24º Juzgado Civil de Santiago

ZIEDE/

Rol

V-195-2024

Fecha

16 de diciembre de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “SEGUNDO: Que los elementos de juicio rese ados en elñ

Fundamentos

considerando anterior son un conjunto de presunciones judiciales que por reunir las condiciones se aladas en el art culo 488 del C digo deñ í ó Procedimiento Penal, permiten tener por comprobada la existencia del siguiente hecho: Que en horas de la ma ana del d a 15 de junio de 1974, Eduardoñ í Humberto Ziede G mez, militante del Movimiento de Izquierdaó Código: NUYCXRVRNGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Revolucionaria (MIR), fue detenido en la v a p blica en la intersecci n deí ú ó Avenida Portugal con Porvenir de Santiago, por agentes del estado pertenecientes a la Direcci n de Inteligencia (DINA), quienes lo trasladaronó al recinto de reclusi n clandestino denominado Yucat n o Londres 38 ,ó “ á ” “ ” ubicado en dicha direcci n en la ciudad de Santiago, que era custodiadoó por guardias armados y al cual solo ten an acceso los agentes de la DINA; í Que el ofendido Ziede G mez durante su estada en el cuarteló Londres 38 permaneci sin contacto con el exterior, vendado y amarrado,ó siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo torturas por agentes de la Dina que operaban en dicho cuartel, con el prop sito de obteneró informaci n de otros integrantes del MIR, para proceder a la detenci n deó ó los miembros de esa organizaci n; ó Que la ltima vez que la v ctima Ziede G mez fue visto por otrosú í ó detenidos en dicho recinto de la DINA, ocurri un d a no determinado deló í mes de julio de 1974, encontr ndose desaparecido hasta la fecha; á Que el nombre de Eduardo Humberto Ziede G mez apareci en unó ó listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista LEA de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Ziede G mez habr a muerto enó í Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros; Que las publicaciones que dieron por muerto a la v ctima Ziedeí G mez tuvieron su origen en maniobras de desinformaci n efectuadas poró ó agentes de la DINA en el exterior. TERCERO: Que, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de secuestro calificado en la persona de EDUARDO HUMBERTO ZIEDE G MEZÓ , previsto y sancionado en el art culo 141í incisos 3 del C digo Penal, de la poca, en relaci n con el inciso primero° ó é ó del mismo art culo, toda vez que la privaci n de libertad o encierro de laí ó v ctima se ha prolongado por m s de noventa d as, produci ndole por endeí á í é un da o grave en su persona e intereses, encontr ndose hasta la fechañ á desaparecido ” Agrega que en segunda instancia la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, conoci de los recursos de apelaci n y casaci nó ó ó interpuestas por las partes, dictando sentencia el 18 de abril de 2019, la que, en su considerando noveno expuso: Que, en primer t rmino, se debe precisar que en el motivo segundo“ é de la sentencia en alzada se esta

Fallo

fallo en dichoñ considerando en cuanto a que de los antecedentes que se sintetizan en el fundamento primero efectivamente permiten construir un conjunto de presunciones que re nen las condiciones del art culo 488 del C digo deú í ó Procedimiento Penal y que, a su vez, forman la convicci n que exige eló art culo 456 bis del mismo cuerpo legal, en orden a la existencia del hechoí Código: NUYCXRVRNGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 punible que se describe en el fallo apelado. Que tambi n se comparte laé calificaci n jur dica que se efect a del hecho descrito por la sentencia, en eló í ú sentido que nos encontramos frente al delito de secuestro calificado en la persona de Eduardo Humberto Ziede G mez, previsto y sancionado en eló art culo 141 inciso tercero del C digo Penal de la poca, en relaci n alí ó é ó inciso primero del mismo art culo. í ” Luego la Segunda Sala de la Excma. Corte Suprema dict sentenciaó el 13 de junio de 2023, para las casaciones de fondo interpuestas en contra de la sentencia de segunda instancia, resoluci n que en su considerandoó segundo estableci : ó “Que previo al estudio de los recursos, es conveniente recordar los hechos que el tribunal ha tenido por demostrados, que correctamente se han estimado constitutivos del delito de secuestro calificado, en car cter de lesa humanidad, en la persona de Eduardoá Humberto Ziede G mez, previsto y sancionado en el art culo 141, incisoó í

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Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-195-2024 CARATULADO : ZIEDE/ Santiago, diecis is de diciembre de dos mil veinticuatroé V I S T O S: Bajo el folio 1, comparece don EDUARDO MIGUEL ZIEDE MART NEZÍ , chileno, soltero, empleado, domiciliado en calle Relmu Oriente N 176, comuna de Maip , solicitando se declare la ausencia por°

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