28º Juzgado Civil de Santiago

ROJAS/

Rol

V-7-2020

Fecha

13 de diciembre de 2024

Materia

VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1 con fecha 13 de enero de 2020 se presenta don DANIEL ROJAS GONZALEZ, empresario, domiciliado en Portales 5902, comuna de Lo Prado, Región Metropolitana, en procedimiento VOLUNTARIO de solicitud de inscripción de vehículo cuya inscripción original fue cancelada. Individualización del vehículo: Tipo de Vehículo: STATION WAGON Año: 2001, Marca: HYUNDAI, Modelo: GALLOPER II DLX GL 2.5, Nro. Motor: D4BH1- 343774, Nro. Chasis: KMXKPE1CP1U-427701, Color: DORADO, Placa Patente: UR.1961-1. Luego a su respecto señala que el vehículo fue adquirido por con fecha 23 de agosto de 2006, por compra efectuada a don Eduardo Félix Roa García, el contrato de compraventa fue firmado ante Notario don Gabriel Ogaldo Rodríguez, según da cuenta contrato que acompaña, el mismo se transfirió a su nombre en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, quedando inscrito con fecha 25 de agosto de 2006. Sin perjuicio de que el vehículo se ha mantenido en su posesión desde la fecha en que fue adquirido a la fecha, en 2011 al concurrió al Servicio de Registro Civil de la comuna de lo Prado, con el fin de solicitar una copia del padrón del vehículo llevándose la desagradable sorpresa de que el mismo no figuraba a su nombre, si no a nombre de Silvia María Poblete Moreno, persona que no conoce. Según se le informó en la oficina del Registro Civil, el vehículo había sido transferido el día 8 de septiembre de 2006, es decir, pocos días después de que lo adquirió. Código: BFXWXRSTRRR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Asimismo, la persona a quien aparecía transferido lo vendió y transfirió con fecha 12 de julio de 2007 y esta persona lo transfirió finalmente a Silvia María Poblete Moreno, en abril de 2010. Con todos estos antecedentes, con fecha 2 de julio de 2013, inició una denuncia en Fiscalía por el delito de Falsificación o uso malicioso de docum

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con su solicitud de folio 1, el actor persigue que se decrete la inscripción del vehículo, STATION WAGON Año: 2001, Marca: HYUNDAI, Modelo: GALLOPER II DLX GL 2.5, Nro. Motor: D4BH1-343774, Nro. Chasis: KMXKPE1CP1U-427701, Color: DORADO, Placa Patente: UR.1961-1, ya sea bajo la misma placa patente o a través de una nueva, oficiando al efecto al Servicio de Registro Civil u ordenando su notificación a través de receptor. SEGUNDO: Que todos los antecedentes que se han acompañado a los autos, así los informes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en especial la carpeta de la Fiscalía, dan cuenta que DANIEL ALEJANDRO ROJAS GONZALEZ, es legítimo propietario del vehículo STATION WAGON MARCA: HYUNDAI MODELO: GALLOPER II AÑO FABRICACIÓN: 2001 Nº DE MOTOR: D4BH1343774 Nº DE CHASIS: KMXKPE1CP1U427701 PATENTE ÚNICA: UR1961 TIPO DE COMBUSTIBLE: DIESEL. De ello da cuenta el Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana de Santiago, con un Informe de inspección ocular; de igual forma lo hace Carabineros de Chile, en particular la Sección de Encargo, y Búsqueda de vehículos, mediante un Informe pericial por inscripción judicial n°425-2022 que da cuenta que el vehículo es el original, y pertenece al solicitante, dando cuenta que el vehículo que mantiene bajo su dominio es el original, en cuanto a placa patente, número de chasis, y número de motor. En el mismo sentido, lo señala el REGISTRO CIVIL, Registro de Vehículos Motorizados, mediante un Informe emitido por el Jefe Subrogante del Registro de Vehículos Motorizado, que dice que efectivamente no hay otras peticiones relacionadas con este vehículo. TERCERO: Que, el artículo 49 de la Ley de Tránsito, dispone: “De la resolución fundada del Director General del Servicio de Registro Civil e Identificación que niegue lugar a una solicitud de inscripción o anotación en el Registro de Vehículos Motorizados, o que no dé lugar a una rectificación, modificación o cancelación solicitada, podrá reclamarse ante el Juez Civil correspondiente al domicilio del requirente, con sujeción a los artículos 175 y 176 del Código Orgánico de Tribunales. Esta reclamación se tramitará sin forma de juicio y la sentencia será apelable en ambos efectos ante la Corte de Apelaciones respectiva, la que conocerá del recurso en cuenta, sin esperar la comparecencia de las partes. El juez no tramitará ninguna reclamación de la resolución aludida sin que se acompañe copia de ella. Código: BFXWXRSTRRR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El juez, conociendo por vía de reclamación o de solicitud directa, antes de resolver, deberá recabar del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o de la Secretaría Regional Ministerial correspondiente, un informe técnico otorgado a través de los establecimientos o entidades que éste designe, con el objeto de determinar los datos identificatorios del vehíc

Fallo

se resuelve: Que, se ACOGE la solicitud de fecha 13 de febrero de 2020 (folio 1), presentada por don DANIEL ROJAS GONZALEZ. En consecuencia, se ordena al Sr. Director del Registro Civil e Identificación de Santiago, inscriba a nombre de don Daniel Rojas González Cédula Nacional de Identidad N.º 10.088.788-6, en el Registro de Vehículos Motorizados, el vehículo: STATION WAGON Año: 2001, Marca: HYUNDAI, Modelo: GALLOPER II DLX GL 2.5, Nro. Motor: D4BH1- 343774, Nro. Chasis: KMXKPE1CP1U-427701, Color: DORADO, Placa Patente: UR.1961-1, bajo la misma placa patente, debiendo el solicitante pagar a su costa los gastos asociados a dicha inscripción ante el Servicio.- Regístrese y archívese. Rol V- 7-2020 DICTADA POR DOÑA LILIAN LIZANA TAPIA JUEZ SUPLENTE Y AUTORIZA DON MARIO ROJAS GALLEGUILLOS SECRETARIO SUBROGANTE. Código: BFXWXRSTRRR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, trece de diciembre de dos mil veinticuatro Código: BFXWXRSTRRR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-13T10:01:20-0300

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FOJA: 52 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-7-2020 CARATULADO : ROJAS/ Santiago, trece de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1 con fecha 13 de enero de 2020 se presenta don DANIEL ROJAS GONZALEZ, empresario, domiciliado en Portales 5902, comuna de Lo Prado, Región Metropolitana, en procedimiento VOLUNTA

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