Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

HANANÍAS/SAN MARTÍN

Rol

O-1437-2024

Fecha

29 de noviembre de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos planteados en la demanda en virtud de lo establecido en el artículo 453 N° 1, inciso 7° del código del trabajo, al estar válidamente emplazadas las demandadas que no han contestado la demanda, tampoco han comparecido en esta audiencia y en relación al artículo 451 N° 1, inciso 2°, solicita se dicte sentencia de forma inmediata. Tribunal. Se va a dar lugar a la solicitud y se procede a dictar sentencia inmediata.

Fundamentos

Fundamentos en registro de audio. SENTENCIA DICTADA VERBALMENTE (Se transcribe solo lo resolutivo) Concepción, a veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 7, 10, 11, 41, 55, 58, 63, 73, 160, 162, 163, 168, 173 y 446 siguientes del Código de trabajo y 507 también del código del trabajo,

Fallo

se resuelve lo siguiente: I.- Se acoge la demanda incoada por doña DEMY ALEXANDRA HANANÍAS OCHOA, cedula de identidad N° 19.597.432-2, en contra de SAN MARTIN HMNOS LIMITADA, R.U.T: 77.713.340-3, representada por don ALVARO SAN MARTIN MORALES, RUT: 12.523.546-8. Asimismo, también la demanda en contra de SAN MARTIN Y COMPANIA LIMITADA, R.U.T.: 76.103.273-9, representada también por don ALVARO SAN MARTIN MORALES, y también en contra de don ALVARO SAN MARTIN MORALES, calidad persona natural. Por ende el tribunal accediendo a la solicitud, declara que las tres demandadas constituyen un solo empleador para efectos laborales y previsionales. Respecto de la demanda de despido indirecto, se accede a la misma y en consecuencia se condena a las demandadas ya individualizadas al pago de la siguiente prestación respecto de cuyo pago deberán responder de manera solidaria: - La suma de $598.984.- por concepto de indemnización sustitutiva de falta de aviso previo. - La suma de $1.191.968.- por años de servicio. - La suma de $595.984.- por recargo legal de 50%. - La suma de $647.636.- por feriado proporcional. - El pago de las cotizaciones previsionales de AFP PROVIDA, AFC Y FONASA, por los periodos enero 2023, octubre 2023 y abril 2024, debiendo oficiarse una vez firme y ejecutoriada el fallo a la entidad de SEGURIDAD SOCIAL, a fin de que inicie de que inicie las acciones de cobro respectiva, y además que el auto despido es nulo, por ende deberá pagarse la remuneración y demás prestaci

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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia semipresencial) FECHA 29 de noviembre de 2024 RUC 24-4-0608722-7 RIT O-1437-2024 Registro de MAGISTRADO CLAUDIO ALEJANDRO ALVAREZ RAMIREZ audio en ADMINISTRATIVO DE ACTAS Beatriz Nuñez Gutiérrez Remoto 1 HORA DE INICIO 10:28 HORA DE TERMINO 10:52 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440608722-7-1343 DEMANDANTE DEMY ALEXANDRA HANA

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