Juzgado de Letras de Pitrufquen

CUEVAS/

Rol

V-41-2024

Fecha

10 de diciembre de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparecen don FELIPE ALBERTO CUEVAS TRONCOSO, cirujano dentista, don PEDRO EDUARDO CUEVAS TRONCOSO, médico cirujano, y don PABLO ANDRES CUEVAS TRONCOSO, cirujano dentista, todos domiciliados en Lote 1, lugar Millahuin de la comuna de Pitrufquén, interponiendo solicitud de declaración de accesión de inmueble a un inmueble de su propiedad, por los argumentos que exponen. A folio 10, se agregan las publicaciones efectuadas en el Diario Austral de Temuco los días 01 y 03 de julio de 2024; debidamente certificadas a folio 12. A folio 13, consta rendición de información sumaria de los siguientes testigos, quienes legalmente juramentados declararon en autos: JUAN ALFONSO SALGADO CATRILAF, RUN N°15.248.553-0 y JOSÉ RODRIGO VEGA RIVAS, RUN N° 11.801.958-K. A folio 20, se agregó oficio de la Dirección de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de Pitrufquén. A folio 24, se agregó oficio de la Dirección General de Aguas Región de La Araucanía. A folio 26, se agregó oficio de la Dirección de Obras Hidráulicas Región de La Araucanía. A folio 30, se agregó Informe Técnico de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales La Araucanía. Al folio 33, se trajeron los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparecen los peticionarios solicitando la declaración de la accesión de inmueble como modo de adquirir el dominio ocurrida en un inmueble de su propiedad, solicitando además que se ordene al Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén la inscripción de la sentencia declarativa de la accesión señalada en el Registro de Propiedad de dicho Conservador, con las anotaciones marginales que procedan para dar cuenta de la accesión y, en definitiva, del dominio adquirido; ello, en virtud de las consideraciones de hecho que a continuación se reproducen: “I. ANTECEDENTES DE HECHO. 1. Que, somos dueños del inmueble denominado RESTO DEL LOTE UNO, de 54,20 hectáreas (actualmente 52,70 hectáreas) de la subdivisión de un predio de ochenta y una coma treinta hectáreas, situado en el lugar Millahuín, comuna de Pitrufquén, formado por varios retazos, Lote Uno, que deslinda: NORTE: Río Toltén; ESTE: Lote dos separado por cerco; SUR: Camino público Faja segunda de Villarrica a Pitrufquén; OESTE: Arturo Fernández, René Salazar Gajardo, en línea quebrada de cuatro parcialidades, separado por cerco y Tomás Lemunao Reyes, todos separados por cerco.- Este lote está formado por cuatro lotes que deslindan Lote “a”, de veintinueve coma treinta y tres hectáreas: NORTE, río Toltén; ESTE, lote dos, separado por cerco; SUR, sesgo de barranco que lo separa del lote “b” de la misma propiedad; OESTE, René Salazar Gajardo en línea quebrada de dos parcialidades y Tomás Lemunao Reyes, separados por cerco.- Lote “b”, de siete hectáreas: NORTE, sesgo de barranco que lo separa del lote “a” de la misma propiedad; ESTE, lote dos en Código: CVYXXRCGFUP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl línea quebrada de tres parcialidades, separado por cerco; SUR, camino público de Villarrica a Pitrufquén que lo separa del lote “c” de la misma propiedad y de Arturo Fernández; OESTE, René Salazar Gajardo en línea quebrada de tres parcialidades, separado por cerco.- Lote “c”, de cuatro coma veintisiete hectáreas: NORTE, camino público de Pitrufquén a Villarrica que lo separa del lote “b” de la misma propiedad; ESTE, lote dos, separado por cerco; SUR, estero Millahuín, que lo separa del lote “d” de la misma propiedad; OESTE, Arturo Fernández, separado por cerco.- Lote “d”, de trece coma sesenta hectáreas: NORTE, estero Millahuín que lo separa del lote “c” de la misma propiedad; ESTE, lote dos, separado por cerco; SUR, camino público Faja Segunda de Villarrica a Pitrufquén; OESTE, Arturo Fernández, separado por cerco. El inmueble se encuentra inscrito a fojas 688 vuelta N° 498 del Registro de Propiedad del año 2014 y fojas 824 vuelta N° 1017 del Registro de Propiedad del año 2016, ambas del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén. Se debe tener presente que la superficie actual del inmueble es de 52,70 hectáreas ya que mediante un proceso de subdivisión realizado el año 2021 los 3 propietarios, es decir, don FE

Fallo

SE RESUELVE: Que SE RECHAZA, la solicitud de accesión de inmuebles por aluvión, presentada con fecha 29 de mayo de 2024, por don FELIPE ALBERTO CUEVAS TRONCOSO, don PEDRO EDUARDO CUEVAS TRONCOSO y don PABLO ANDRES CUEVAS TRONCOSO, todos ya individualizados en autos. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. ROL V-41-2024. Dictó doña KATERINE LAVANDEROS CURAQUEO, Jueza Suplente del Juzgado de Letras y Familia de Pitrufquén. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Pitrufquen, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. Código: CVYXXRCGFUP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-10T18:38:41-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Pitrufquen CAUSA ROL : V-41-2024 CARATULADO : CUEVAS/ Pitrufquén, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1, comparecen don FELIPE ALBERTO CUEVAS TRONCOSO, cirujano dentista, don PEDRO EDUARDO CUEVAS TRONCOSO, médico cirujano, y don PABLO ANDRES CUEVAS TRONCOSO, cirujano dentista, todos domiciliados en Lote 1, lugar

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