TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/PEYS
Rol
C-9864-2024
Fecha
19 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 31 de mayo de 2024 comparece el abogado ó Jos Deé La Cerda Santa Mar a en representaci n convencional del Banco Ita Chile,í ó ú representada por Gabriel Amado De Moura, en su calidad de continuador legal de Ita Corpbanca, y este en representaci n convencional de la Tesorer aú ó í General de la Rep blica, todos con domicilio en calle Coronel Pereira N 72,ú ° oficina 1.002, comuna de Las Condes, demandando en juicio ejecutivo a Jean Daniel Peys Astudillo, domiciliado en avenida 1 Norte N 839 30, comuna de° Vi a Del Mar, por la suma de 322,8780 UF m s intereses y costas.ñ á Indica que su representado es due o de dos pagar s por las sumas deñ é 6,8786 UF y 315,9994 UF, con vencimiento el 10 de mayo de 2024, suscritos el 10 de abril de 2024 por un apoderado del banco, cuya firma se autorizó ante notario, quien actu seg n mandato otorgado por el ejecutado y queó ú consta en el Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de“ í é Educaci n Superior con Garant a Estatal, Seg n Ley N 20.027.ó í ú ° El capital adeudado devengar a a contar de la fecha de su suscripci ní ó y hasta la fecha de pago efectivo, la tasa de inter s m xima convencional vigenteé á para operaciones de cr dito de dinero reajustables en moneda nacional.é Asimismo, se pact que, en caso de mora o simple retardo en el pagoó del capital adeudado, se devengar a un inter s penal igual al m ximoí é á convencional que la ley permita estipular para operaciones en moneda nacional reajustable, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudada en virtud de estos pagar s. ó é El deudor no pag los referidos documentos, adeudando ó 322,8780 UF. La deuda consta de t tulo ejecutivo, es l quida, actualmente exigible y laí í acci n ejecutiva no se encuentra prescrita.ó En presentaci n de 10 de julio de 2024 el ejecutado opuso las siguientesó excepciones del art culo 464 del C dig
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen í dos pagar sé Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a del Estado,ó í Fisco de Chile (Ley N 20.027), suscritos el 10 de abril de 2024 por Guillermo° Código: NGQVXRWKSRU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Morales Aguilera en representaci n del ejecutante y este, a su vez, enó representaci n del ejecutado, por las sumas de 6,8786 UF y 315,994 UF,ó pagaderos al 10 de mayo de 2024. Las firmas del suscriptor est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s á el ejecutante acompa ñó Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior, con Garant aí é ó í Estatal, Seg n Ley N 20.027ú ° ”, firmado por el ejecutado, donde consta mandato para suscribir apara en su nombre y representaci n.ó TERCERO: Que en lo relativo a la excepci n de concesi n de esperas yó ó pr rroga del plazo, atendido lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil,ó í ó tocaba a la ejecutada acreditar los fundamentos de su defensa, lo que no hizo, por lo que ser desechada.á CUARTO: Que sobre la excepci n de falta de requisitos del t tulo paraó í que tenga fuerza ejecutiva, basada en no estar suscrito el pagar por elé ejecutado, as como respecto del primer fundamento í de la excepci n deó nulidad, sustentada en que el ejecutante hizo uso abusivo del mandato conferido para suscribir los pagar s, excedi ndose en lo referente al montoé é adeudado, condiciones de pago y tasa de inter s aplicada, é ser n desestimadasá pues como se refiri en la motivaci n segunda, el ejecutado facult aló ó ó ejecutante para que se firmaran pagar s é en su representaci n ante notarioó p blico o autoriz ndose la firma ante notario p blico, constando en la cl usulaú á ú á d cima sexta del contrato é las instrucciones para su llenado, las que no han sido desatendidas. QUINTO: Que en lo relativo al segundo argumento de la excepci n deó nulidad -constituir el cr dito con aval del Estado una grave violaci n a losé ó derechos de los consumidores y una inmoralidad deber tal cantidad de dinero para acceder al derecho constitucional a la educaci n- cabe se alar que losó ñ pagar s fueron suscritos de acuerdo con la normativa legal vigente que rige laé materia, no siendo aplicable la regulaci n establecida para los derechos de losó consumidores, adem s de exceder á las alegaciones el mbito del presente juicio,á por decir relaci n con pol ticas p blicas educacionales, por lo cual seró í ú á deso doí . SEXTO: Que en lo que toca al tercer argumento de la indicada defensa, no haberse cumplido con el per odo de gracia de 18 mesesí , será Código: NGQVXRWKSRU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl rechazado, atendido que tocaba al ejecutado acreditar que se encontraba dentro del periodo de gracia, lo que no hizo. S PTIMO:É Que en lo que toca a la excepci n de ineptitud
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Por resoluci n de 13 de diciembre de 2024 se cit a las partes a o ró ó í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen í dos pagar sé Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a del Estado,ó í Fisco de Chile (Ley N 20.027), suscritos el 10 de abril de 2024 por Guillermo° Código: NGQVXRWKSRU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Morales Aguilera en representaci n del ejecutante y este, a su vez, enó representaci n del ejecutado, por las sumas de 6,8786 UF y 315,994 UF,ó pagaderos al 10 de mayo de 2024. Las firmas del suscriptor est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s á el ejecutante acompa ñó Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior, con Garant aí é ó í Estatal, Seg n Ley N 20.027ú ° ”, firmado por el ejecutado, donde consta mandato para suscribir apara en su nombre y representaci n.ó TERCERO: Que en lo relativo a la excepci n de concesi n de esperas yó ó pr rroga del plazo, atendido lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil,ó í ó tocaba a la ejecutada acreditar los fundamentos de su defensa, lo que no hizo, por lo que ser desechada.á CUARTO: Que sobre la excepci n de falta de requisitos del t tulo paraó í que tenga fuerza ejecutiva, basada en no estar suscrito el pagar por elé ejecutado, as como respecto del primer
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9864-2024 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REPUBLICA DEÍ CHILE/PEYS Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: En presentaci n de 31 de mayo de 2024 comparece el abogado ó Jos Deé La Cerda Santa Mar a en representaci n convencional del Banco Ita Chile,í ó ú representada por Gabriel Ama
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