2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

QUILAQUEO/PROCOLLECT CONTACT CENTER S.A.

Rol

M-3037-2024

Fecha

28 de noviembre de 2024

Materia

Despido indirecto, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA DEMANDADA X SENTENCIA X El Tribunal deja constancia que respecto de la demandada, no comparece el abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, ni la parte demandada por lo que se realiza la audiencia en rebeldía de dicha parte. Resuelve escritos: Al escrito revoca y patrocinio y poder presentado por el apoderado de la parte demandada: Téngase presente. Al escrito delega poder presentado por el apoderado de la parte demandada: A lo principal: se tiene presente solo para los efectos de presentar escritos. Al primer otrosí: téngase presente, por acompañado el documento. Al segundo otrosí: no ha lugar por improcedente. Al escrito presentado por el apoderado de la parte demandante: Por acompañada, debidamente digitalizada, téngase presente la minuta. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por evacuado el trámite en rebeldía. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, éste se tiene por frustrado debido a la incomparecencia de la demandada. Fija hechos controvertidos: 1. Efectividad que entre ALBERTINA DEL CARMEN QUILAQUEO CASTILLO y la empresa PROCOLLECT CONTACT CENTER S.A. existió una relación laboral en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, esto es, bajo subordinación y dependencia. En la afirmativa, fecha de inicio de la relación laboral, labores asignadas a la trabajadora, lugar donde prestaba sus servicios, jornadas de trabajo que estaba obligada a cumplir y la remuneración pactada y efectivamente percibida y los ítems que la componían. 2. Hechos y circunstancias que rodearon el término de la relación laboral, efectividad que la actora se autodespide, causales invocadas para poner término al contrato de trabajo, cu

Fundamentos

CONSIDERANDO: Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 63, 71, 160 N°1 letra f), 160 N°5, 160 N°7, 162, 163, 168, 171, 172, 173 y 425 y siguientes, todos del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por ALBERTINA DEL CARMEN QUILAQUEO CASTILLO, cédula de identidad N° 14.078.181-9 en contra del ex empleador PROCOLLECT CONTACT CENTER S.A.,RUT N°76.178.558-3, legalmente representada por don Rodrigo Ignacio Parra Ravano, cédula de identidad N°9.019.788-6, en cuanto se declara que entre las partes existió una relación laboral que se prolongó desde el 13 de junio del año 2018 y hasta el 3 de abril del año 2024 y que el Tribunal declara justificado el autodespido que fue comunicado por la trabajadora en esta última fecha, esto es, el 3 de abril del año 2024 y, en consecuencia, se declara asimismo, que la relación laboral terminó por la causal prevista en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio y que la demandada deberá pagar a la trabajadora las siguientes indemnizaciones y prestaciones laborales: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $600.000.- 2. Indemnización por 6 años de servicios por la suma de $3.600.000.- 3. Recargo legal del 50% por la suma de $1.800.000.- 4. 3 días trabajados en el mes de abril del año 2023 por remuneración, ascendiente a la suma de $60.000.- 5. Feriado legal de año 2021-2022 y 2022-2023 de 42 días por la suma de $840.000.- y 6. Feriado proporcional de 16,12 días por la suma de $322.400.- II. Que las sumas ordenadas pagar deberán ser reajustadas y aplicarán los intereses previstos en los artículos 63 y

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 17 RUC 24-4-0588220-1 RIT M-3037-2024 MAGISTRADA MARITZA REGINA VÁSQUEZ DÍAZ ADMINISTRATIVA DE ACTAS FRANCIA MORALES CONTRERAS HORA DE INICIO 10:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:15 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 24405

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