BANCO DE CHILE/DJEZAIR
Rol
C-1913-2024
Fecha
9 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, se presenta Denisse Alejandra Barraza Diaz, Leonel Contreras Carrasco y Gaspar Cortes Moya, todos abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros,í representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por suó ó gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en Barros Arana 448 2 Piso, comuna de° Concepci nó , correos electr nicos: ó debarraza@recoline.cl, lcontreras@recoline.cl y gcortes@socofin.cl, e interponen demanda ejecutiva en contra de DIEGO FRANCISCO DJEZAIR HIDALGO, ignoran profesi n u oficio, con domicilioó en San Pedro 03 El Blanco, comuna de Lota. Fundan su demanda diciendo que su representada, es due a y leg timañ í tenedora del pagar que acompaé ñan, suscrito en calidad de deudor principal por don( a) ñ Diego Francisco Djezair Hidalgo. Indican que dicho Pagar fue suscrito por un capital original deé $8.594.467.-, capital al que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual deé 1,20%, seg n se se ala en el mismo documento.ú ñ Detallan que se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n seó ó pagar an en 72 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 71í cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $186.275.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 06 de Octubre de 2023 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada, yá una ltimaú cuota por el monto y vencimiento que se indica en el mismo t tuloí . El monto de cada una de las cuotas indicadas inclu aí pago de capital e intereses. A aden que eñ n el mismo pagar se estipul que se aceptaé ó ba que el acreedor en forma exclusiva y privativa, pod a destinar en cada oportunidad elí importe total de las cuotas a la amortizaci n
Fundamentos
fundamentos por los cuales le consta la autenticidad de la firma de la persona a quien corresponde esa r brica, lo que en definitivaú constituye el motivo en virtud del cual la ley le concede la fuerza para iniciar un procedimiento ejecutivo. En segundo t rmino, alega como defecto de fondo, que el pagar noé é contiene ninguna disposici n que exima al demandante de rendir cuenta de suó gesti n, debiendo ser enviada una liquidaci n con el objeto que pudiera revisarla,ó ó y eventualmente objetarla en los plazos y condiciones que establece la ley, citando los art culos 2120 y 2149 del C digo Civil, concluyendo que al no haberí ó rendici n de cuenta de los mandatarios, el t tulo ha sido emitido en perjuicio suyoó í y de su representada, sin que tuviera la posibilidad de aceptar o rechazar el monto por el cual fue llenado. A folio 22, la ejecutante evacu el traslado conferido, solicitando eló rechazo de las excepciones opuestas, con costas. Respecto de la primera, afirma que se ha acreditado tanto la personer aí de los abogados patrocinantes, como la representaci n legal para actuar enó representaci n del Banco de Chile.ó Respecto de la segunda, afirma que pagar es de aquellos que deé conformidad al DL 3475 se encuentra exento del pago de dicho impuesto. A folio 23,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, y recibi laó causa a prueba. A folio 29, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1 .- ° Que conforme a lo consignado en la parte expositiva precedente, el banco ejecutante, BANCO DE CHILE S.A., acciona ejecutivamente en contra del ejecutado, DIEGO FRANCISCO DJEZAIR HIDALGO, solicitando el pago de $8.594.467, por concepto de capital, m s intereses y costas, acreencia a suá favor que no fue satisfecha oportunamente y de la que dar a cuenta el pagar queí é se ala como impago, que se tuvo por acompa ado y ordenado custodiar, sin queñ ñ fuere objetado. Código: BZKEXRGZNMP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1913-2024 2 .- ° Que la ejecutada se opuso a la ejecuci n deduciendo las excepcionesó de falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal deí ó que comparezca a su nombre, y de falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente, sea con relaci n al demandado, de los N 2 y 7 del art culo 464ó ° í del C digo de Procedimiento Civil, respectivamente.ó El ejecutante evacuando el traslado conferido a dichas excepciones, solicit su rechazo, con costas.ó En ambos casos, en virtud de los fundamentos ya indicados en la parte expositiva. 3 .- ° Que como cuesti n previa resulta oportuno anotar que el juicioó ejecutivo es un
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C-1913-2024 FOJA: 22 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-1913-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/DJEZAIR Concepci nó , diez de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Que, a folio 1, se presenta Denisse Alejandra Barraza Diaz, Leonel Contreras Carrasco y Gaspar Cortes Moya, todos abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur d
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