AVILÉS/
Rol
V-94-2023
Fecha
12 de diciembre de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: 1.- Que, el adolescente tiene inscrito su nombre en la partida de nacimiento, inscripción N°446 Registro S del año 2008, de la circunscripción de Santiago, como Ismael Alejandro Soto Avilés, Run N° 22.619.345-6; 2.- Que, conforme a la información sumaria agregada al folio 9, los testigos son contestes en señalar que conocen a Ismael hace un año aproximadamente, el primero; y , el segundo hace dos años aproximadamente; 3.- Que, el padre biológico de este se notificó expresamente de la solicitud y no realizó observación al procedimiento y que, por el contrario, en su calidad de padre, está de acuerdo conforme con el trámite y reconoce sus consecuencias jurídicas como algo favorable para el desarrollo de la vida de su hijo. DÉCIMO: Que, el artículo 1 de la Ley 17.344, prescribe, en lo pertinente a la gestión judicial no contenciosa: “cualquiera persona podrá solicitar por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sea ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente.; b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Nicole Avilés Vilcamiche, en representación de sus hijo menor de edad Ismael Alejandro Soto Avilés, solicitando el cambio de nombre y se ordene la rectificación de la partida de nacimiento de este, modificando su apellido paterno de “Soto” por “Faggione”, para quedar en definitiva como “Ismael Alejandro Faggione Avilés” SEGUNDO: Que, la solicitante acompañó al proceso como antecedentes documentales: 1.- Certificado de nacimiento de Ismael Alejandro Soto Avilés, número de inscripción 446 Registro S del año 2008, circunscripción de Santiago, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 2.- Certificado de nacimiento de Camilo Alejandro Soto Vega, número de inscripción 6.867 Registro S del año 1983, circunscripción de San Miguel, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 3.- Certificado de nacimiento de Alicia del Carmen Vega Araya, número de inscripción 4.872 del año 1951, circunscripción Moneda, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 4.- Certificado de nacimiento de Manuel Vega Faggione, número de inscripción 1.428 del año 1941, circunscripción de Recoleta, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 5.- Fotocopia de las cédulas de identidad de Nicole Avilés Vilcamiche e Ismael Alejandro Soto Avilés. 6.- Pantallazos de uso social. Código: EBHXXRXGBSQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 TERCERO: Que, bajo el folio 9 y con fecha 9 de agosto de 2023, se rindió la información sumaria por los testigos: Luis Fernando Mora Guerrero y Víctor Gastón Navarro Casas Cordero, quienes legalmente juramentados, expresaron ante el Receptor Judicial, conocer hace aproximadamente un año al núcleo familiar, compuesto por doña Nicol, su pareja o cónyuge y su hijo don Ismael y desconocen si es menor o mayor de edad, pero sí, lo conocen, ya que son conserjes del edificio donde ellos son residentes, por lo que, sabe que Ismael se quiere cambiar el primer apellido, esto es, de Soto por Faggione, desconociendo el motivo por el cual desea cambiarse el primer apellido. El segundo indicó que el apellido Faggione es el apellido de su abuelo materno y la razón es porque Ismael es músico y le viene bien para su presentación como tal. CUARTO: Que, al folio 19, consta el informe N° 142 de 10 de enero en curso, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, que informó lo siguiente: 1.- Que, consta en sus registros, la inscripción de nacimiento N°446, Registro S del año 2008, de la Circunscripción de Santiago, siendo titular de ella ISMAEL ALEJANDRO SOTO AVILÉS, nacido el 21 de enero de 2008, consignándose en el rubro correspondiente al padre, a don Camilo Alejandro Soto Vega y en el correspondiente a la madre a doña Nicole Avilés Vilcamiche. 2.- Hace presente que, en las referidas partidas de nacimiento, la fecha de revisión de estas, en la base datos computacionales del Servic
Fallo
se declara: Código: EBHXXRXGBSQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 - Que, se rechaza la solicitud de lo principal del escrito de 10 de marzo de 2023, al folio 1, en todas sus partes. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Rol V-94-2023. Pronunciada por doña Mónica Isabel Cortes Rosso, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, doce de diciembre de dos mil veinticuatro Código: EBHXXRXGBSQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-12T09:16:06-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 54 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-94-2023 CARATULADO : AVIL S/É Santiago, doce de diciembre de dos mil veinticuatro V I S T O S: Bajo folio 1, comparece Nicole Avilés Vilcamiche, cédula de identidad N°14.631.133- 4, domiciliada en Camino Rinconada N° 2141, departamento 31, comuna de Maipú, solicitando se ordene al Servicio
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