Juzgado de Familia Coyhaique

ANONIMIZADO

Rol

F-140-2025

Fecha

27 de mayo de 2025

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Coyhaique, a veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes que han sido colacionados en esta causa, y en especial la intención de la parte denunciante, en orden a no perseverar en este procedimiento, por cuanto se encuentran superados los conflictos que originaron la denuncia, no ratificando el parte policial, según lo manifestado en llamado telefónico sostenido con Consejero Técnica del Tribunal, y considerando además, que decretar audiencia preparatoria no resulta aconsejable, dado que no se presentará prueba alguna ulteriormente y teniendo presente además lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, artículo 81 y siguientes de la Ley 19.968,...

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, a veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes que han sido colacionados en esta causa, y en especial la intención de la parte denunciante, en orden a no perseverar en este procedimiento, por cuanto se encuentran superados los conflictos que originaron la denuncia, no ratificando el parte policial, según lo manifestado e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica