2º Juzgado de Letras de Punta Arenas

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/VARGAS

Rol

C-794-2024

Fecha

10 de diciembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, en el folio 1, Nicol s Alejandro Mu oz Fern ndez, abogado, c dula deá ñ á é identidad N 18.431.792-3, en representaci n convencional, del Banco del Estado de° ó Chile, empresa aut noma del Estado, Rut. 97.030.000-7, representada legalmente poró su Gerente General Ejecutivo, se or Oscar Ra l Antonio Gonz lez Narbona,ñ ú á ingeniero civil industrial, c dula de identidad N 6.362.085-8, todos con domicilio ené ° avenida Libertador General Bernardo O Higgins 1111, quinto piso, comuna de’ Santiago, Regi n Metropolitana de Santiago, interpone demanda ejecutiva de cobroó de pagar , en contra de C sar Onofre Vargas Gallardo, ignora profesi n u oficio,é é ó con domicilio en Isla de Pascua N 742, Pasaje Jos Alarc n Parra 01133, Jos del° é ó é Carmen Galindo 1219, Punta Santa Ana, todas de Punta Arenas, con el m rito deé los antecedentes que expone. Se ala que consta del pagar que individualizar que don Cesar Onofreñ é á Vargas Gallardo, adeuda a su representado la suma de $12.917.902.- (doce millones novecientos diecisiete mil novecientos dos pesos), los cuales a la fecha de la presente demanda no ha pagado. Dice que, en efecto, la deuda se encuentra indubitadamente establecida en: - Pagar No reajustable en cuotas- tasa fija N pagare 000010233072 N deé ° º Operaci n 00035074460 por la suma de $13.000.000.- en pesos moneda legal,ó pagadero conjuntamente con los intereses correspondientes (0,9800% mensual) en 48 cuotas mensuales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagar suscrito, el que en este punto da expresamente poré reproducido. Expresa que se pact que la deuda est revestida del car cter de indivisible yó á á que en caso de no pago oportuno de una o m s cuotas de la obligaci n, se pagará ó á desde el incumplimiento el inter s m ximo convencional que rija a la fecha deé á suscripci n del pagar , y sin perjuicio de los dem s derechos del banco queó é á represento, se podr hacer exigible la totalidad de la d

Fundamentos

considerando que m mandante es elñ í leg timo portador y beneficiario del efecto de comercio antes individualizado, quedaí de manifiesto que el documento constituye el t tulo ejecutivo contemplado en el incisoí 2 del numeral 4 del art culo 434 del C digo de Procedimiento Civil.º ° í ó Por ltimo, manifiesta que en el caso sublite concurren los requisitosú establecidos en la ley para iniciar este procedimiento ejecutivo, es decir, obligaci nó l quida, actualmente exigible y no prescrita.í

Fallo

Por tanto, de conformidad con lo se aladoñ , disposiciones legales citadas, ley 18.092, disposiciones pertinentes de la ley 18.010 sobre operaciones de cr dito deé dinero, art culos 434 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil y dem s normasí ó á pertinentes, solicita tener por deducida demanda ejecutiva en contra de don Cesar Onofre Vargas Gallardo, ya individualizado, en la calidad ya indicada; acogerla a tramitaci n, y en definitiva hacer lugar a ella, ordenando que se despacheó mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma de $12.917.902.-ó (doce millones novecientos diecisiete mil novecientos dos pesos), m s intereses, coná expresa condena en costas. Que, en el folio 11, la ejecutada opuso las excepciones de los números 7, 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Que, en el folio 18, se declararon admisibles las excepciones y se recibi ó la causa a prueba. Que, en el folio 49, se cit ó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio 1, Nicol s Alejandro Mu oz Fern ndez,á ñ á abogado, en representaci nó convencional del Banco del Estado de Chile, interpone demanda ejecutiva, en contra de C sar Onofre Vargas Gallardo, todos yaé individualizados, con el m rito de los antecedentes que expone.é SEGUNDO: Que, en el folio 11, comparece el ejecutado y opone las excepciones de los n meros 7, 9 y 11 ú del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil, solicitando acoger las mismas, con expresa condena en costas

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : C-794-2024 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/VARGAS Punta Arenas, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, en el folio 1, Nicol s Alejandro Mu oz Fern ndez, abogado, c dula deá ñ á é identidad N 18.431.792-3, en representaci n convencional, del Banco del Estado de° ó Chile, empresa aut n

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