Juzgado de Letras del Trabajo de Castro

MANQUEMILLA/BELMAR

Rol

O-159-2024

Fecha

6 de diciembre de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la demanda tácitamente por admitidos de conformidad al art. 453 ya que no hubo contestación. EL TRIBUNAL RESUELVE: Accede a la solicitud de la demandante y se tiene por admitidos tácitamente ellos hechos de la demanda y en atención a ello se omitirá que se someta a prueba la presente causa y se dicta sentencia inmediata: SENTENCIA INMEDIATA (parte resolutiva): I.- Que se acoge la demanda deducida por doña Marianela Del Carmen Manquemilla Ruiz contra de La Reina Dos SpA y MyB Delicias SpA, representadas legalmente por doña Erica Del Carmen Obando Teiguel  y en contra de Erica Del Carmen Obando Teiguel y Luis Armando Belmar Sanhueza, en sus calidades de personas naturales, todas ya individualizadas, y en consecuencia se declara que la terminación de su contrato de trabajo cuya vigencia corrió entre el 3 de febrero del 2022 al 17 de julio de 2024  no produjo el efecto de poner término al mismo y además es improcedente, como también que todas las demandadas ya especificadas conforman un solo empleador y por ende se les condena solidariamente al pago de las siguientes prestaciones: a)         $725.000, por indemnización sustitutiva del aviso previo. b)         $2.175.000 por la indemnización por años de servicios c)         $652.000 por el recargo del 30% de la indemnización por antigüedad laboral, de acuerdo a lo establecido en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo d)         Las remuneraciones que se devenguen por aplicación del artículo 162 del Código del Trabajo desde la fecha del despido esto es 17 de julio de 2024 hasta la convalidación de este en razón de una remuneración de $725.000 imponible. d)         La suma de $290.966 correspondientes al pago del feriado proporcional e)         Cotizaciones previsionales y de seguridad social correspondiente a los meses de abril, mayo, junio y julio de 2024 que deberán enterarse en la etapa de cumplimiento de la sentencia en las instituciones previsionales AFP Provida, FONASA, y AFC Chile, las que debe

Fallo

se declara que la terminación de su contrato de trabajo cuya vigencia corrió entre el 3 de febrero del 2022 al 17 de julio de 2024  no produjo el efecto de poner término al mismo y además es improcedente, como también que todas las demandadas ya especificadas conforman un solo empleador y por ende se les condena solidariamente al pago de las siguientes prestaciones: a)         $725.000, por indemnización sustitutiva del aviso previo. b)         $2.175.000 por la indemnización por años de servicios c)         $652.000 por el recargo del 30% de la indemnización por antigüedad laboral, de acuerdo a lo establecido en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo d)         Las remuneraciones que se devenguen por aplicación del artículo 162 del Código del Trabajo desde la fecha del despido esto es 17 de julio de 2024 hasta la convalidación de este en razón de una remuneración de $725.000 imponible. d)         La suma de $290.966 correspondientes al pago del feriado proporcional e)         Cotizaciones previsionales y de seguridad social correspondiente a los meses de abril, mayo, junio y julio de 2024 que deberán enterarse en la etapa de cumplimiento de la sentencia en las instituciones previsionales AFP Provida, FONASA, y AFC Chile, las que deberán instar en su cobro todo en base a la remuneración de $725.000 imponible. II.- Que las sumas antes referidas serán reajustadas y devengarán interés de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo segú

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO DE APLICACIÓN GENERAL FECHA seis de diciembre de dos mil veinticuatro RUC 24- 4-0615932-5 RIT O-159-2024 MAGISTRADO(A) JORGE ANDRES IBARROLA AVILA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Alfredo Eulogio Loayza Alay SALA UNICA HORA DE INICIO 09:04 horas HORA DE TERMINO 09:17 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 24- 4-0615932-5-1361 PARTE DEMANDANTE M

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