16º Juzgado Civil de Santiago

SR INMOBILIARIA S.A./DELSO

Rol

C-15653-2024

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 27 de agosto de dos mil veinticuatro, comparece don Rodrigo Javier Atala, domiciliado en avenida Jos Alcalde D lanoé é N 10.545, piso N 3, oficina N 301, comuna de Lo Barnechea, en° ° ° representaci n de la sociedad SR ó Inmobiliaria S.A, representada legalmente por don Rodrigo de Diego Calvo, domiciliados en aven a Am rico Vespucioí é N 1561, piso N 5, comuna de Vitacura, quien deduce acci n de° ° ó terminaci n de contrato de arrendamiento en contra don Luis Aurelio Delsoó Paredes, domiciliado en avenida Las Flores N 1633, comuna de Pudahuel.° Que, con fecha 27 de noviembre de dos mil veinticuatro, se celebra comparendo de contestaci n, conciliaci n y prueba, con la asistencia deló ó apoderado de la demandante. En ella, se tuvo por contestada la acci n, enó rebeld a, por frustrado el llamado a conciliaci n y se cit a las partes a o rí ó ó í sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparece don Rodrigo Javier Atala, en representaci n de la sociedad SR Inmobiliaria S.A, quien deduce acci n deó ó terminaci n de contrato de arrendamiento en contra don Luis Aurelio Delsoó Paredes, todos ya individualizados. Comenta que con fecha 16 de octubre de dos mil dieciocho, su representada celebr un arrendamiento con Luis Aurelio Delso Paredes, enó donde se entreg el local comercial N 132 de 56,30 metros cuadrados, queó ° Código: RPXUXRZDUZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15653-2024 Foja: 1 forma parte del centro comercial Vivo Ciudad de Los Valles, ubicado en avenida Del Canal N 19591, comuna de Pudahuel.° Se pact en su cl usula quinta que el v nculo comenzar a a regiró á í í desde el 16 de octubre de dos mil dieciocho, con una duraci n de 36 meses,ó con posibilidad de renovaci n autom tica, por el periodo de un a o, salvoó á ñ que alguno de los contratantes manifieste su voluntad de poner t rmino alé contrato, por medio de carta certificada. En tanto renta, se fij 0,55 Unidades de Fomento por cada metroó cuadrado, la que se aumentar a cada 24 meses en un 5% sobre el valorí vigente, siendo pagada mensualmente, a m s tardar el 5 de cada mesá calendario. En caso de no pago oportuno de la renta de arrendamiento, devengar a la renta, m s un 20% de recargoí á . La contraria dej de dar cumplimiento a su obligaci n a contar deó ó marzo de dos mil veinticuatro, as como desde febrero de igual a o dej deí ñ ó dar cumplimiento al pago de servicios b sicos y gastos comunes.á Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n de terminaci nó ó de contrato de arrendamiento en contra don Luis Aurelio Delso Paredes, y en definitiva, se declare: I.- Que se encuentra terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre los litigantes. II.- Se condene al pago de la suma de $1.902.345 pesos, los que se derivan de los siguientes conceptos: a.- 1.080.451 por concepto de rentas adeudadas. b.- $637.881 pesos, por concepto de gastos comunes. c.- $184.013 pesos, por concepto de servicios b sicos adeudados.á Ello, en conjunto con el inter s m ximo convencional, y con expresaé á condena en costas. Segundo: Que, la demandada contest la acci n, en rebeld a.ó ó í Código: RPXUXRZDUZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15653-2024 Foja: 1 Tercero: Que, a fin de acreditar sus dichos, la actora acompa a losñ siguientes documentos. I. Contrato de arrendamiento celebrado entre la sociedad SR Inmobiliaria S.A y Luis Aurelio Delso Paredes. II. Facturas electr nicas N 25018, 25074 y 25312.ó ° Cuarto: Que, la demandada no acompa a diligencia probatoriañ alguna. Quinto: Que, de lo dispuesto en los art culos 1545, 1938 y 1942 delí C digo Civil se desprende que el contrato de arrendamiento es un contratoó bilateral, por medio del cual una de las partes, el arrendador, concede el goce de una co

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo razonado y dispuesto en los art culos 1444, 1511, 1545, 1552 y 1915 y siguientes del C digo Civil, 144,í ó 160, 170 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil ó y art culos 1, 6, 7,í 8, 15 y 21 de la Ley N 18.101, modificada por la N 19.866, se declara:° ° I.- Se ACOGE la acci n incoada con fecha 27 de agosto de dos miló veinticuatro, declar ndose en consecuencia terminado el contrato deá arrendamiento celebrado entre la sociedad SR Inmobiliaria S.A y don Luis Aurelio Delso Paredes, respecto al local comercial N 132, perteneciente al° centro comercial Vivo Ciudad de Los Valles, ubicado en avenida Del Canal N 19591, comuna de Pudahuel.° II.- Se condena a la demandada al pago de las rentas por el monto de $ 1.902.345. Este monto deber ser reajustado conforme a lo dispuestoá en el art culo 21 de la Ley N 18.101 y con los intereses m ximosí ° á convencionales para este tipo de operaciones que devenguen desde la fecha de mora y la fecha de pago efectivo. Código: RPXUXRZDUZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15653-2024 Foja: 1 III.- Se condena al pago de las sumas de $637.881 pesos, por concepto de gastos comunes y $184.013 pesos, por concepto de servicios b sicos adeudados.á IV.- Se condena en costas a la demandada. Notif quese, reg strese y arch vense en su oportunidad.í í í ROL N C-° 15653-2024. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el incis

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C-15653-2024 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15653-2024 CARATULADO : SR INMOBILIARIA S.A./DELSO Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, con fecha 27 de agosto de dos mil veinticuatro, comparece don Rodrigo Javier Atala, domiciliado en avenida Jos Alcalde D lanoé é N 10.545, piso N 3, oficin

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