BANCO ESTADO DE CHILE/FUENTES
Rol
C-19279-2018
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha 27 de junio de 2018, comparece doña Paulina Francisca Fernández Pavez, abogado, domiciliado en San Diego N°81, piso 8, comuna de Santiago, en representación del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa AUTOMONA DE CREDITO DEL Estado, representado por doña Jessica López Saffie, ingeniero comercial, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°111, piso 4, Santiago, quien interpuso demanda ejecutiva en contra de ROBERTO ANTONIO FUENTES MUÑOZ, ignoro profesión, con domicilio en calle LLewilli Jones N°1240, comuna de Providencia y/o Presidente Riesco N°5435, comuna de Las Condes, y solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $8.732.120.-, más intereses y costas. Indica que su representado es dueño del pagaré que acompaño y que pido se tenga por reproducido, por el cual la persona demandada se obligó a pagar a mi parte la suma de $9.375.916. Con más un interés de 1,3500% mensual, mediante 48 cuotas mensuales iguales y sucesivas, equivalentes en peso, de $269.996.- cada una, salvo la última que sería de $270.003.- y venciendo la primera de ellas el día 05 de septiembre de 2017. En el mismo documento, además, se estableció que para el caso de no pago oportuno de la obligación, desde el incumplimiento pagare el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción de este instrumento, sin perjuicio de la acción ejecutiva y los demás derechos de acreedor, convenida una prorroga o renovación, en caso de incumplimiento devengara el interés máximo permitido estipular que rija a la fecha de esa nueva concesión. Esta obligación la contraigo con el carácter de indivisible y podrá exigirse su cumplimiento total a cualquiera de mis sucesores. Código: HCVEXRUXDXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl « C-19279-2018» Libero al tenedor de este documento de la obligación de protesto. Es del caso que la parte deudora no pagó l
Fundamentos
considerandos anteriores, se omite pronunciamiento respecto de las demás excepciones. SEPTIMO: Que, los demás antecedentes aportados al proceso, en nada alteran lo razonado precedentemente. Y visto, también, lo que preceptúan los artículos 1545, 1698, 2514, y siguientes del Código Civil; 98, y 107 de la Ley 18.092; 160, 170, 341, 464 N°17, 465, 466, 471 y 478 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
por tanto, la prescripción de la acción ejecutiva, razón por la cual la excepción de prescripción será acogida. SEXTO: Que según lo señalado en los considerandos anteriores, se omite pronunciamiento respecto de las demás excepciones. SEPTIMO: Que, los demás antecedentes aportados al proceso, en nada alteran lo razonado precedentemente. Y visto, también, lo que preceptúan los artículos 1545, 1698, 2514, y siguientes del Código Civil; 98, y 107 de la Ley 18.092; 160, 170, 341, 464 N°17, 465, 466, 471 y 478 del Código de Procedimiento Civil, SE DECIDE: I.- Que SE ACOGE LA EXCEPCIÓN OPUESTA por la ejecutada y se deniega la ejecución. II.- Que SE CONDENA en costas al ejecutante, por haber resultado totalmente vencido. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° 19279-2018 DICTADA POR LILIAN ESTHER LIZANA TAPIA.- JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA DON MARIO ROJAS GALLEGUILLOS, SECRETARIO SUBROGANTE.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, once de diciembre de dos mil veinticuatro Código: HCVEXRUXDXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. 2024-12-11T13:41:10-0300
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« C-19279-2018» FOJA: 54 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-19279-2018 CARATULADO : BANCO ESTADO DE CHILE/FUENTES Santiago, once de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha 27 de junio de 2018, comparece doña Paulina Francisca Fernández Pavez, abogado, domiciliado en San Diego N°81, piso 8, comuna de
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