1º Juzgado Civil de Rancagua

OJEDA/

Rol

V-311-2024

Fecha

14 de diciembre de 2024

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que don Claudio Alejandro Ojeda Vidal, ingeniero mec nico,á c dula de identidad N 11.714.670-7é ° ,domiciliado Villa Los Bosques de San Francisco,El Ligustro N 1777,comuna de Rancagua,solicita la declaraci n de° ó interdicci n y el nombramiento de curador respecto de su hermano don ó Cesar Rub né Ojeda Vidal, C.I.N 13.967.543-6,° quien actualmente tiene 44 a os de edad y señ encuentra al cuidado del solicitante en raz n de su condici n de salud, pues presentaó ó una discapacidad de un 80,00%, causa principal Mental Ps quicaí ,seg n credencial deú discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil, fundan su solicitud en lo dispuesto en el art culo 4 de la Ley N 18.600.í ° Segundo: Que de conformidad a lo dispuesto en el art culo 4 inciso segundo de laí Ley N 18.600 sobre Deficientes Mentales, modificada por las Leyes N 19.735 y Nº º ° 20.255, se procedi seg n consta con fecha 10 de diciembre de 2024 ,a practicar laó ú audiencia de rigor con la discapacitada.- Tercero: Que a fin de acreditar los hechos expuestos en su solicitud,se acompa lañó documental consistente en, credencial y certificado de discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, certificados de nacimiento del solicitante yó discapacitado,certificados de residencia,certificado medico emitido por el Neurologo doctor Jos Beltr n Narv ez, certificado de defunci n de la madre del discapacitado,é á á ó fotocopias cedulas de identidad.- Cuarto: Que con el m rito de la prueba ya singularizada y teniendo especialmenteé presente la audiencia realizada con fecha 10 de diciembre de 2024, se concluye que don Cesar Rub n Ojeda Vidal,é padece una discapacidad que le inhabilita para actuar con el debido discernimiento en la vida jur dica, por lo que procede acoger la demanda,í nombr ndosele como curador de su persona y bienes a su hermano, don á Claudio Alejandro Ojeda Vidal.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 160, 170, 254, 817 yí siguientes del C digo de Procedimiento Civil; 443, 447, 456, 1698 del C digo Civil, seó ó declara: I.- Que se hace lugar a la solicitud de fojas 1 y siguientes, y en consecuencia, se declara la interdicci n definitiva por demenciaó del discapacitado don Cesar Rub n Ojeda Vidal,é C.I. N 13.967.543-6,° quedando en consecuencia privado de la administraci n de sus bienes.ó Código: CSCMXRHUXGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL V 311-2024 II.- Que se nombra como curador definitivo de la persona y bienes del interdicto a don Claudio Alejandro Ojeda Vidal, C.I. N°11.714.670-7. III.- Que se exime al curador de rendir fianza,en conformidad a lo dispuesto en el art culo 375 del C digo Civilí ó IV.- Que el curadora deber confeccionar inventario en conforá midad a lo regulado en el art culo 380 del C digoí ó Civil,consistente en inventario protocolizado que se acompa ara a la causa.-ñ V.- Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento.- VI.- Acepte el Curador designado el cargo mediante presentaci n en la causa.-ó VII.-Dese cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 447 del C digo Civil eí ó inscr base la presente sentencia en el registro respectivo del Conservador de Bienesí Ra ces de Rancagua, publ quese en conformidad a la Ley , las que deber n ser anotadasí í á al margen de la inscripci n de la sentencia.-ó An tese, re

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ROL V 311-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-311-2024 CARATULADO : OJEDA/ Rancagua, catorce de diciembre de dos mil veinticuatro Vistos y considerando: Primero: Que don Claudio Alejandro Ojeda Vidal, ingeniero mec nico,á c dula de identidad N 11.714.670-7é ° ,domiciliado Villa Los Bosques de San Francisco,El Ligustro N 1777,comuna de Rancagua,

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