AGENCIA DE CARGA CARGOMOBILITY SPA/INSPECION PROVINCIAL DEL TRABAJO
Rol
I-86-2024
Fecha
6 de diciembre de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció ante este Tribunal JUAN PABLO GANA DUVAL, factor de comercio, en representación de la reclamante, AGENCIA DE CARGA CARGOMOBILITY SPA, del giro Logística Aeroportuaria, ambas domiciliadas para estos efectos en San Antonio 220 Of. 406, Santiago, quien deduce reclamo judicial en contra del Inspector Provincial del Trabajo de Iquique, representada por don MELVIN RIVERA ERAZO, funcionario público, con domicilio en Patricio Lynch Nº 1332-1334 Iquique, respecto de la Resolución Exenta 101-25853/2024 de fecha 17 de octubre de 2024, la que rechazó solicitud de reconsideración administrativa que mi representada formuló en contra de la resolución de Multa Nº8505/2023/48-1 de fecha 6 de noviembre 2023, la que aplicó multa ascendente a 60 UTM. Señala que la resolución de Multa Nº 8505/2023/48-1 de fecha 6 de noviembre de 2023, dispuso como fundamento lo siguiente: MULTA Nª 8505/2023/48-1 “NO TOMAR TODAS LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PROTEGER EFICAZMENTE LA VIDA Y SALUD DE LOS TRABAJADORES, AL NO MANTENER LAS CONDICIONES ADECUADAS DE SEGURIDAD, Y SALUD LABORAL, AL NO IDENTIFICAR LOS PELIGROS, EVALUAR LOS RIESGOS Y DETERMINAR LAS MEDIDAS DE CONTROL RESPECTO DE LOS RIESGOS QUE ESTAN PRESENTES EN EL LUGAR DE TRABAJO, SITUACION QUE AFECTA A LOS TRABAJADORES SEBASTIAN OLGUIN RIVAS, RUN 19.738..132-9, BASTIAN BAEZA VILLALOBOS RUN 18.262.510-8, QUIENES DESEMPEÑAN EL CARGO DE OPERARIO, DANIEL ZEPEDA PLATERO RUN 19.822.711-0 OLIVER FIGUEROA ZARATE RUN 19980441-3, DAFNE FERNANDEZ RAMOS RUN 21.045.404-7, JORGE BOFILL VELARDE RUN 23962759-5 QUIENES DESEMPEÑAN EL CARGO DE OPERARIO COUNTER, SARA PALACIOS ROSEMBLUT RUN 14.148,941-0, DEYANDRA MENESES ROJAS RUN 18.373.679-5, GERARDO NEIRA PEREZ RUN 26,3581.389-5, QUIENES DESEMPEÑAN EL CARGO DE AGENTE SERVICIO AL PASAJER0, Y JOSE PIÑA RUN 26.861.985-2 QUIEN DESEMPEÑA EL CARGO DE SUPERVISOR, SITUACION CONSTATADA DURANTE VISITA INSPECTIVA A INSTALACIONES DE LA EMPRESA UBICADA EN EL AEROPUERTO DIEGO ARACENA”. Sancionando a mi representada por infracción a los artículos 184 inciso 1 y 2 en relación con el artículo 506 del Código del Trabajo, por no tomar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, sancionando a mi representada con una multa de 60 UTM correspondiente a $3.810.900. Afirma que atendida la imputación efectuada por el órgano fiscalizador y en ejercicio del derecho que establece el artículo 511 del C. del Trabajo, acompañó a la Inspección del Trabajo, todos los documentos que acreditaban una subsanación de la conducta por parte de la empresa mediante el respectivo F10, para que la multa fuese rebajada. Agrega que manifestó en la reconsideración administrativa que la multa aplicada, el fiscalizador incurrió en un error de derecho manifiesto que se desprende la simple lectura de la multa, por la falta de legalidad y de tipicidad, alegando que en la resolución de multa no se señala cual es la conducta que en definitiva sanciona, ni siquiera de
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto además lo establecido por el artículo 511 del Código del Trabajo, se resuelve: I.-Se acoge parcialmente la reclamación interpuesta por AGENCIA DE CARGA CARGOMOBILITY SPA en contra de la INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE IQUIQUE, por lo que se modifica la RESOLUCIÓN EXENTA N°101-25853/2024, de fecha 17 de octubre de 2024, en el sentido que se reduce el quantum de la multa a 10 U.T.M. II.-No se condena en costas a las partes por no resultar ninguna totalmente vencida. Regístrese y oportunamente archívese. RIT I-86-2024 Dictada por Don Francisco Javier Vargas Vera, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique.
Texto Completo (Preview)
IQUIQUE, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció ante este Tribunal JUAN PABLO GANA DUVAL, factor de comercio, en representación de la reclamante, AGENCIA DE CARGA CARGOMOBILITY SPA, del giro Logística Aeroportuaria, ambas domiciliadas para estos efectos en San Antonio 220 Of. 406, Santiago, quien deduce reclamo judicial en contra del Inspector P
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica