1º Juzgado Civil de San Miguel

VERGARA/

Rol

V-211-2024

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece don Roberto Luis Larenas Sanhueza, abogado, en representaci n deó don Marcelo Mauricio, Sylvia del Rosario y Eduardo Patricio, todos de apellido Vergara Valenzuela, quien interpone reclamo en contra del Conservador de Bienes Ra ces de Saní Miguel, por su negativa a inscribir en su Registro de Propiedad, la modificaci n deló inventario de bienes ra ces realizada por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n ení ó su Resoluci n Exenta N 39223 de fecha 26 de mayo de 2022.ó ° Indica que, con fecha 31 de diciembre de 1970, falleci la menor de cuatro a osó ñ M nica Soledad Vergara Valenzuela, c dula de identidad N 11.107.147-0. Luego, conó é ° fecha 04 de agosto de 1999, falleci don Franklin Manuel Vergara Blanchet, c dula deó é identidad N 4.286.378-5, padre de la menor premuerta, sucedi ndole en sus bienes su° é c nyuge sup rstite, Silvia de las Mercedes Valenzuela Soto y sus hijos, Marcelo Mauricioó é Vergara Valenzuela, Sylvia del Rosario Vergara Valenzuela y Eduardo Patricio Vergara Valenzuela. Agrega que, con fecha 30 de junio de 2003, do a Silvia de las Mercedesñ Valenzuela Soto, c dula nacional de identidad N 4.521.579-2, viuda de don Frankliné ° Manuel Vergara Blachet, se adjudic por resoluci n N 676 de la SEREMI de Bienesó ó ° Nacionales, la propiedad ubicada en calle Petorca N 7730, de la comuna de La Granja,° la cual se inscribi a su nombre a fojas 5636, N 6238, del Registro de Propiedad deló ° Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel del a o 2003. Luego, con fecha 25 deí ñ octubre de 2007, falleci inó testada do a Silvia de las Mercedes Valenzuela Soto,ñ sucedi ndole legalmente sus hijos, Marcelo Mauricio Vergara Valenzuela, Sylvia delé Rosario Vergara Valenzuela y Eduardo Patricio Vergara Valenzuela. Expresa que, con fecha 31 de marzo de 2010, se solicit la posesi n efectiva poró ó el fallecimiento de do a Silvia de las Mercedes Valenzuela Soto en favor de sus tres hijosñ vivos y, por error, se incluy , adem s, a la hija premuerta,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Roberto Luis Larenas Sanhueza, abogado, en representaci n de don Marcelo Mauricio, Sylvia del Rosario y Eduardo Patricio, todosó de apellidos Vergara Valenzuela, quien interpone reclamo en contra del Conservador de Código: GFYRXRJNEZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Bienes Ra ces de San Miguel, por su negativa a inscribir en su Registro de Propiedad laí modificaci n del inventario de bienes ra ces realizada por el Servicio de Registro Civil eó í Identificaci n en su resoluci n exenta N 39223 de fecha 26 de mayo de 2022, dondeó ó ° consta que se ha eliminado del inventario de bienes inmuebles los derechos hereditarios transmitidos a don Franklin Manuel Vergara Blachet y a do a Silvia de las Mercedesñ Valenzuela Soto, como herederos de su hija M nica Soledad Vergara Valenzuela en laó propiedad de calle Petorca N 7730, comuna La Granja, inscrita a fojas 10.368 vta.,° N 9.539 del a o 2020, y a fojas 21.588 N 19.974 del a o 2022, en el Conservador de° ñ ° ñ Bienes Ra ces de San Miguel.í Funda su solicitud en los argumentos de hecho y de derecho se alados en loñ expositivo de la sentencia. SEGUNDO: Que el art culo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio deí Bienes Ra ces dispone que, ante la negativa del Conservador a practicar una inscripci n,í ó la parte perjudicada puede ocurrir ante el juez respectivo, quien en vista de la solicitud y de los motivos expuestos por el reclamado, debe resolver por escrito y sin m s tr mite loá á que corresponda. A su vez, el art culo 13 del mismo Reglamento se ala que elí ñ Conservador no podr rehusar ni retardar las inscripciones que le presenten, no obstante,á deber negarse si la inscripci n es en alg n sentido inadmisible, continuando la normaá ó ú con una enumeraci n ejemplar de casos. A su vez, el art culo 88 del Reglamentoó í establece que la rectificaci n de errores, omisiones o cualquiera otra modificaci nó ó equivalente que el Conservador de oficio o a petici n de parte, tuviere que haceró conforme al t tulo inscrito, ser objeto de una sub-inscripci n, la que se verificar en elí á ó á margen de la derecha de la inscripci n respectiva, al frente de la designaci n modificada.ó ó TERCERO: Que el informe del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguelí en lo pertinente se ala que bajo car tula N 2024088166, ingres a su oficio la solicitudñ á ° ó de inscripci n de herencia, la cual fe rechazada por el siguiente motivo: conc rrase anteó “ ú quien corresponda . ” Indica que, al margen de inscripci n de herencia de dona Silvia de las Mercedesó ̃ Valenzuela Soto, a fojas 16637 N 12681 del a o 2013, existe anotaci n marginal, de° ñ ó fecha 18 de marzo de 2024, mediante la cual se deja constancia que de conformidad a sentencia del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel de fecha 29 de noviembre de 2023, ejecutoriada con fecha 18 de diciembre de 2023, causa Rol V-83-2023, se ha ordenado eliminar

Fallo

se resuelve: I.- Que, se acoge el reclamo por negativa de inscripci n del Conservador deó Bienes Ra ces de San Miguel, en consecuencia, se ordena al Conservador de Bienesí Ra ces, efectuar las cancelaciones, inscripciones y/o anotaciones marginales queí correspondan en conformidad al Duplicado de Certificado de Posesi n Efectiva de do aó ñ M nica Soledad Vergara Valenzuela y su respectiva modificaci n de inventario, enó ó relaci n con la inscripci n de fojas 21.588, N 19974 del Registro de Propiedad del a oó ó ° ñ 2022 del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.í Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol N V-211-2024.° DICTADA POR DO A SUSANA CHAC N ARANCIBIA, JUEZAÑ Ó TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro Código: GFYRXRJNEZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-18T13:38:23-0300

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-211-2024 CARATULADO : VERGARA/ San Miguel, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Comparece don Roberto Luis Larenas Sanhueza, abogado, en representaci n deó don Marcelo Mauricio, Sylvia del Rosario y Eduardo Patricio, todos de apellido Vergara Valenzuela, quien inter

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