1º Juzgado Civil de Puente Alto

ESTAY/

Rol

V-243-2024

Fecha

13 de diciembre de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º Que comparece en autos doña Nathalia Angélica Estay Paredes, dueña de casa, cédula nacional de identidad N°17.927.245-8, domiciliada en Psje. Cerro Cono Oeste N°1673, villa Lomas Oriente, comuna de Puente Alto, solicitando el cambio de nombres, en el sentido de eliminar su primer apellido “Estay” y reemplazarlo por “Paredes”, de su partida de nacimiento para quedar en definitiva como NATHALIA ANGÉLICA PAREDES PAREDES, porque el apellido paterno Estay le pertenece a su padre biológico con quien no mantiene contacto y llevar su apellido le produce demasiado dolor. Asimismo, solicita la rectificación de la partida de nacimiento de su hijo Cristóbal Ian Miranda Estay, en el sentido de eliminar “Estay” y reemplazarlo por “Paredes” para quedar en definitiva CRISTÓBAL IAN MIRANDA PAREDES, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1º letra a) y b) de la ley 17.344. 2º Que consta en autos haberse acompañado certificado de nacimiento de la solicitante (fol. 1); de haberse efectuado las publicaciones legales y certificado la no oposición al cambio de nombre solicitado (fol. 17); haberse recibido informe del Servicio de Registro Civil (fol. 9); y de haberse rendido la pertinente información sumaria de testigos (fol. 14) y audiencia con el hijo menor de edad de la solicitante (folio 20). 3º Que, conforme lo anterior, se han cumplido con todos los requisitos dispuestos en la Ley Nº 17.344, que autorizan el cambio de nombre en razón de lo dispuesto en su artículo 1º letra b),

Fallo

se resuelve: I.- Que, se ACOGE la solicitud de autos y se ordena rectificar la partida de nacimiento Nº7.331, Registro S, del año 1991 del Registro Civil, circunscripción de PUENTE ALTO, Código: XKHDXRXRKYR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl para efectos de quedar en definitiva como NATHALIA ANGÉLICA PAREDES PAREDES. II.- Que, se rectifica la partida de nacimiento del Servicio de Registro Civil e Identificación de su hijo Cristóbal Ian Miranda Estay, cédula nacional de identidad N°23.779.384-6, Circunscripción de Santiago, inscrito bajo el N°7.695, Registro, año 2011, modificando el apellido paterno de su madre de “Estay” por “Paredes”, quedando en definitiva como CRISTÓBAL IAN MIRANDA PAREDES. Que, se ordena al señor Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, que proceda a rectificar la respectiva inscripción. Sirva una copia autorizada de la presente sentencia, debidamente ejecutoriada, de mérito suficiente para requerir las inscripciones solicitadas. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Rol V-243-2024 DICTADA POR DON CRISTIÁN GARCÍA CHARLES, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, trece de diciembre de dos mil veinticuatro Código: XKHDXRXRKYR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-13T13:56:19-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Puente Alto CAUSA ROL : V-243-2024 CARATULADO : ESTAY/ Puente Alto, trece de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º Que comparece en autos doña Nathalia Angélica Estay Paredes, dueña de casa, cédula nacional de identidad N°17.927.245-8, domiciliada en Psje. Cerro Cono Oeste N°1673, villa Lomas Oriente, comuna de Pue

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