siguientes medios de prueba: Documental (Folio 1): 1. Certificado de deuda. 2. Copia de la escritura de constitución de la sociedad Inmobiliaria Los Jardines Limitada. TERCERO: Que la demandada acompañó en forma legal los siguientes medios de prueba: Documental (Folio 5): 1. Copia de requerimiento administrativo de notificación de cobro N° 284/2022, que permite acreditar que la demandada reconvencional, fue notificada de ser deudora tributaria, el día 09/03/2023 por inspector municipal de la Ilustre Municipalidad de Osorno. 2. Copia de certificado de deuda N° 143/2024 emitido por la I. Municipalidad de Osorno y de fecha 03 de enero de 2024, el cual se encuentra firmado electrónicamente por el Secretario Municipal. CUARTO: Que de los medios de prueba acompañados se desprenden los siguientes hechos acreditados: 1. Que desde el año 2019 al año 2023, la Inmobiliaria Los Jardines Limitada adeuda a la Ilustre Municipalidad de Osorno por concepto de patente municipal la suma de $13.321.514 incluidos interés penal y reajuste. Lo anterior se desprende del certificado de deuda de fecha 3 de enero de 2024 acompañado por la Ilustre Municipalidad de Osorno en el folio 5, firmado por Yamil Uarac Rojas, Secretario Código: HXXVXRZELDV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Municipal, documento que por ser copia no objetada de instrumento público, tiene el valor de instrumento público en juicio, y según lo previsto en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil y 1700 del Código Civil, constituye plena prueba. EN CUANTO A LA ACCIÓN PRINCIPAL QUINTO: Que el objeto de este juicio es determinar si la deuda de la Inmobiliaria Los Jardines del período 2019 a 2022 se encuentra prescrita. SEXTO: Que la demandada Ilustre Municipalidad de Osorno argumenta que el req
Fallo
Por tanto, al ser notificada con fecha 2 de diciembre de 2022 Código: HXXVXRZELDV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del requerimiento administrativo, se vio interrumpido el plazo de prescripción de los años 2019 y 2020. En el primer otrosí, la Ilustre Municipalidad de Osorno interpone demanda reconvencional de cobro de pesos concernientes a patentes municipales adeudadas en contra de Inmobiliaria Los Jardines Limitada, representada por doña Hortensia Del Carmen López Fuentes, ambas ya individualizadas. Funda su demanda reconvencional, en que de conformidad al Certificado de Deuda Municipal N° 143/2024, de fecha 3 de enero de 2024, emitido por la Ilustre Municipalidad de Osorno, la Inmobiliaria Los Jardines adeuda la suma de $13.321.514 incluidos interés penal y reajuste, devengados a esta fecha. Sin perjuicio de lo que se resuelva en la demanda principal, subsistirá parte de lo adeudado por el contribuyente. En el folio 9 Inmobiliaria Los Jardines Limitada contesta la demanda reconvencional reiterando su solicitud de prescripción del período de 2019 a 2022 y allanándose cobro del saldo restante. Indica que el requerimiento administrativo indicado por la Municipalidad tiene fecha de noviembre de 2022 y fue realizado a una persona llamada Mónica Saez quien no tiene relación alguna con la Inmobiliaria o su representante, por lo que no puede tenerse en cuenta para efectos de interrumpir el plazo de prescripción
Texto Completo (Preview)
Osorno, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: En el folio 1, doña Hortensia Del Carmen López Fuentes, casada, odontóloga jubilada, R.U.N. N° 4.895.069-8, en representación de Inmobiliaria Los Jardines Limitada, R.U.T. N° 76.503.599-6, ambas domiciliadas para estos efectos en Los Jardines N°1950, Villa Parque Sur, Osorno, interpone demanda de prescripción extintiva en contra de la Il
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica