SQM S.A. / CORTÉS
Rol
C-46-2024
Fecha
13 de diciembre de 2024
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda.- Que, a folio 1, comparece doña Macarena Díaz Rodríguez, chilena, RUN 16.438.713-5, soltera, abogada, correo electrónico macarena.diaz@sqm.com, en representación de SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A., en adelante -también e indistintamente- “SQM”, persona jurídica de derecho privado, del giro y nacionalidad de su denominación, domiciliada en Edificio de Administración S/N°, María Elena, deduce demanda de oposición a la constitución de pertenencias mineras tramitadas en causa ROL V-181- 2009, denominadas “TOCO 2, 148”, “TOCO 2, 149”, “TOCO 2, 150”, “TOCO 2, 151”, “TOCO 2, 152” y “TOCO 2, 153”, que forma parte integrante del grupo de pertenencias mineras en trámite “TOCO 2 DEL 148 al 153”, en contra de doña LUISA CORTÉS SÁNCHEZ, chilena, soltera, abogada, RUN 12.836.879-5, domiciliada en calle Maipú N°499, Oficina 203, de Antofagasta, admitirla a tramitación y, en definitiva, acogerla en todas sus partes, con costas, en atención a las consideraciones de hecho y de derecho que expone: En el Boletín Oficial de Minería Segunda Región, del día 12 de marzo del año 2012, edición Nº7.004, aparece publicado extracto del informe de abarcamiento parcial evacuado por el Servicio Nacional de Geología y Minería respecto de las pertenencias en trámite de la demandada con el grupo de pertenencias mineras ya constituidas, de propiedad de su representada “MOLO 29 1/30”. Adicionalmente, señala que su representada fue notificada con fecha 25 de septiembre del año 2024 del extracto aludido, interponiendo la presente acción dentro del plazo dispuesto en el artículo 84 del Código de Minería. Las pertenencias en trámite de la demandada se encuentran superpuestas a las pertenencias mineras de la demandante en la forma y superficie que se indica en el informe de abarcamiento emitido por el Servicio Nacional de Geología y Minería en ORD. N°6.453 de fecha 01 de julio de 2011, cuyo mérito probatorio se encuentra regulado en el artículo 84 inciso tercero del Código de Minería, presunción en virtud de la cual se invierte la carga de la prueba, correspondiendo en este caso a la demandada probar que con su mensura no ha abarcado a las pertenencias mineras de su representada, lo cual se Código: HPPJXRFMHUR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl complementa con los demás antecedentes probatorios que expresa en los numerales siguientes. Agrega que la manifestación correspondiente al grupo de pertenencias de propiedad de SQM “MOLO 29 1 AL 30”, se presentó ante el Juzgado de Letras en lo Civil de Pedro de Valdivia con fecha 27 de septiembre de 1990. La manifestación fue inscrita a fojas 1.327 bajo el Nº624, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Tocopilla, correspondiente al año 1990, reinscrita a fojas 176 bajo el Nº113, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de María Elena, del año 1994. La solicitud de mensura se presentó con fecha 03 de mayo
Fallo
Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 27, 80, 83, 84, 114 y 233 y siguientes del Código de Minería; artículos 1.698, 1.699, 1.700, 1702, 1.713 del Código Civil; y artículos 170, 254, 313, 341, 342, 399 y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta en autos por SOCIEDAD QUÍMCA Y MINERA DE CHILE S.A. en contra de doña LUISA CORTÉS SÁNCHEZ, ambas ya individualizadas, en cuanto se declara: Que, la demandada Luisa Cortés Sánchez no podrá constituir sus pertenencias en trámite en causa ROL 181-2009 denominadas “TOCO 2, 148”, “TOCO 2, 149”, “TOCO 2, 150”, “TOCO 2, 151”, “TOCO 2, 152” y “TOCO 2, 153”, que forman parte integrante del grupo de pertenencias mineras “TOCO 2 DEL 148 al 153”, por haber abarcado con su mensura terrenos ya comprendidos por las pertenencias de la demandante “MOLO 29 DEL 1 AL 30”, sobre un total de cuarenta y siete (47) hectárea, según coordenadas UTM de los vértices que se señalan a continuación: Área total sobrepuesta según coordenadas UTM (47 hectáreas): VÉRTICES NORTE ESTE V1 7,581,000.00 440,600.00 V2 7,581,000.00 441,000.00 V3 7,580,000.00 441,000.00 Código: HPPJXRFMHUR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl V4 7,580,000.00 440,400.00 V5 7,580,100.00 440,400.00 V6 7,580,100.00 440,500.00 V7 7,580,600.00 440,500.00 V8 7,580,600.00 440,600.00 Área en particular sobrepuesta según coordenadas UTM: 1)
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Mar a Elenaí CAUSA ROL : C-46-2024 CARATULADO : SQM S.A. / CORT SÉ María Elena, trece de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda.- Que, a folio 1, comparece doña Macarena Díaz Rodríguez, chilena, RUN 16.438.713-5, soltera, abogada, correo electrónico macarena.diaz@sqm.com, en representación de S
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