2º Juzgado de Letras de la Serena

LÓPEZ GUERRA AMERICO ROSARIO CON MARTINEZ ALARCON CAROLINA DEL CARMEN

Rol

C-4233-2024

Fecha

11 de diciembre de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que con fecha 30 de octubre de 2024, comparece don Patricio Hern ná Jerez Guti rrez, abogado, é domiciliado en Arturo Prat 204 B, La Serena, en representaci n de don Am rico L pez Guerra, jubilado, domiciliado en Artem nó é ó ó Arellano N°4254, La Florida, La Serena, interponiendo demanda de desahucio de contrato de arrendamiento en contra de do a Carolina del Carmen Mart nezñ í Alarc n, se ignora su profesi n u oficio, domiciliada en Las Camelias N°1011, Laó ó Florida, La Serena, solicitando notificarle su decisi n de no perseverar en dichoó contrato celebrado el 05 de enero de 2003. En virtud de aquello, y en su calidad de due o del inmueble mencionado,ñ solicita que dentro del plazo legal, esto es, a m s tardar el d a 05 de febrero deá í 2025, la arrendataria haga entrega del mismo. Por tanto, previas citas legales, solicita ordenar que se notifique el desahucio del contrato de arrendamiento a do a Carolina del Carmen Mart nezñ í Alarc n, ya individualizada.ó Que con fecha 08 de noviembre de 2024 se acogi a tramitaci n laó ó demanda. Que con fecha 15 de noviembre de 2024, se notific el libelo a la parteó demandada. Código: EQLTXRPDFNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4233-2024 Foja: 1 Que con fecha 27 de noviembre de 2024 se llev a efecto el comparendoó decretado, con la asistencia del abogado de la parte demandante, y en rebeld a deí la demandada. En primer lugar, el actor ratific su libelo de fecha ó 30 de octubre de 2024, en todas sus partes, solicitando sea acogido en la forma pedida, con expresa condenaci n en costas. A continuaci n, el tribunal tuvo por contestado el libelo enó ó rebeld a de la demandada.í De igual forma, se llam a las partes a conciliaci n, la que no se produjoó ó . Posteriormente se procedi a recibir la causa a prueba.ó Que con fecha 28 de noviembre del a o en curso se cit a las partes a o rñ ó í sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el demandante, en orden a acreditar el fundamento de su acci n, acompa la siguiente prueba documental:ó ñó En el segundo otros de la demanda de fecha 30 de octubre de 2024:í - Copia de transacci n celebrada ante la Corporaci n de Asistencia Judicial,ó ó Centro de Mediaci n, La Serena. ó SEGUNDO: Que en virtud de lo dispuesto art culo 1545 del C digo Civil,í ó y en reconocimiento de la autonom a privada que impera en nuestro ordenamiento,í es claro que, adem s de las causales enumeradas en el art culo 1950 delá í mencionado cuerpo legal, el contrato de arriendo puede terminar por mutuo acuerdo de las partes. En este sentido, el actor acompa una transacci n en la cual las partesñó ó acordaron poner t rmino al contrato de arrendamiento a contar del mes de octubreé de 2023, oblig ndose la arrendataria a pagar la renta correspondiente a los mesesá de septiembre y octubre del mismo a o.ñ M s adelante, en la cl usula cuarta del convenio, los comparecientesá á acordaron que entre los meses de noviembre de 2023 y enero de 2024, do añ Carolina Mart nez Alarc n har a uso gratuito de la propiedad í ó í ubicada en Las Código: EQLTXRPDFNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4233-2024 Foja: 1 Camelias N°1011, La Florida, La Serena, oblig ndose a pagar los servicios b sicos.á á Finalmente, la Sra. Mart nez se oblig restituir el inmueble a m s tardar el ltimoí ó á ú d a h bil de enero del a o en curso. Compromiso que no cumpli .í á ñ ó TERCERO: Que no obstante detentar la demandada, en la actualidad, la mera tenencia del inmueble en controversia, lo cierto es que el contrato de arrendamiento consta terminado por una causal distinta al desahucio o expiraci nó del tiempo estipulado para la duraci n del arriendo;

Fallo

Por tanto, previas citas legales, solicita ordenar que se notifique el desahucio del contrato de arrendamiento a do a Carolina del Carmen Mart nezñ í Alarc n, ya individualizada.ó Que con fecha 08 de noviembre de 2024 se acogi a tramitaci n laó ó demanda. Que con fecha 15 de noviembre de 2024, se notific el libelo a la parteó demandada. Código: EQLTXRPDFNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4233-2024 Foja: 1 Que con fecha 27 de noviembre de 2024 se llev a efecto el comparendoó decretado, con la asistencia del abogado de la parte demandante, y en rebeld a deí la demandada. En primer lugar, el actor ratific su libelo de fecha ó 30 de octubre de 2024, en todas sus partes, solicitando sea acogido en la forma pedida, con expresa condenaci n en costas. A continuaci n, el tribunal tuvo por contestado el libelo enó ó rebeld a de la demandada.í De igual forma, se llam a las partes a conciliaci n, la que no se produjoó ó . Posteriormente se procedi a recibir la causa a prueba.ó Que con fecha 28 de noviembre del a o en curso se cit a las partes a o rñ ó í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el demandante, en orden a acreditar el fundamento de su acci n, acompa la siguiente prueba documental:ó ñó En el segundo otros de la demanda de fecha 30 de octubre de 2024:í - Copia de transacci n celebrada ante la Corporaci n de Asistencia Judicial,ó ó Centro de Mediaci n, La Serena. ó SEGUNDO: Que en virtud de lo dispuesto

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C-4233-2024 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-4233-2024 CARATULADO : L PEZ GUERRA AMERICO ROSARIO CONÓ MARTINEZ ALARCON CAROLINA DEL CARMEN La Serena, once de diciembre de dos mil veinticuatro Vistos: Que con fecha 30 de octubre de 2024, comparece don Patricio Hern ná Jerez Guti rrez, abogado, é domiciliado en Arturo Pr

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