SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/GRANJA MARINA TORNAGALEONES S.A.
Rol
C-398-2024
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 23 de mayo del 2024 comparecen DANIELLE SOLEDAD S NCHEZ JOFR , RUN N 13.818.051-4 y JORGE EL AS HIDALGO FLORES,Á É ° Í RUN 15.758.018-3; fiscalizadores del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Regi nó de Ays n, Run N 14.131.994-9, domiciliado en calle Caupolic n N 653 de la ciudad deé ° á º Puerto Ays n, quien formula denuncia por infracci n a la Ley General de Pesca yé ó Acuicultura y su normativa anexa, en contra de GRANJA MARIANA TORNAGALEONES S.A., RUT 87.752.000-5, representada legalmente por don ROBERTO PABLO RIETHMULLER DE MENDOZA, RUN: 13.037.723-8 o por quien le reemplace o subrogue; ambos con domicilio en Diego Portales #2.000, piso 9, Puerto Montt, Regi n de Los Lagos, por los siguientes hechos:ó El centro Seno Ventisquero c digo RNA 110200, es un centro de reproductores,ó ubicado en la Agrupaci n de Concesiones de Salmones 32, en costa este de Senoó ventisquero, en la comuna de Cisnes, regi n de Ays n. Cuenta Resoluci n Exentaó é ó 3381/2021 que APRUEBA PROGRAMA DE MEJORAMIENTO GEN TICO DE“ É REPRODUCTORES PRESENTADO POR GRANJA MARINA TORNAGALEONES S.A. Y APLICA EXCEPCIONES QUE INDICA modificado” por la Resoluci n Exenta 2715/2022, ambas de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura,ó que autoriza a realizar un programa de mejoramiento gen tico que debe llevarse a caboé con la especie salm n Coho, Oncorhynchus kisutch, por plazo de 10 a os, con unó ñ ingreso m ximo de 200.00 ejemplares. Por lo que el centro se encuentra operando desdeá 7 de febrero del a o 2022.ñ Respecto al estatus sanitario del centro 110200, con fecha 16 de febrero 2024, fue notificado por medio del ORD DN-858/2024, que present simult neamente el 50% oó á m s de sus jaulas con un valor igual o superior a 0.35% de mortalidad semanal asociadaá a la enfermedad Piscirickettsiosis, por lo que se declara Centro de Alta Diseminaci n deó Piscirickettsiosis (CAD SRS), en marco de la Res. Ex. N 3.174 del 28 de diciembre° 2012, que aprueba el Programa Sanitarios Espec fico de
Fundamentos
Considerando lo dispuesto en el art culo 118 de la Ley General de Pesca yí Acuicultura, se multiplica por tres o por cuatro la sanci n pecuniaria que se impongaó por la comisi n de la conducta se alada los dos puntos anteriores, atendida laó ñ reincidencia de la denunciada. Con fecha 10 de junio del 2024 se realiza audiencia de descargos, contestando por escrito la abogada del denunciado, do a Gabriela Morales, quien se ala que en elñ ñ mes de febrero se realiz un traslado parcial de peces del Centro, desde la jaula 101 deló grupo CNMF22FAMVENT hacia la Piscicultura denominada Los Chilcos cuyo c digo“ ” ó es el n mero 90050 en la Regi n de Los Lagos. Estos peces fueron destinados para laú ó producci n de ovas en su calidad reproductores. El traslado se cumpli con la cantidadó ó de peces requerido para el programa de mejora gen tica, quedando un saldo de peces ené Código: XXTHXRPKQHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el Centro Seno Ventisqueros, espec ficamente en la jaula 101, de 7.004 seg n el Sistemaí ú de Informaci n para la fiscalizaci n de la Acuicultura, los cuales ser an destinado aó ó í cosecha. Todos los peces de la jaula 101 contaban con un CSM que autorizaba su traslado y cuyo vencimiento era el 31 de mayo del 2024. En este contexto de operaciones propias de cultivo de reproductores, el 2 de marzo de 2024, se efectu un abastecimiento de las jaulas N 101, 104 y 106 del Centroó ° Ventisquero, ingresando 40.000 peces con un peso promedio de 170 gramos en la jaula 101; 40.000 peces con un peso promedio de 246 gramos en la jaula 104; y 40.000 peces con un peso promedio de 246 gramos en la jaula 106. Todos estos peces ingresaron en etapa de smolts y son normales para los centros que se destinan a los reproductores. En relaci n con la jaula N 101 hab a una preexistencia de aproximadamente 7.004 pecesó ° í con un peso promedio de 9.689 gramos, de forma previa al abastecimiento de grupos smolts, los que por su peso, se pretend a cosecharlos el mismo d a en que ingresaba elí í abastecimiento, pero por razones operativas tuvo que ser retrasada. Para evitar que el grupo de peces que se cosechar a se mezclara con el ingresoí nuevo, se procedi a distribuir las especies en la jaula 101 separando los peces nuevos deó los ya existentes, utilizando una red o malla de lance2 para hacer esta divisi n,ó segmentaci n que se har a por un brev simo plazo.ó í í El 4 de marzo de 2024 antes de las 00:00 horas se solicit el Certificado Sanitarioó de Movimiento (CSM) la cual se ejecut a las 00:31 horas del d a siguiente. El CSM seó í solicit por una cantidad de peces mucho mayor que aquella que originalmente seó solicitar a, es decir, se pidi el CSM por la cantidad de peces total de la jaula 101, siní ó percatarse que en esa solicitud incorpor los 40.000 smolts reci n ingresados.ó é Al ingresar una solicitud de CSM, se pueden se alar una cantidad de peces diferente a aquellosñ peces efectivamen
Fallo
se declara Centro de Alta Diseminaci n deó Piscirickettsiosis (CAD SRS), en marco de la Res. Ex. N 3.174 del 28 de diciembre° 2012, que aprueba el Programa Sanitarios Espec fico de Vigilancia y Control deí Piscirickettsiosis. En el marco de la fiscalizaci n que se realiza al momento de la evaluaci n de unaó ó solicitud de Certificado Sanitario de Movimiento (CSM) de los centros de cultivo ubicados en la Regi n de Ays n, en la plataforma establecida por el Servicio Nacional deó é Pesca y Acuicultura (Servicio), Sistema de Informaci n para la Fiscalizaci n deó ó Acuicultura (SIFA), el d a 5 de marzo del 2024, Richard Fabi n Padilla Antonietti RUN:í á Código: XXTHXRPKQHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 17.726.696-5, quien se encarga de la evaluaci n sanitaria de solicitudes de movimientoó de Cosecha y Recurso Vivo de la regi n, desde la oficina comunal de Melinka, verificaó la recepci n de solicitud de cosecha proveniente del centro 110200, identificada con eló n mero de solicitud de CSM 56674, ingresada en la madrugada del d a 05.03.24, en laú í que declara cosecha de jaula 101 por 44.132 unidades de 9.800 gramos de peso promedio, luego a las 9:54 horas ingresan una nueva solicitud de cosecha identificada con el n mero de solicitud de CSM 56680, en la que declara cosecha de jaula 101 porú 7.004 unidades de 9.800 gramos de peso promedio. En base a la evaluaci n realizada, seó detect que el peso promedio de la
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de pto.Aysen CAUSA ROL : C-398-2024 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/GRANJA MARINA TORNAGALEONES S.A. Puerto Ays n, é once de diciembre del dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 23 de mayo del 2024 comparecen DANIELLE SOLEDAD S NCHEZ JOFR , RUN N 13.818.051-4 y JORGE EL AS HIDALGO FLORES,Á É ° Í RUN 15.758.0
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica