LUCERO/
Rol
V-58-2024
Fecha
17 de diciembre de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Que a folio 1 compareció doña MACARENA ANDREA LUCERO FIGUEROA, chilena, estudiante universitaria, Cédula de Identidad Nº21.305.072-9, con domicilio en Pasaje I, Casa N°21, Población Caupolicán, Comuna y Provincia de Los Andes quien solicita se le conceda autorización para el cambio de su apellido paterno, a saber "Lucero" por "Manríquez" y, al mismo tiempo reemplazar su apellido materno "Figueroa" por "Lucero", para quedar en definitiva inscrita como Macarena Andrea Manríquez Lucero, esto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley N°17.344, conforme a los siguientes antecedentes. Que, según consta en el certificado de nacimiento que acompaña en un otrosí, fue inscrita bajo el nombre de Macarena Andrea Lucero Figueroa, inscripción N°1.676, registro S, año 2003, circunscripción Quinta Normal. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley N°17.344, letra a), se establece que se puede autorizar el cambio de los nombres o apellidos o ambos a la vez "cuando uno u otro sean ridículos, risibles o lo menoscaben moral o materialmente". Señala que, en su caso, tanto su apellido paterno "Lucero", como su apellido materno “Figueroa”, le generan un menoscabo moral, puesto que a pesar de que don Luis Fernando Lucero Rodríguez y que doña Elizabeth Gabriela Figueroa Bustamante son sus padres biológicos no se siente identificada con sus apellidos ni con ellos, generándole un palmario menoscabo moral por los siguientes motivos: Durante su infancia vivió con sus progenitores Elizabeth y Luis, hasta la edad de 8 años, etapa en la que fue vulnerada, menoscabada y fue testigo de situaciones que una niña no debió haber visto ni mucho menos sufrido, puesto que su padre biológico era un drogadicto y su madre fue negligente en el cuidado tanto de ella como el de su hermano. Recuerda que se cambiaba seguidamente de hogar, ya que dichas personas eran inestables económicamente, lo cual produjo un trauma en su persona. Posteriormente llegó con su padre biológico a vivir a la casa de sus tíos: don Oscar Manríquez Mesías y doña Mónica Lucero Rodríguez (ésta última hermana de su padre biológico), luego que sus padres biológicos sostuvieran una pelea. Permanecieron viviendo allí 6 meses aproximadamente, tiempo en el que su padre biológico intentó salir de la droga, sin resultados. Finalmente, llegó a vivir con ellos Código: WMXYXRBKSJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su hermano biológico Bruno, luego que su madre decidiera abandonarlo. Durante el tiempo que se encontraba viviendo con sus tíos, ellos comenzaron a hacerse cargo de todos los cuidados personales, tanto de ella como los de su hermano menor, es así, que en definitiva termina viviendo con sus tíos Oscar y Mónica, mientras que su padre se marchó sin tener contacto con él hasta el día de hoy. Por su parte, tampoco volvió a tener contacto con su madre luego de que ésta abandonara a su hermano B
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la ley 4.808, y artículos 1, 2, 3 y 4 de la ley 17.344, se declara: QUE SE HACE LUGAR a la petición de rectificación de partida de nacimiento deducida a folio 1, en consecuencia, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación que rectifique la partida de nacimiento de doña Macarena Andrea Lucero Figueroa, R.U.N. 21.305.072-9, Número de inscripción 1.676, registro S, año 2003, circunscripción Quinta Normal, en el sentido de cambiar sus apellidos “Lucero Figueroa”, por “Manríquez Lucero”, quedando en definitiva inscrita como MACARENA ANDREA MANRÍQUEZ LUCERO. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad Rol N° V-58-2024. Dictada por José Iván González Pérez, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras de Los Andes. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Andes, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Código: WMXYXRBKSJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-17T14:14:55-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Los Andes CAUSA ROL : V-58-2024 CARATULADO : LUCERO/ Los Andes, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que a folio 1 compareció doña MACARENA ANDREA LUCERO FIGUEROA, chilena, estudiante universitaria, Cédula de Identidad Nº21.305.072-9, con domicilio en Pasaje I, Casa N°21, Pob
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