2º Juzgado Civil de Temuco

SUÁREZ/AEDO

Rol

C-3921-2024

Fecha

11 de diciembre de 2024

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 22 de julio de 2024, comparece el abogado don Sebastián Acuña Guerra, en representación de doña Raquel Liliana Suarez Floody, cédula nacional de identidad 12.023.216-9, chilena, divorciada, empleada, ambos domiciliados en Andrés Bello 765, oficina 92, Temuco, quien viene en interponer demanda de término de contrato de arrendamiento de inmueble urbano por no pago de rentas y servicios básicos e indemnización de perjuicios en contra de doña Carla Daniela Francisca Medina Benítez, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número 16.794.565-1; don Felipe Andrés Nicolás Aedo Henríquez, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad número; 15.550.330-0. 3, y; don Cristian Camilo Adolfo Aedo Henríquez, chileno, soltero, ingeniero agrícola, cédula de identidad número 16.996.612-5, todos domiciliados para estos efectos en calle Luis Durand número 04151, departamento 108, Edificio Nahuelbuta, Condominio Luis Duran de la comuna y ciudad de Temuco, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que en su libelo expone. Con fecha 07 de agosto de 2024 se notificó la demanda a todos los demandados de conformidad a la Ley 18.101 y se practicó la primera reconvención de pago a ambos demandados. Con fecha 02 de octubre de 2024, tuvo lugar el comparendo de contestación, conciliación y prueba con la asistencia del abogado de la parte demandante y en rebeldía de los demandados. Se ratificó la demanda en todas sus partes. Se practicó la segunda reconvención de pago y se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de todos los demandados. Se llamó a las partes a conciliación la que no se produjo. Finalmente se recibió la causa a prueba, recibiéndose la causa a prueba, rindiéndose la que rola en los antecedentes. Con fecha 03 de diciembre de 2024, a folio 41, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 22 de julio de 2024 el abogado don Sebastián Acuña Guerra, en representación de doña Raquel Liliana Suarez Floody, cédula nacional de identidad 12.023.216-9, chilena, divorciada, empleada, ambos domiciliados en Andrés Bello 765, oficina 92, Temuco, dedujo demanda de término de contrato de arrendamiento de inmueble urbano por no pago de rentas y servicios básicos e indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual en contra de doña Carla Daniela Francisca Medina Benítez, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número 16.794.565-1; don Felipe Andrés Nicolás Aedo Henríquez, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad número; 15.550.330-0. 3, y; don Cristian Camilo Adolfo Aedo Henríquez, Código: LMNFXRXXSXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3921-2024 Foja: 1 chileno, soltero, ingeniero agrícola, cédula de identidad número 16.996.612-5, todos domiciliados para estos efectos en calle Luis Durand número 04151, departamento 108, Edificio Nahuelbuta, Condominio Luis Duran de la comuna y ciudad de Temuco, en virtud de los antecedentes que expone en su demanda, al siguiente tenor: “Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7 y siguientes de la Ley 18.101, vengo en interponer demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y servicios básicos e indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual en contra de: 1) doña CARLA DANIELA FRANCISCA MEDINA BENITEZ, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número 16.794.565-1. 2) don FELIPE ANDRÉS NICOLÁS AEDO HENRÍQUEZ, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad número 15.550.330-0. 3) don CRISTIAN CAMILO ADOLFO AEDO HENRÍQUEZ, chileno, soltero, ingeniero agrícola, cédula de identidad número 16.996.612-5, todos domiciliados para estos efectos en calle Luis Durand número 04151, departamento 108, Edificio Nahuelbuta, Condominio Luis Duran de la comuna y ciudad de Temuco. Por las consideraciones de hecho y fundamentos de derechos que a continuación paso a exponer: “1.- Mi representada

Fallo

POR TANTO; En mérito de los hechos expuestos y a lo dispuesto en los artículos 7, 8, 10 y siguientes de la Ley 18.101, artículos 1545, 1553, 1560, 1938, 1939, 1940 y 1947 del Código Civil; artículo 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y demás normas que sean menester. RUEGO A US., Se sirva tener por interpuesta de demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y servicios básicos e indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual en contra de 1) doña CARLA DANIELA FRANCISCA MEDINA BENITEZ, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número 16.794.565-1. 2) don FELIPE ANDRÉS NICOLÁS AEDO HENRÍQUEZ, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad número 15.550.330-0. 3) don CRISTIAN CAMILO ADOLFO AEDO HENRÍQUEZ, chileno, soltero, ingeniero agrícola, cédula de identidad número 16.996.612-5, todos ya individualizados, ordenar que se practiquen las reconvenciones legales pertinentes por la suma de y en definitiva condenar a las demandadas a pagar a mi representada la suma de $2.262.179, la primera al notificarle la demanda; y la segunda, en la audiencia de estilo, y en definitiva declarar: 1.- Terminado el contrato de arrendamiento suscrito con fecha 1 y 3 de agosto de 2017 por las partes de este juicio ante la Notario Público de Temuco doña Esmirna Vidal Moraga, por no pago de rentas y de servicios básicos. 2.- Que, la demandada debe pagar los gastos adeudados y detallados en el cuerpo de esta demanda, junto con la indemniza

Texto Completo (Preview)

C-3921-2024 Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3921-2024 CARATULADO : SU REZ/AEDOÁ Temuco, once de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 22 de julio de 2024, comparece el abogado don Sebastián Acuña Guerra, en representación de doña Raquel Liliana Suarez Floody, cédula nacional de identidad 12.023.216-9, chilena,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica