16º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/MAURY

Rol

C-13650-2024

Fecha

20 de diciembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 29 de julio de dos mil veinticuatro, comparecen las se oras Carolina Beatriz Cisternas Eltit, Gaspar Cortes Moya y Camilañ Andrea Videla Concha, abogados, en representaci n de Socof n S.A,ó í quienes comparecen a la vez en representaci n del Banco de Chile,ó representada legalmente por don Eduardo Ebensperger Orrego, todos domiciliados en calle Teatinos N 449, tercer piso, comuna de Santiago,° quienes deduce acci n ejecutiva en contra don Jos Alberto Maury Flores,ó é domiciliado en avenida Libertador Bernardo O higgins N 5954, comuna de´ ° Estaci n Central.ó Que, con fecha 2 de septiembre de dos mil veinticuatro, comparece el ejecutado, quien opone las excepciones de los numerales 7, 8 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Que, con fecha 9 de octubre de dos mil veinticuatro, se declaran admisibles las excepciones, y se reciben a prueba. Que, con fecha 4 de diciembre de dos mil veinticuatro, se cita a las partes a o r sentencia.í

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparecen las se oras Carolina Beatriz Cisternasñ Eltit, Gaspar Cortes Moya y Camila Andrea Videla Concha, abogados, en representaci n de Socof n S.A, quienes comparecen a la vez enó í Código: CPLXRNQRXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13650-2024 Foja: 1 representaci n del Banco de Chile, quienes deduce acci n ejecutiva enó ó contra don Jos Alberto Maury Flores, todos ya individualizados.é Comentan que su representada es due a del pagarñ é N 4508780583287780, suscrito con fecha 21 de junio de dos mil° veinticuatro, por la sociedad Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A,é en representaci n de la ejecutada, por la suma de $5.499.525 pesos, el queó presentado a cobro, no fue pagado. Tambi n es due o del pagar N 4349565300017807, suscrito de laé ñ é ° misma forma y fecha por la suma de $11.252.719 pesos, a los que cabe agregar los intereses pactados y costas. Estos se suscribieron en virtud del mandato contenido en el Contrato Unificado de Persona, versi n 4.ó Ambos t tulos son perfectos, actualmente exigibles, l quidos y no est ní í á prescritos. Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n ejecutiva enó contra don Jos Alberto Maury Flores, ya individualizado, y en definitiva, seé ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma deó $16.702.244 pesos, m s intereses y costas.á Segundo: Que, la ejecutada opone las excepciones de los numerales 11, 7 y 8 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, estas son; í ó La concesi n de esperas o la pr rroga del plazo, ó ó La falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tuloí tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado yó El exceso de aval o en los casos de los incisos 2 y 3 del art culo 438.ú ° ° í Tercero: Que, a fin de acreditar sus dichos, la actora acompa a enñ tanto prueba instrumental los siguientes documentos. I. Pagar s objetos de la ejecuci n.é ó II. Hoja de firma de contrato. Cuarto: Que, el ejecutado no acompa a diligencia probatoria alguna.ñ Código: CPLXRNQRXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13650-2024 Foja: 1 Quinto: Que, en relaci n a la excepci n del numeral 11 del art culoó ó í 464 del C digo de Procedimiento Civil, el demandado argumenta que haó efectuado diversas diligencias destinadas a obtener una negociaci n deló cr dito objeto de la acci n, situaci n que fue aceptada por la ejecutante.é ó ó Sexto: Que, el art culo 1698 del C digo de Procedimiento Civil poneí ó de carga de la ejecutada la prueba de haberse otorgado un plazo para el cumplimiento de la obligaci n.ó Luego, no habiendo aportado elemento probatorio alguno, es que no puede tenerse por probada la circunstancia de haber dado un plazo para el cumplimiento de la obligaci n por la demandante, por lo que debeó rechazarse la misma. S ptimaé : Que,

Fallo

se declaran admisibles las excepciones, y se reciben a prueba. Que, con fecha 4 de diciembre de dos mil veinticuatro, se cita a las partes a o r sentencia.í Considerando: Primero: Que, comparecen las se oras Carolina Beatriz Cisternasñ Eltit, Gaspar Cortes Moya y Camila Andrea Videla Concha, abogados, en representaci n de Socof n S.A, quienes comparecen a la vez enó í Código: CPLXRNQRXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13650-2024 Foja: 1 representaci n del Banco de Chile, quienes deduce acci n ejecutiva enó ó contra don Jos Alberto Maury Flores, todos ya individualizados.é Comentan que su representada es due a del pagarñ é N 4508780583287780, suscrito con fecha 21 de junio de dos mil° veinticuatro, por la sociedad Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A,é en representaci n de la ejecutada, por la suma de $5.499.525 pesos, el queó presentado a cobro, no fue pagado. Tambi n es due o del pagar N 4349565300017807, suscrito de laé ñ é ° misma forma y fecha por la suma de $11.252.719 pesos, a los que cabe agregar los intereses pactados y costas. Estos se suscribieron en virtud del mandato contenido en el Contrato Unificado de Persona, versi n 4.ó Ambos t tulos son perfectos, actualmente exigibles, l quidos y no est ní í á prescritos. Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n ejecutiva enó contra don Jos Alberto Maury Flores, ya individualizado, y en definitiva, seé ordene despachar mandami

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C-13650-2024 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13650-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/MAURY Santiago, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro Vistos: Que, con fecha 29 de julio de dos mil veinticuatro, comparecen las se oras Carolina Beatriz Cisternas Eltit, Gaspar Cortes Moya y Camilañ Andrea Videla Concha, abogados, e

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