CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCION S A/VALDENEGRO
Rol
I-6-2024
Fecha
2 de diciembre de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1,11, y siguientes, 503, y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que SE ACOGE PARCIALMENTE la petición interpuesta por CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A., en contra de la DIRECCIÓN DEL TRABAJO, y en consecuencia, se deja sin efecto y modifica la Resolución Administrativa Sancionatoria Nº 1894/24/24 de fecha 12 de junio de 2024 en los siguientes sentidos: i. Se hace lugar a la reclamación y se deja sin efecto la resolución la Resolución de Multa en cuanto a la infracción Nº 1894/24/24-1: Exceder la jornada ordinaria semanal de 44 horas. ii. No se hace lugar a la petición en relación a la Resolución de Multa Nº 1894/24/24-4: no consignar por escrito en el contrato de trabajo o en documento anexo las modificaciones al contrato de trabajo, la que se mantiene incólume. iii. No se hace lugar a la solicitud de rebaja en relación a la Resolución de Multa Nº 1894/24/24-4. II. Que cada parte pagará sus costas, al no haberse producido un vencimiento total. III. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase. IV. Regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese a la partes, a través de sus abogados por correo electrónico Dicto don Ronnie Matamala Troncoso, Juez Titular del Juzgado de Letras de Mariquina.
Fallo
se resuelve: I. Que SE ACOGE PARCIALMENTE la petición interpuesta por CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A., en contra de la DIRECCIÓN DEL TRABAJO, y en consecuencia, se deja sin efecto y modifica la Resolución Administrativa Sancionatoria Nº 1894/24/24 de fecha 12 de junio de 2024 en los siguientes sentidos: i. Se hace lugar a la reclamación y se deja sin efecto la resolución la Resolución de Multa en cuanto a la infracción Nº 1894/24/24-1: Exceder la jornada ordinaria semanal de 44 horas. ii. No se hace lugar a la petición en relación a la Resolución de Multa Nº 1894/24/24-4: no consignar por escrito en el contrato de trabajo o en documento anexo las modificaciones al contrato de trabajo, la que se mantiene incólume. iii. No se hace lugar a la solicitud de rebaja en relación a la Resolución de Multa Nº 1894/24/24-4. II. Que cada parte pagará sus costas, al no haberse producido un vencimiento total. III. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase. IV. Regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese a la partes, a través de sus abogados por correo electrónico Dicto don Ronnie Matamala Troncoso, Juez Titular del Juzgado de Letras de Mariquina.
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Letras Mariquina. Calle Padre Placido N°1000, Mariquina. ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO-LABORAL FECHA dos de diciembre de dos mil veinticuatro RUC 24-4-0589325-4 RIT I-6-2024 MATERIA Desafuero Maternal MAGISTRADO Ronnie Matamala Troncoso FUNCIONARIO DE ACTA Bárbara Hueraman. HORA DE INICIO 15:31 HORA DE TERMINO 15:34 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440589325-4-222 PARTE RECLAMA
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