RODRÍGUEZ/
Rol
V-171-2024
Fecha
6 de diciembre de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Compareció don Rosamel Omar Rodríguez Barrios, jubilado, cédula nacional de identidad N°5.659.043-9, con domicilio en Santa Isabel N°951, departamento N°508, comuna de Santiago, quien solicitó sea rectificada su partida de nacimiento, quedando en definitiva inscrito como “Omar Rodríguez Barrios”. Expuso que, con fecha 02 de abril de 1951, fue registrado en el Registro Civil e Identificación, con el nombre de “Rosamel Omar Rodríguez Barrios”, bajo la cédula de identidad ya mencionada en la individualización del presente fallo. Asimismo, señalo a esta magistratura que, el motivo que tuvieron sus padres para inscribirlo bajo el nombre en cuestión fue debido a que su padre mantenía el mismo primer nombre, es decir, Rosamel; lo que derivó en que el requirente fuera reconocido por su segundo nombre que es Omar, debido a que, en su hogar, su padre era reconocido por el nombre de Rosamel. Señalo que, tanto en su hogar, colegio, trabajo y en general en todo su entorno social, siempre lo han llamado Omar; agregó que incluso en las planillas de pago, de vacaciones y en el libro de asistencia, siempre fue identificado como Omar Rodríguez Barrios y desde que tiene conocimiento se ha sentido identificado con el nombre de Omar. Finalmente, refirió que su deseo es que esta situación se regularice y se practiquen las rectificaciones en su partida de nacimiento y los demás documentos legales, en el sentido que su nombre quede como “Omar Rodríguez Barrios”. Código: PUXYXREDYRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Previas citas legales, solicitó se sirva ordenar que se rectifique su partida de nacimiento, en el sentido de modificarla y, quedando, por tanto, como “Omar Rodríguez Barrios”. Acompañó, a la solicitud, el correspondiente certificado de nacimiento y fotocopia simple de su cédula de identidad, para fundamentar su pretensión. Consta en el folio 7 y 8, que se rindió información sumaria c
Fundamentos
Considerando: Primero: Lo expuesto en la solicitud de autos, la documentación acompañada y singularizada precedentemente, complementada por la información sumaria de testigos que acredita el uso por más de nueve años del nombre Omar Rodríguez Barrios por parte del peticionario. Segundo: Además, lo informado por la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile y el Ministerio Público, quienes señalan que Rosamel Omar Rodríguez Barrios, no registra antecedentes y/o órdenes de Código: PUXYXREDYRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 arresto o detención pendiente y tampoco se encuentra sujeto a medida cautelar alguna. Tercero: Considerando que no hubo oposición legal a la solicitud, tras la correspondiente publicación en el Diario Oficial. Cuarto: Del análisis de los antecedentes expuestos, esta sentenciadora estima que se cumplen los presupuestos que exige la normativa atingente, por lo que se accederá a lo solicitado.
Fallo
por tanto, como “Omar Rodríguez Barrios”. Acompañó, a la solicitud, el correspondiente certificado de nacimiento y fotocopia simple de su cédula de identidad, para fundamentar su pretensión. Consta en el folio 7 y 8, que se rindió información sumaria con las declaraciones de los testigos don Álvaro Gonzalo Carvajal Rodríguez y doña Viviana Belén Díaz Gómez, quienes, dando razón de sus dichos, están contestes en señalar que Rosamel Omar Rodríguez Barrios, se hace llamar con el nombre de “Omar Rodríguez Barrios” desde hace más de nueve años. El 9 de agosto de 2024, en folio 9, la Sra. Fiscal Jefe de la Fiscalía Local de San Bernardo, emitió Oficio ORD. FJ N°121083-2024 e informó que, de acuerdo con sus registros informáticos, el solicitante no mantiene registros procesales en su sistema. El 12 de agosto de 2024, en folio 10, el Servicio de Registro Civil e identificación emitió informe N°3909 dando cuenta que el solicitante en autos registra una subinscripción de reconocimiento de hijo natural, practicada el 06 de diciembre de 1957, fundada en escritura pública de 21 de diciembre de 1956, suscrita por el padre y extendida ante el respectivo notario público de Coquimbo. Asimismo, informó que el peticionario registra una partida, como padre, en la inscripción de nacimiento N°410, Registro S, del año 1991, de la circunscripción de Coquimbo, perteneciente a Rodolfo Alfredo Rodríguez Madariaga. A su vez, señaló que el solicitante en autos no registra Código: PUXYXREDYRN Este do
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-171-2024 CARATULADO : RODRÍGUEZ/ Santiago, seis de diciembre de dos mil veinticuatro Vistos: Compareció don Rosamel Omar Rodríguez Barrios, jubilado, cédula nacional de identidad N°5.659.043-9, con domicilio en Santa Isabel N°951, departamento N°508, comuna de Santiago, quien solicitó sea rectifica
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