1º Juzgado Civil de Concepción

JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN BIO-BIO/BRAVO

Rol

C-5352-2024

Fecha

9 de diciembre de 2024

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En folio 1, el 24 de julio de 2024, se presenta Jaime Oñate Martínez, abogado, en representación de JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES “JUNJI”, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su director regional Leodan Fernando Zapata Fernández, todos con domicilio para estos efectos en calle O’Higgins Poniente N°77, oficina 502, comuna de Concepción, y expone que viene en deducir demanda de cobro de pesos, en procedimiento de mínima cuantía, en contra de DANITSSA CAROLINA BRAVO MERINO, técnico en atención de párvulos, domicilio en Pasaje Soltelco N°833, comuna de San Pedro de la Paz por la suma de $325.292, más intereses y reajustes por concepto de remuneraciones pagadas en exceso por parte de su representada en el mes de julio de 2023 y no devueltas por la demandada. Funda la demanda diciendo que la demandada se desempeñó como técnico en educación de párvulos para su representada, en calidad de contrata, grado 26° de la Escala Única de Remuneraciones, hasta el 16 de julio del año 2023, fecha en la que presentó su renuncia voluntaria, lo que quedó regularizado mediante resolución Exenta RA N°110838/5887/2023 de 13 de diciembre de 2023 de la dirección regional de JUNJI Bio-Bio, que aceptó su renuncia voluntaria. Señala que producto de un error administrativo, en julio de 2023 se le pagó a la demandada una remuneración correspondiente a treinta días, en circunstancias que correspondía pagarle el equivalente a 16 días de trabajo, lo que generó un pago en exceso de $325.292; situación que se puso en conocimiento de la demandada mediante notificación de memo N°348 de 1 de agosto de 2023 a través de carta certificada de 2 de agosto de 2023, sin que a la fecha el dinero haya sido restituido. Código: EZXTXRMBFXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sostiene que si bien la causa de pago indebido fue un error de su parte, quien de buena fe pagó en exceso la remuneración a la exfun

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que la Junta Nacional de Jardines Infantiles, deduce demanda de cobro de pesos en contra de Danitssa Carolina Bravo Merino, solicitando le pague la suma de $325.292, con intereses, reajustes y costas, correspondientes al no reintegro de la suma pagada en exceso por concepto de remuneraciones. 2°.- Que, la demandada no contestó la demanda. 3°.- Que, la acción entablada es una de cobro de pesos, que conforme lo considera la doctrina y la jurisprudencia, tiene por finalidad que un acreedor cobre su crédito a su deudor; y se ha dicho que se trata de una acción en justicia que procede cuando dicho acreedor no cuenta con un título ejecutorio y su deudor no cumple de manera voluntaria la obligación de que se trata. De consiguiente, sus supuestos básicos son: a) existencia de vínculo jurídico entre las partes, en virtud del cual la parte demandante resulte acreedora de una suma de dinero que deba pagar el demandado, en su calidad de deudor; b) incumplimiento del demandado de la obligación de pagar dicha suma de dinero a la demandante. Que, además, de conformidad con lo que prescribe el artículo 1698 del Código Civil, corresponde a la parte demandante justificar la existencia de la fuente de la obligación, así como el monto adeudado. Luego, determinados y demostrados los presupuestos de la acción, corresponde al demandado probar el pago a que estaba obligado. 4°.- Que, con el objeto de justificar sus alegaciones el actor acompañó en folio 1, en forma legal y sin objeción de contrario, los siguientes documentos: Código: EZXTXRMBFXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a) Resolución Exenta RA N°110838/393/2020 de 23 de enero de 2020, que designa como funcionaria a contrata en la Junta Nacional de Jardines Infantiles a Danitssa Carolina Bravo Merino. b) Resolución Exenta RA N°110838/6175/2022 de 22 de diciembre de 2022 que prorroga la designación a contrata en la Junta Nacional de Jardines Infantiles de doña Danitssa Carolina Bravo Merino para el año 2023. c) Resolución Exenta RA N°110838/5887/2023 de 13 de diciembre de 2023 que acepta renuncia voluntaria a la Junta Nacional de Jardines Infantiles de Danitssa Carolina Bravo Merino, a contar del 17 de julio de 2023. d) Liquidación de Sueldo de Danitssa Carolina Bravo Merino correspondiente a julio de 2023. e) Resumen Mensual de asistencia de Danitssa Carolina Bravo Merino correspondiente a julio de 2023. f) Memo N°348 de fecha 1 de agosto de 2023 de la unidad de Personal de JUNJI Bío Bío. g) Carta de notificación de deuda de 1 de agosto de 2023 dirigida a Danitssa Carolina Bravo Merino. 5°.- Que, por su parte, la demandada no rindió prueba alguna. 6°.- Que, los documentos, no objetados, consistentes en liquidación de sueldo correspondiente a julio de 2023, a nombre de la demandada y Resolución Exenta RA N°110838/5887/2023 de 13 de diciembre de 2023, de la Dirección Regional Junta Nacional de Jardines Infantiles B

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas legales que cita, solicita tener por interpuesta demanda en procedimiento de mínima cuantía, por pago de lo no debido, en contra de DANITSSA CAROLINA BRAVO MERINO, admitirla a tramitación y en definitiva declarar: 1. Que se efectuó un pago no debido por parte de JUNJI a la demandada. 2. Que, el pago indebido ascendió, en definitiva, a la suma total de $325.292, o a la suma que el tribunal determine de conformidad al mérito de autos. 3. Que la demandada debe restituir a la demandante, dentro del plazo de diez días desde la ejecutoriedad de la sentencia o en el plazo que el tribunal determine, la cantidad de $325.292, o la suma que el tribunal determine de conformidad al mérito de autos, incluyendo los reajustes pertinentes según variación experimentada por el índice de precios al consumidor e intereses corrientes para operaciones reajustables, calculados desde la fecha de pago indebido hasta la de su restitución o, en subsidio, desde la fecha de notificación de la demanda o, los reajustes e intereses que el tribunal determine, calculados por el lapso que se estime pertinente. 4. Que se condene en costas a la demandada. En folio 8, el 29 de agosto de 2024, se llevó a efecto el comparendo de estilo, con la presencia del apoderado de la parte demandante y sin la comparecencia de la parte demandada. Código: EZXTXRMBFXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl La parte demandante rat

Texto Completo (Preview)

FOJA: 8 .- Ocho.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Concepción CAUSA ROL : C-5352-2024 CARATULADO : JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN BIO-BIO/BRAVO Concepción, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: En folio 1, el 24 de julio de 2024, se presenta Jaime Oñate Martínez, abogado, en representación de JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES “JUNJI”, pe

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