VELASQUEZ/MATRIZ IDEAS S.A.
Rol
O-1351-2024
Fecha
4 de diciembre de 2024
Materia
Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1) María Cristina Oñate Paz, C.I. N°11.191.851-1, Subgerente de Contabilidad y Administración. 2) Pablo Enrique Fuenzalida Campusano, C.I. N°11.206.344-7, Jefe de Contabilidad. La parte demandante incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Carta de despido de fecha 08 de febrero de 2024. 2) Finiquito con reservas de la actora de 20 de febrero de 2024. Confesional: La parte demandante se desiste de su prueba confesional, según los antecedentes que constan en el registro de audio. Testimonial: Declararon los siguientes testigos, quienes legalmente juramentados exponen sobre los hechos que constan en registro de audio: 1) Diego Alfonso Velásquez Núñez, C.I. N° 17.903.184-1. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 63, 71, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 445, 453, 454, 456, 459 del Código del Trabajo, artículo 13 de la Ley 19.728 y demás disposiciones pertinentes, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña BEATRIZ PILAR VELASQUEZ VELASQUEZ en contra de MATRIZ IDEAS S.A., en cuanto se declara que el despido sufrido por la actora con fecha 08 de febrero de 2024 es improcedente. II. Que, atendido lo anterior, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a. Recargo legal por la suma de $1.356.750.- b. Devolución del seguro de cesantía por la suma de $808.334.- III. Que, en lo restante, se rechaza la demanda. IV. Las sumas ordenadas pagar lo serán con reajustes e
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña BEATRIZ PILAR VELASQUEZ VELASQUEZ en contra de MATRIZ IDEAS S.A., en cuanto se declara que el despido sufrido por la actora con fecha 08 de febrero de 2024 es improcedente. II. Que, atendido lo anterior, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a. Recargo legal por la suma de $1.356.750.- b. Devolución del seguro de cesantía por la suma de $808.334.- III. Que, en lo restante, se rechaza la demanda. IV. Las sumas ordenadas pagar lo serán con reajustes e intereses, conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V. Cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió doña Eva Fanny De Jesús Aránguiz Canedo, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro.-
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 04 de diciembre de 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 13 RUC 24-4-0552570-0 RIT O-1351-2024 MAGISTRADO EVA FANNY DE JESUS ARANGUIZ CANEDO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNÁNDEZ HORA DE INICIO 11:56 HORAS HORA DE TERMINO 13:04 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440552570-0-1349-241204
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