BANCO INTERNACIONAL/RAVEST
Rol
C-2831-2024
Fecha
16 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1 compareci ó Hedy Matthei Fornet, abogada, mandataria judicial, en representaci n convencional de ó Banco Internacional, Sociedad An nima Bancaria, cuyo representante legal es su gerente general Marioó Chamorro Carrizo, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Miraflores 130, piso 27, comuna y ciudad de Santiago, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra deé Poulette Nicole Ravest Munizaga, ignora profesi n u oficio, domiciliadaó en R o Millahue 8945 Juan Pablo II, comuna y ciudad de Antofagasta.í A folio 6 se tuvo por interpuesta la demanda, despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 22 compareci la ejecutada, quien dentro de plazo opuso a laó ejecuci n las excepciones contempladas ó en los numerales 11 , 7 , 14 y 4° ° ° ° del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil. í ó A folio 31 se tuvo por opuestas las referidas excepciones, confiri ndoseé traslado de ellas al ejecutante. A folio 32 el ejecutante evacu el traslado conferido solicitando eló rechazo de las excepciones, con costas, en virtud de los argumentos contenidos en su presentaci n, los cuales se tienen por reproducidos.ó A folio 33 se tuvo por evacuado el traslado por la parte ejecutante. A folio 37 se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yó á controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer; resoluci n interlocutoriaé ó ó Código: STERXRKREPS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2831-2024 Foja: 1 de prueba que consta debidamente notificada a ambas partes a folios 39 y 40. A folio 43 se cit a las partes para o r sentencia.ó í Y
Fundamentos
Considerando: Primero: Que compareci Hedy Matthei Fornet, abogada,ó mandataria judicial, en representaci n convencional de ó Banco Internacional, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar ené contra de Poulette Nicole Ravest Munizaga, todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contraó por la cantidad de 171,6518 UF, equivalente en pesos al 19 de enero de 2024, por la suma de $6.317.540.- pagadera seg n valor de la unidad deú fomento al d a del pago, por concepto de capital, m s los intereses pactados,í á devengados y los que se devenguen hasta el d a del exacto e ntegro pago deí í la obligaci n, requerir de pago al deudor y disponer se siga adelante estaó ejecuci n hasta que a su representado se le haga entero y cumplido pago deó lo adeudado, con expresa condena en costas. Expuso que, en la representaci n indicada, interpone demandaó ejecutiva conforme a la Ley 20.027 y a su Reglamento, contenido en el Decreto N 182 del Ministerio de Educaci n de fecha 7 de septiembre deº ó 2005, en contra del demandado, en virtud de ser este deudor vencido de los siguientes pagar s, con vencimiento el d a 19 de enero de 2024:é í 1.- Pagar de monto capital equivalente a 154,4867 Unidades deé Fomento; 2.- Pagar de monto capital equivalente a 17,1652 Unidades deé Fomento. La sumatoria de los montos de capital asciende a 171,6518 Unidades de Fomento. En los documentos antes referidos se estipul que el capital ó adeudado devengar a contar de la fecha de vencimiento y hasta la fecha de su pagoá efectivo, intereses a la tasa de inter s m xima convencional vigente paraé á operaciones de cr dito de dinero reajustables en moneda nacional.é Código: STERXRKREPS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2831-2024 Foja: 1 Asimismo, se estipul que, en ó caso de mora o simple retardo en el pago del capital adeudado, se devengar a un inter s penal igual al inter sí é é m ximo convencional que sea permitido estipular para operaciones ená moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudada en virtud de estos pagar s. Eló é inter s penal se calcular sobre el capital adeudado y comenzar a regiré á á desde la mora o simple retardo hasta la fecha de pago efectivo de lo adeudado. Los pagar s fueron suscritos por un representante del Banco, quien aé su vez act a en representaci n del deudor y en beneficio del acreedor, todoú ó ello en virtud de la cl usula decimoquinta, numerales uno, dos y tres delá Contrato de Apertura antes referido. Adem s, esto se aceleran en virtud del mismo contrato, liberando alá acreedor de la obligaci n de protesto.ó Finalmente se al que la firma del suscriptor en los documentos señ ó encuentra autorizada ante Notario, la deuda es l quida, actualmenteí exigible, y su acci n no se encuentra prescrita.ó Seg
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yó á controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer; resoluci n interlocutoriaé ó ó Código: STERXRKREPS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2831-2024 Foja: 1 de prueba que consta debidamente notificada a ambas partes a folios 39 y 40. A folio 43 se cit a las partes para o r sentencia.ó í Y Considerando: Primero: Que compareci Hedy Matthei Fornet, abogada,ó mandataria judicial, en representaci n convencional de ó Banco Internacional, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar ené contra de Poulette Nicole Ravest Munizaga, todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contraó por la cantidad de 171,6518 UF, equivalente en pesos al 19 de enero de 2024, por la suma de $6.317.540.- pagadera seg n valor de la unidad deú fomento al d a del pago, por concepto de capital, m s los intereses pactados,í á devengados y los que se devenguen hasta el d a del exacto e ntegro pago deí í la obligaci n, requerir de pago al deudor y disponer se siga adelante estaó ejecuci n hasta que a su representado se le haga entero y cumplido pago deó lo adeudado, con expresa condena en costas. Expuso que, en la representaci n indicada, interpone demandaó ejecutiva conforme a la Ley 20.027 y a su Reglamento, contenido en el Decreto N 182 del Ministerio de E
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C-2831-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2831-2024 CARATULADO : BANCO INTERNACIONAL/RAVEST Santiago, diecis is de diciembre de dos mil veinticuatro.é Visto: A folio 1 compareci ó Hedy Matthei Fornet, abogada, mandataria judicial, en representaci n convencional de ó Banco Internacional, Sociedad An nima Bancaria, cuyo representante le
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