3º Juzgado Civil de San Miguel

CORTÉS/CORTÉS

Rol

C-3261-2024

Fecha

9 de diciembre de 2024

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que a folio 1 comparece don Oscar Guzmán Díaz, abogado en representación de doña Jessica del Carmen Cortez LLanos, empleada, cédula de identidad N°12.010.424-1, y don Manuel Eduardo Cortés Llanos, empleado, cédula de identidad N°10.215.028-7, ambos domiciliados en Huérfanos N°1160, oficina 313, comuna de Santiago, quienes vienen en solicitar se cite al interesado don Rodrigo Andrés Cortés Llanos, empleado, cédula de identidad N°10.081.095-6, domiciliado en Los Araucanos N°10086, comuna de El Bosque, a audiencia con el fin de acordar el nombramiento de Árbitro Partidor que liquide la comunidad hereditaria existente entre las partes, de conformidad a los antecedentes que expone. Refiere que sus representados, junto al demandado de autos, forman una comunidad de bienes hereditarios quedados a la muerte de su madre doña Rosa Matilde Llanos Placencia, cédula de identidad N°4.343.804-2, fallecida el 2 de julio del 2015, y al fallecimiento de su padre don Manuel Eduardo Cortez Aguirre, cédula de identidad N°3.123.714-9, fallecido el 12 de enero del 2020, quienes tuvieron 3 hijos: 1.- Jessica del Carmen Cortez Llanos (Dte), 2.- Manuel Eduardo Cortés Llanos (Dte) y 3.- Rodrigo Andrés Cortés Llanos La comunidad de bienes hereditaria que se está solicitando que se liquide, está integrada por un bien raíz sin perjuicio de otros bienes cuya existencia se desconoce, bien inmueble ubicado en la comuna de El Bosque, propiedad ubicada en calle Los Araucanos N°10086, que corresponde al sitio o lote doscientos sesenta y dos, del plano de la Población Cisterna Tres Presidente Frei, archivado bajo el N°2.066, comuna de El Bosque, Rol de Avalúo N°660-11; que deslinda: Al norte, lote doscientos sesenta y uno; Al sur, lote doscientos setenta y siete; Al oriente, lote doscientos sesenta y tres; y Al poniente, calle Los Araucanos. Es el deseo de sus representados el no permanecer en la indivisión, por lo que procede el nombramiento de un árbitro de derecho que efectúe la partición

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparece don Oscar Guzmán Díaz, abogado en representación de doña Jessica del Carmen Cortez LLanos y don Manuel Eduardo Cortés Llanos, solicitando se cite a don Rodrigo Andrés Cortés Llanos, a audiencia con el fin de acordar el nombramiento de Árbitro Partidor que liquide la comunidad hereditaria existente entre las partes, por los motivos ya reseñados en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que a folio 20 consta celebración de audiencia de estilo con la comparecencia de la demandante doña Jessica del Carmen Cortez Llanos, su apoderado, el demandado don Rodrigo Andrés Cortés Llanos y su apoderada, quienes no lograros arribar a acuerdo, por lo que se dio por frustrada la designación mediante conciliación entre las partes de juez partidor. Tercero: Que la parte demandante acompañó a los autos los siguientes documentos: 1.- Copia de inscripción de fojas 5270, N°8628, año 1970, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel. Código: NRKKXRXGTTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- Copia de inscripción de fojas 25783 vuelta, N°23694, año 2019, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel. 3.- Copia de inscripción de fojas 16818, N°15417, año 2019, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel. 4.- Certificado de Defunción de don Manuel Eduardo Cortez Aguirre. Cuarto: Que, con el mérito de los documentos acompañados a los autos, ha quedado demostrada la existencia de una comunidad hereditaria entre la parte demandante y la demandada, sobre el inmueble ubicado en Los Araucanos N°1086, comuna de El Bosque. Quinto: Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1317 y 1325 del Código Civil, ninguno de los coasignatarios está obligado a permanecer en la indivisión y, dado que no ha existido acuerdo entre ellos para proceder a la partición, como tampoco para la designación del partidor, se procederá en la forma señalada en la ley. Sexto: Que, al no existir árbitros propuestos por las partes, se procederá a designar juez partidor de conformidad a aquellos nombres incluidos en el registro de árbitros para el bienio 2023-2024 emitido por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel. Y visto lo dispuesto en los artículos 223, 227 N° 2, 232, 235 y 236 del Código Orgánico de Tribunales, artículos 170, 646 y 414 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: Que se acoge a la solicitud y, en consecuencia, se designa como Juez Partidor a don Sergio Edison Bugueño Perea, domiciliado en calle Chiloé N°3966, comuna de San Miguel y en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N°949 oficina 1201, comuna de Santiago, correo electrónico justiciaarbitralchile@gmail.com, con el fin de que este practique la partición de la comunidad hereditaria existente entre los demandantes y el demandado. Póngase el nombramiento en conocimiento de las partes, para que dentro de tercero día deduzcan su oposición si tuviesen alguna incapacidad legal que reclamar contra el nombrado. Vencido este plazo sin que se formule oposición, se entenderá aceptado el nombramiento, y una vez esto, notifíquese la designación al Árbitro antes individualizado, a fin de que emita pronunciamiento de la aceptación o rechazo del cargo. En la afirmativa de la primera, deberá prestar juramento de desempeñar fielmente el cargo y con prontitud. Regístrese, dese copia y, en su oportunidad, archívese. Rol C-3261-2024 Código: NRKKXRXGTTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:justiciaarbitralchile@gmail.com Dictada por Rebeca Cristina Soto Roble, Jueza del Tercer Juzgado Civil de San Miguel. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Código: NRKKXRXGTTX Este documento tiene firma elect

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FOJA: 19 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de San Miguel CAUSA ROL : C-3261-2024 CARATULADO : CORTÉS/CORTÉS San Miguel, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Que a folio 1 comparece don Oscar Guzmán Díaz, abogado en representación de doña Jessica del Carmen Cortez LLanos, empleada, cédula de identidad N°12.010.424-1, y don Manuel Eduardo Cortés Llanos, em

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