TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/HORSTMEIER
Rol
C-12466-2024
Fecha
12 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 11 de julio de 2024, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la oficina judicial virtual, comparece don é Felipe Hern n Fr asá í Jones, Abogado, mandatario judicial, en representaci n convencional deó Scotiabank , sociedad an nima bancaria, cuyo representante legal es donó Diego Patricio Masola, argentino, casado, contador p blico, Rutú 27.550.890-K, y, a su vez en representaci n de Tesorer a General de laó í Rep blica de Chile, Rut 60.805.000-0, cuyo representante legal es elú Tesorero don Hernan Nobizelli Reyes, Rut. 12.242.809-5, Contador auditor, con domicilio para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia 291, piso 11, Oficina 1101, comuna de Providencia, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Iv n Antonio Horstmeier Sariego,á Rut 18.807.925-3, ignora profesi n u oficio, domiciliado en In s de C rdova 72,ó é ó Parque Residencial Collao, Concepci nó , solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la cantidad de U.F.ó 435,2256.- equivalentes al d a 24/06/2024 a la suma de $ 16.342.443.-, m sí á intereses y costas. Se ala que Scotiabank es acreedor de la demandada, de lasñ obligaciones que constan en los siguientes instrumentos: 1) Pagar de monto capital equivalente a 16,1370é Unidades de Fomento, suscrito con fecha 14 de junio de 2024, y con vencimiento para el d a 24 de junio de 2024.í Código: SHXVXRYNFHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12466-2024 Foja: 1 2) Pagar de monto capital equivalente a 419,0886é Unidades de Fomento, suscrito con fecha 14 de junio de 2024, y con vencimiento para el d a 24 de junio de 2024.í A ade que ñ dichos pagar s que se acompa an en un otros fueroné ñ í suscritos por el representante del Banco en virtud de la cl usula d cimoá é quinta y d cimo sexta del Contrato de Apertura que se acompa a en uné ñ otros , a la orden de Scotiabank Chile. La sumatoria de los montos deí capital, ya referidos, ascien
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: SHXVXRYNFHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12466-2024 Foja: 1 PRIMERO: Que Scotiabank S.A, deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar s en contra de é don Iv n Antonio Horstmeier Sariegoá , ya individualizado, a fin de que pague la cantidad de U.F. 435,2256.-, equivalente al d a 24/06/2024 a la suma de $16.342.443.- con motivo deí dos pagar sé , suscritos en su representaci n y que no fueron solucionados aó la fecha de su vencimiento, raz n por la que se ha interpuesto la acci nó ó ejecutiva en su contra para obtener el entero y cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que la demandada, debidamente representada, opuso las excepciones contempladas en los n meros 11, 7, 14 y 4 del art culo 464ú í del C digo de Procedimiento Civil, de acuerdo con los antecedentesó rese ados al principio de esta sentencia.ñ TERCERO: Que cabe consignar que respecto a la primera defensa opuesta por la ejecutada, referida a la concesi n de esperas o la pr rrogaó ó del plazo del art culo 464 N 11 del C digo de Procedimiento Civil, que laí ° ó ejecutada la sustenta en simples aseveraciones gen ricas, referidas aé ofrecimientos para modificar el calendario de pagos, pero reconociendo que ello no se hab a formalizado, por lo que no puede considerarse que hayaí mediado el supuesto de hecho en que se funda la excepci n, elementos queó llevan a esta sentenciadora a rechazar la excepci n a este respecto; a lo queó se a ade que siendo de su carga la acreditaci n de los supuestos de hechoñ ó en que fund su defensa, conforme la regla general consignada en eló art culo 1698 del C digo Civil, ninguna prueba rindi al efecto. í ó ó CUARTO: Que en relaci n a la excepci n consistente en ó ó la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, es preciso asentar que la excepci ní ó alegada supone la falta de alguno de los requisitos para que proceda la acci n ejecutiva, sea porque el t tulo no re ne todas las condicionesó í ú establecidas por la ley para que se le considere como ejecutivo o porque la deuda no es l quida o actualmente exigible, debiendo lo anteriorí relacionarse con aquellos preceptos legales que consagran determinadas exigencias para que un t tulo tenga dicha condici n.í ó Código: SHXVXRYNFHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12466-2024 Foja: 1 QUINTO: Que la primera alegaci n en que se basa esta excepci nó ó es que los pagar s que sirven de fundamento a la ejecuci n no han sidoé ó protestados ni cumplen con ninguno de los requisitos contemplados en el N° 4 del art culo 434 del C digo de Procedimiento Civil, defensa que serí ó á rechazada, pues la obligaci n de protestarlos resulta absolutamente inocuaó cuando la firma del suscriptor (o de quienes act an en su representaci n)ú ó aparece autorizada por un
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuesta y seguidamente se recibi la causa a prueó ba. Por resoluci n de 03 de diciembre de 2024 a folio 26 se cit a lasó ó partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: Código: SHXVXRYNFHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12466-2024 Foja: 1 PRIMERO: Que Scotiabank S.A, deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar s en contra de é don Iv n Antonio Horstmeier Sariegoá , ya individualizado, a fin de que pague la cantidad de U.F. 435,2256.-, equivalente al d a 24/06/2024 a la suma de $16.342.443.- con motivo deí dos pagar sé , suscritos en su representaci n y que no fueron solucionados aó la fecha de su vencimiento, raz n por la que se ha interpuesto la acci nó ó ejecutiva en su contra para obtener el entero y cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que la demandada, debidamente representada, opuso las excepciones contempladas en los n meros 11, 7, 14 y 4 del art culo 464ú í del C digo de Procedimiento Civil, de acuerdo con los antecedentesó rese ados al principio de esta sentencia.ñ TERCERO: Que cabe consignar que respecto a la primera defensa opuesta por la ejecutada, referida a la concesi n de esperas o la pr rrogaó ó del plazo del art culo 464 N 11 del C digo de Procedimiento Civil, que laí ° ó ejecutada la sustenta en simples aseveraciones gen ricas, referidas aé ofrecimientos para modificar el calendario de pagos, pero reconociendo que
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C-12466-2024 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-12466-2024 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REPUBLICA DEÍ CHILE/HORSTMEIER Santiago, doce de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Que con fecha 11 de julio de 2024, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la oficina judicial virtual, comparece don é Felipe Hern n
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