2º Juzgado Civil de Viña del Mar

BASCUÑÁN/MAASS

Rol

C-3781-2024

Fecha

6 de diciembre de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO,RESTITUCIÓN POR EXPIRACIÓN TIEMPO ESTIPULADO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 11 de agosto de 2024, comparecen don CRIST BALÓ BASCU N VIALÑÁ , do a ñ FRANCISCA BASCU N VIALÑÁ , y don PABLO BASCU N VIALÑÁ , todos domiciliados para estos efectos en calle Cornisa N° 500, departamento N° 182, de la comuna de Conc n, Regi n de Valpara so,ó ó í quienes vienen en deducir demanda de restituci n de la propiedad poró expiraci n del tiempo estipulado para la duraci n del arriendo, cobro deó ó rentas impagas, gastos comunes y servicios en contra de do a ñ ANG LICAÉ MAR A ELENA MAASS ERPELÍ , domiciliada en Avenida Borgo o Nº 19.600,ñ departamento Nº 364, comuna de Conc n, Regi n de Valpara so.ó ó í Con fecha 11 de agosto de 2024, 10 de septiembre de 2024 y 11 de septiembre de 2024 el demandante acompa documentos.ñó Con fecha 12 de septiembre de 2024 el demandado contest la demanda.ó Con fecha 12 de septiembre de 2024 y 17 de octubre de 2024, se tuvo por contestada la demanda, se llev a efecto el comparendo de estilo. Se hizo eló llamado a conciliaci n la cual no se produjo y se recibi la causa a prueba.ó ó Se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha 11 de agosto de 2024, comparecen don CRIST BAL BASCU N VIALÓ ÑÁ , do a ñ FRANCISCA BASCU N VIALÑÁ , y don PABLO BASCU N VIALÑÁ , todos domiciliados para estos efectos en calle Cornisa N° 500, departamento N° 182, de la comuna de Conc n, Regi n deó ó Valpara so,í quienes vienen en deducir demanda de restituci n de la propiedadó por expiraci n del tiempo estipulado para la duraci n del arriendo, cobro deó ó rentas impagas, gastos comunes y servicios en contra de do a ñ ANG LICAÉ MAR A ELENA MAASS ERPELÍ , domiciliada en Avenida Borgo o Nº 19.600,ñ departamento Nº 364, comuna de Conc n, Regi n de Valpara so.ó ó í Sostiene que, por escritura p blica de 11 de febrero de 2019, otorgada anteú el Notario P blico de Vi a del Mar don Francisco Javier Fuenzalida Rodr guez,ú ñ í bajo el repertorio Nº 750, entre otras materias, se celebr un contrato deó arrendamiento, a trav s del cual el propietario de la poca, don Pablo Franciscoé é Bascu n Noguera dio en arrendamiento el inmueble ubicado en Avenida Borgo oñá ñ Nº 19.600, departamento Nº 364, del sexto piso; la bodega Nº 41, del primer Código: JLUDXRYVNRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3781-2024 26 piso; y, de los estacionamientos Nºs 99 y 100, ambos del primer piso, todos del Cuerpo Trescientos del Edificio Condominio “Costa Brava Ciento Ochenta”, Segunda Etapa, acceso com n por Avenida Borgo o Nº 19.600, comuna deú ñ Conc n, Regi n de Valpara so, a la arrendataria do a Ang lica Mar a Elena Maassó ó í ñ é í Erpel. Se ala que los inmuebles arrendados, seg n sus t tulos de dominio, est nñ ú í á ubicados, el primero, en el plano que se encuentra archivado en el Conservador de Bienes Ra ces de Canc n bajo el n mero treinta, en el Registro de Documentos deí ó ú Propiedad Secci n Especial del a o dos mil nueve y, los tres ltimos, en el planoó ñ ú que se encuentra archivado en el Conservador de Bienes Ra ces de Canc n, bajo elí ó n mero veinticinco, en el Registro de Documentos de Propiedad Secci n Especial,ú ó del a o dos mil nueve. ñ A ade que el citado condominio se construy en el Lote Uno A, resultanteñ ó de la subdivisi n del Lote A, ubicado en Avenida Borgo o y Avenida Comisa,ó ñ Loteo Costa de Montemar, comuna de Canc n, que de conformidad al plano queó se encuentra agregado con el n mero dos mil cuatrocientos, en el Registro deú Documentos de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Conc n del a o dosí ó ñ mil cinco, encierra una superficie de siete mil noventa y seis coma dieciocho metros cuadrados y deslinda: AL NORTE, en treinta coma setenta metros con roles tres mil trescientos setenta y uno guion cero trece, y setecientos cinco guion dos; SUR, en cuarenta metros con rol tres mil trescientos setenta y uno guion doce; ORIENTE, en ciento cincuenta y cuatro coma cero siete metros con Lote Uno B y en veintisiete coma cincuenta y siete metros con Lote Uno C de la misma subdivisi n; y, al PON

Fallo

fallo de conformidad al art culo 173 del C digoó í ó de Procedimiento Civil; 4) Se condene a la demandada al ejemplar pago de las costas que genere esta causa. Segundo: Que, con fecha 11 de agosto de 2024, 10 de septiembre de 2024 y 11 de septiembre de 2024 el demandante acompa documentos, consistentes en:ñó 1) Copia simple de la escritura p blica que contiene el contrato de arriendo; ú 2) Copias de las inscripciones de dominio vigente respecto de los inmuebles arrendados, a nombre de los demandantes; 3) Copias de los certificados de hipotecas y grav menes, en que consta la inscripci n de la escritura p blica queá ó ú contiene el contrato de arrendamiento; 4) Copia de carta certificada notarial enviada a la demandada el 3 de octubre de 2023; 5) Detalle de Facturaci n yó Cargos de empresa el ctrica Chilquinta por $152.823; é 6) Detalle de deuda de la empresa ESVAL, por concepto de agua potable, por la suma $1.018.670; 7) Certificado de la Administraci n del Edificio que da cuenta de los montosó adeudados por concepto de gastos comunes; 8) Copia de correos electr nicosó recibidos y enviados durante el mes de abril de 2024, entre esta parte; 9) Estado de cuenta de suministro de Gas Natural, de la empresa Gas Valpo que da cuenta de una cuenta impaga por la suma de $59.500; 10) Estado de cuenta por consumos impagos de agua potable de la empresa ESVAL, por la suma de $1.028.820; 11) Ebook de causa Rol C-4450-2019 del Tercer Juzgado Civil de Vi a del Mar; ñ 12) Copia de Vale Vistas

Texto Completo (Preview)

C-3781-2024 FOJA: 39 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-3781-2024 CARATULADO : BASCU N/MAASSÑÁ Vi a del Marñ , seis de diciembre de dos mil veinticuatro VISTO: Con fecha 11 de agosto de 2024, comparecen don CRIST BALÓ BASCU N VIALÑÁ , do a ñ FRANCISCA BASCU N VIALÑÁ , y don PABLO BASCU N VIALÑÁ , todos domiciliados para estos efectos en

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