Juzgado de Letras de Nueva Imperial

SCHOBITZ/

Rol

V-111-2024

Fecha

6 de diciembre de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 )° Solicitud: Que con fecha 24 de septiembre de 2024, compareció doña MARÍA SOLEDAD SCHOBITZ TRONCOSO, soltera, dibujante técnico, en representación de su hijo menor de edad Said Malek Jaramillo Schobitz, estudiante, ambos domiciliados en calle Arturo Prat N° 405, comuna de Nueva Imperial, solicita cambio de nombre respecto de su hijo Said Malek Jaramillo Schobitz, de actuales 17 años de edad, peticionando se admita a tramitación y, en definitiva, acogerla en todas sus partes, ordenando al Servicio de Registro Civil e Identificación rectificar y practicar las subinscripciones pertinentes en su partida de nacimiento, en virtud de los siguientes argumentos: Afirma que consta en la partida y certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, Circunscripción Temuco, inscripción Nº 1846, del año 2007, cuya copia acompaña, que su hijo fue inscrito con el nombre ya señalado, siendo su fecha de nacimiento el 13 de julio de 2007.- Expone que consta en tal partida y certificado de nacimiento que el padre de su hijo es don Plácido Moacyr Jaramillo Nail, con el que mantenía relación de pareja y convivían junto a su hijo, pero que por desavenencias inconciliables, sólo meses después del nacimiento de hijo común, en el mismo año, el padre de Said abandonó el hogar que compartían en común, produciéndose como consecuencia de aquello que la comunicación de Said con su padre fuera irregular, pues lo visitaba y mantenía comunicación con escasa frecuencia, quebrándose la relación de éstos con posterioridad por dicha razón, alejándose cada vez más el uno del otro, lo que fue debilitando los lazos entre ambos, quebrándose la relación en definitiva, pues a medida que fue creciendo fue cuestionándose dicha circunstancia de separación con su padre biológico, hecho que lo ha afectado en el ámbito psicológico a su hijo, pues cuestiona llevar como primer apellido el de quien no le dio afecto ni se preocupó por él, sintiéndose siempre identificado y utilizando en su ámbito social, el apellido de su madre, quien lo crío y le entregó todo el afecto y preocupación que no recibió de su padre, utilizando siempre en su círculo social, como primer apellido, el materno, es decir Schobitz. Indica que el actual nombre patronímico le causa a su hijo menoscabo, por las razones antedichas, porque siempre ha querido ser conocido en sociedad, y así lo ha hecho, por más de cinco años, con el nombre de SAID MALEK SCHOBITZ JARAMILLO, por lo que en la vida legal y jurídica quiere ser conocido por dicho nombre, siendo necesario cambiar su apellido patronímico actual. En lo que respecta al derecho, explica que el articulo 1 letras a) y b) de la Ley Nº 17.344, autoriza el cambio de nombre en la siguiente situación: “a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente; b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de lo

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en las normas legales citadas, y en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que se acoge la solicitud de cambio de nombre deducida por doña MARÍA SOLEDAD SCHOBITZ TRONCOSO, ya individualizada, en representación del adolescente SAID MALEK JARAMILLO SCHOBITZ, RUN Nº 22.448.523-9, nacido con fecha 13 de julio de 2007, ordenándose al Servicio de Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de Temuco rectificar la inscripción de nacimiento N° 1846, del año 2017, quedando su nombre en definitiva como SAID MALEK SCHOBITZ JARAMILLO, RUN Nº 22.448.523-9.- Conforme al artículo 4 de la Ley Nº 20.886, extráigase copia de esta sentencia, con certificación de encontrarse firme, del sistema electrónico de tramitación SITCI, a fin de que se dé cumplimiento a lo ordenado precedentemente. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº V-111-2024.- Dictada por don Luis Emilio Soto Méndez, Juez Titular del Tribunal de Letras y Familia de Nueva Imperial. En Nueva Imperial, a seis de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: RMPQXRXGYUN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-06T15:58:18-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 14 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Nueva Imperial CAUSA ROL : V-111-2024 CARATULADO : SCHOBITZ/ Nueva Imperial, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1 )° Solicitud: Que con fecha 24 de septiembre de 2024, compareció doña MARÍA SOLEDAD SCHOBITZ TRONCOSO, soltera, dibujante técnico, en representación de su hijo menor de edad Said

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica