17º Juzgado Civil de Santiago

C.C.A.F LOS HEROES/JORQUERA

Rol

C-5077-2023

Fecha

9 de diciembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que con fecha 22 de marzo de 2023, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don DANIELé ORTUZAR GANA, abogado, actuando en representaci n convencional deó CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LOS H ROESÉ , Corporaci n Previsional de Derecho Privado, representada poró don Alejandro Patricio Mu oz Rojas, Ingeniero Comercial de profesi n,ñ ó todos domiciliados en Avenida Holanda N 64, Comuna de Providencia,° ciudad de Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de do añ MARIA CRISTINA JORQUERA LEMUS, cuya profesi n u oficioó ignora, con domicilio en La Riojana n 25, comuna de Illapel, solicitando se° despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la sumaó de $6.402.319,- m s intereses y costas.á Se ala que su representada es due a del pagar N 105707683, suscrito porñ ñ é º la demandada con fecha 04 de mayo de 2022 por la suma de $6.402.319.- por concepto de capital; deuda que se pagar a con m s el inter s pactadoí á é correspondiente al 2,04% mensual, en 60 cuotas mensuales y sucesivas de: $207.226.- las primeras cuotas y una cuota final de $207.168 con vencimiento el ltimo d a h bil de cada mes, a partir del 31 de julio deú í á 2022. Indica que se estableci que el simple retardo en el pago de todo o parte deó una cualquiera de las cuotas, o en el evento de la terminaci n del contratoó de trabajo del deudor vigente a la fecha de suscripci n del pagar , facultaró é á Código: XXKKXRJNPXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5077-2023 Foja: 1 al acreedor a exigir el pago ntegro de la suma adeudada consider ndose laí á obligaci n como de plazo vencido, capitó aliz ndose los intereses devengadosá y no pagados. A ade que el deudor ha dado cumplimiento solo a 1 cuotas, encontr ndoseñ á en mora de pagar sus obligaciones desde la cuota N. 1 inclusive, conº vencimiento al 31 de julio de 2022, por lo que adeuda hoy en d a, porí concep

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos, CAJA DE COMPENSACI N DEÓ ASIGNACI N FAMILIAR LOS H ROES, deduce demanda ejecutiva enÓ É contra de do a MARIA CRISTINA JORQUERA LEMUS a fin de queñ pague la suma de $6.402.319,- correspondiente al saldo insoluto del pagaré en cuotas N 105707683, suscrito por la ejecutada y custodiado en la° secretar a del Tribunal bajo el N 3155-2023,- raz n por la que haceí ° ó exigible por medio de la demanda el saldo adeudado, m s intereses y costas.á SEGUNDO: Que, la demandada, debidamente representada, opuso a la ejecuci n la excepci n de prescripci n contemplada en el N 17 del art culoó ó ó ° í 464 del C digo de Procedimiento Civil, conforme a los antecedentes yaó rese ados en la parte expositiva de esta sentencia.ñ TERCERO: Que previo al an lisis de la excepci n opuesta, cabeá ó consignar que la ejecutante sustent el presente juicio en el pagar en cuotasó é n 105707683, suscrito por la ejecutada con fecha 05 de abril de 2022, elº cual se encuentra custodiado en la secretar a del tribunal baj el n meroí ó ú 3155-2023.- CUARTO: Que seg n lo dispone el art culo 2514 del C digo Civilú í ó La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó Código: XXKKXRJNPXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5077-2023 Foja: 1 solamente cierto lapso durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible ,ó ” mientras que, por su parte, el art culo 98 de la Ley N 18.092, precept aí ° ú que el plazo de prescripci n de las acciones cambiarias, que incluye aló pagar por indicaci n expresa del art culo 107 de la ley aludida, es de uné ó í a o contado desde el d a de vencimiento del documento.ñ í QUINTO: Que es preciso hacer presente que la actora en su demanda ha hecho exigible el total de la obligaci n adeudada, de acuerdoó con lo estipulado en el pagar fundante, en cuanto expresa que: é “La mora o el simple retardo en el pago o parte de cualquier cuota de capital y/o de intereses de este pagar , permitir al Acreedor exigir el pago ntegro yé… á í total de la suma adeudada, consider ndose la obligaci n como de plazoá ó vencido e inmediatamente exigible… .” SEXTO: Que, si bien las partes estipularon que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas en que se divide la obligaci n, ya sea en capital o intereses, el acreedor tendr a derecho a haceró í exigible de inmediato el pago total de la suma de la deuda o de su saldo, no es menos cierto que la mentada obligaci n de pagar se pact enó ó parcialidades o diversas cuotas, estableci ndose fechas de vencimientoé sucesivas para cada una de ellas, constituyendo de esta manera una obligaci n que se hizo exigible desde la fecha que, seg n acuerdo de lasó ú partes, debi ser pagada.ó S PTIMOÉ : Que, encontr ndose redactada la llamada cl usula deá á aceleraci n en t rminos facultativos, es necesario que el actor manifiesteó é fo

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 144,í 160, 170, 434, 463 y 471 del C digo de Procedimiento Civil; art culos 1698,ó í 2514 y 2515 del C digo Civil; Leó y N 18.092, y dem s normas aplicables,° á se declara: I. Que se acoge la excepci n de prescripci n de la acci nó ó ó ejecutiva proveniente del pagar en cuotas n 105707683, suscrito con fechaé º 05 de abril de 2022, por la demandada do a Mar a Cristina Jorquerañ í Lemus, por la suma en capital de $6.402.319, enerv ndose la ejecuci n;á ó II. Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í DICTADA POR DO A MAR A ISABEL REYES KOKISCH, JUEZÑ Í SUPLENTE. Código: XXKKXRJNPXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5077-2023 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro Código: XXKKXRJNPXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-09T20:03:00-0300

Texto Completo (Preview)

C-5077-2023 Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5077-2023 CARATULADO : C.C.A.F LOS HEROES/JORQUERA Santiago, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Que con fecha 22 de marzo de 2023, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don DANIELé ORTUZAR GANA, abogado, actuando en r

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