CHRISTOPH HEINRICH SCHULTZ FIGUEROA INVERSIONES EIRL/SOCIEDAD TASTYS RESTAURANT LIMITADA
Rol
C-5450-2024
Fecha
9 de diciembre de 2024
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 28 de julio de 2024 (folio 1), comparece don Cristóbal Silva Schultz, abogado, en representación de la Sociedad Christoph Heinrich Schultz Figueroa Inversiones E.I.R.L., Rut 76.651.080-9, ambos domiciliados para estos efectos en Colo Colo 379, oficina 1102, comuna de Concepción, y a lo principal de su presentación interpone demanda de restitución de inmueble y cobro de rentas de arrendamiento en contra de la Sociedad Tastys Restaurant Limitada, Rut 76.532.906-K, representada por don José Hernández Echeverría, Rut 11.352.818-4, ignora profesión u oficio, con domicilio en Rengo 281, comuna de Concepción, solicitando se declare que la demandada debe restituir el inmueble arrendado en forma inmediata, o a más tardar dentro del tercer día desde que el fallo causa ejecutoria o en el plazo que el tribunal estime prudente; que la demandada está obligada a pagar a su mandante la cantidad de 225 Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos al día del pago efectivo, por concepto de rentas impagas correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, junio, y julio, todos del año 2024, en subsidio, las sumas mayores o menores que el tribunal estime acreditadas conforme a los hechos del proceso y al derecho aplicable; que la demandada está obligada a pagar a título de indemnización de perjuicios causados por su incumplimiento contractual, al pago de las rentas de arrendamiento por todo el período que falta para la extinción de dicho contrato, que en total suma 4.485 Unidades de Fomento, en su equivalente en Código: TPVXXRDLXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 pesos al día del pago efectivo, en subsidio, las sumas mayores o menores que el tribunal estime acreditadas conforme a los hechos del proceso y al derecho aplicable y; que la demandada debe pagar las costas de la causa. Funda su demanda en que su representada es dueña del inmueble ubicado en Rengo 281, comuna de Concepció
Fundamentos
considerando que el contrato terminó por culpa de la arrendataria, tanto el propio contrato como la ley la obliga a pagar el monto de las rentas correspondientes por todo el período por que resta de plazo del contrato, esto es, hasta el 03 de noviembre del año 2031. Así, el total de rentas desde agosto de 2024 hasta noviembre de 2031 asciende a 4.485 UF, que – según fue pactado contractualmente– se calcula de la siguiente manera: meses restantes de 2024 (agosto a diciembre): 45 UF x 5 meses: 225 UF; años 2025 y 2026: 45 UF x 24 meses: 1.080 UF; años 2027 y 2028: 50 UF x 24 meses: 1.200 UF; años 2029, 2030, y 2031: 55 UF x 36 meses: 1.980 UF. Monto adeudado hasta vencimiento del plazo 4.485 UF. Arguye que, de este modo, la cantidad total adeudada por la demandada, asciende a 4.710 UF (225 + 4.485), las cuales deberán calcularse en pesos al momento del pago efectivo. Respecto al derecho, indica que el artículo 1.942 del Código Civil indica que “El arrendatario es obligado al pago del precio o renta.” Por su parte, el artículo 1.944 del Código Civil señala que “El pago del precio o renta se hará en los períodos estipulados”. Como se dijo, el demandado ha incumplido su obligación esencial, pues adeuda las rentas de marzo, abril, mayo, junio, y julio, todos del año 2024. Concluye señalando que, el artículo 1945 del mismo Código establece que “Cuando por culpa del arrendatario se pone término al arrendamiento, será el arrendatario obligado a la indemnización de perjuicios, y especialmente al pago de la renta por el tiempo que falte hasta el día en que desahuciando hubiera podido hacer cesar el arriendo, o en que el arriendo hubiera terminado sin desahucio”. Esta norma permite que su mandante demande todas las rentas de arrendamiento hasta el vencimiento del plazo establecido en el contrato, vale decir, el 3 de noviembre de 2031. Al primer otrosí de su presentación, en subsidio de la acción principal, y sólo para el evento de que ésta no sea acogida, demanda la terminación inmediata del contrato de arrendamiento por no pago de las rentas en contra de la Sociedad Tastys Restaurant Limitada, por haber incumplido la Código: TPVXXRDLXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 obligación esencial del contrato de arrendamiento celebrado con fecha 03 de noviembre de 2023, esto es, el pago de las rentas de arrendamiento, solicitando declarar terminado el contrato de arrendamiento celebrado el 03 de noviembre de 2023 entre la sociedad Christoph Heinrich Schultz Figueroa Inversiones E.I.R.L. y la demandada Sociedad Tastys Restaurant Limitada; que el demandado debe restituir la propiedad dada en arrendamiento, dentro de tercero día desde que el
Fallo
fallo causa ejecutoria o en el plazo que el tribunal estime prudente; que la demandada está obligada a pagar a su mandante la cantidad de 225 Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos al día del pago efectivo, por concepto de rentas impagas correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, junio, y julio, todos del año 2024, en subsidio, las sumas mayores o menores que el tribunal estime acreditadas conforme a los hechos del proceso y al derecho aplicable; que la demandada está obligada a pagar a título de indemnización de perjuicios causados por su incumplimiento contractual, al pago de las rentas de arrendamiento por todo el período que falta para la extinción de dicho contrato, que en total suma 4.485 Unidades de Fomento, en su equivalente en Código: TPVXXRDLXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 pesos al día del pago efectivo, en subsidio, las sumas mayores o menores que el tribunal estime acreditadas conforme a los hechos del proceso y al derecho aplicable y; que la demandada debe pagar las costas de la causa. Funda su demanda en que su representada es dueña del inmueble ubicado en Rengo 281, comuna de Concepción. Con fecha 3 de noviembre de 2023, su mandante celebró un contrato de arrendamiento respecto de dicho inmueble con la demandada Sociedad Tastys Restaurant Limitada (en adelante también “Tastys”). Manifiesta que la vigencia del contrato se encuentra en la cláusula tercera:
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 38 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Concepción CAUSA ROL : C-5450-2024 CARATULADO : CHRISTOPH HEINRICH SCHULTZ FIGUEROA INVERSIONES EIRL/SOCIEDAD TASTYS RESTAURANT LIMITADA Concepción, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 28 de julio de 2024 (folio 1), comparece don Cristóbal Silva Schultz, abogado, en representación d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica