2º Juzgado Civil de Valdivia

AGUILAR/

Rol

V-58-2024

Fecha

6 de diciembre de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En el folio 1, MARTINA JAVIERA AGUILAR PALMA, estudiante de Nutrición y Dietética, domiciliada en calle Limarí Número 114, de la comuna de Valdivia, solicitó cambio de su apellido, de forma tal que quede identificada Martina Javiera Burgos Palma, con fundamento en que, consta en el certificado de nacimiento que su nombre es Martina Javiera Aguilar Palma, sus padres son Javier Valentín Aguilar Gallardo y Sandra Paola Palma Rosas. Respecto a su solicitud de cambio de apellido la centra básicamente en que su padre, es un padre ausente, se distanció de ella desde la separación de hecho entre sus padres, y no volvió a recuperarse la relación con él, ni emocional ni económicamente, a pesar de que en su momento si mantuvo contacto, esto fue intermitente y posteriormente se dejó de acercar. Agregó que, posteriormente su padrastro cuando ella tenía 6 años asumió todos los aspectos de su vida, la crio, la cuido, y suplió cada una de sus necesidades junto con su madre, cumplió el rol de padre. Por esta razón que quiere cambiar su apellido paterno por el de su padrastro, ya que el tener el apellido Aguilar no le identifica y significa para ella un menoscabo el tenerlo ya que le recuerda el abandono de su padre. En el folio 6, se acompañó copia de la publicación en el Diario Oficial de la solicitud de autos de 16 de septiembre de 2024, no habiéndose presentado oposición a la solicitud. En el folio 16, se evacuó el informe del Registro Civil, conforme lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 17.344, en el que expresa que consta en su registro la inscripción de nacimiento N° 221, del año 2003, de la circunscripción de Coyhaique, siendo titular de ella Martina Javiera Aguilar Palma, nacida el 8 de abril de 2003, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Javier Valentín Aguilar Gallardo, y en el correspondiente a la madre a doña Sandra Paola Palma Rosas. Agrega que, en la referida inscripción de nacimiento, a la fecha de la revisión de la misma en la base de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en relación a la solicitud de cambio de apellido, constan en autos los siguientes antecedentes: 1. Certificado de nacimiento de Martina Javiera Aguilar Palma de folio 1, que señala que su padre es Javier Valentín Aguilar Gallardo y su madre es Sandra Paola Palma Rosas, y que nació el 8 de abril de 2003, por lo que, a la fecha de esta sentencia, tiene 21 años. 2. Informes de Ministerio Público, Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile, de los folios 14, 17 y 18 respectivamente, que dan cuenta que Martina Javiera Aguilar Palma no se encuentra actualmente procesada o formalizada, no registra condenas pendientes, no mantiene orden de arresto o detención ni algún tipo de medida cautelar. 3. Información sumaria de folio 8 de los testigos Consuelo Isidora Matamala Barría y Sofia Antonia Vargas Navarro, declarando la primera que conoce a Martina desde el primero básico en el colegio, es por eso que sabe que en los libros del colegio sale con el apellido Aguilar. Pero ella siempre ha dicho que su apellido es Burgos y todas las amigas y compañeras la conocen con el apellido Burgos. Lamentablemente el colegio tenía que colocarle el nombre del certificado de nacimiento y que la inscribieron con el apellido del padre biológico el cual vivió físicamente con la familia hasta que ella tenía tres meses y de ahí se fue a otra cuidad y nunca más lo volvieron a ver. Cuando Martina tenía 3 años, su madre empezó a vivir en pareja con un amigo que conocía desde hace años. Y esta persona fue la que realmente crio y ayudo junto a su madre a Martina hasta el día de hoy pues bien Martina ahora tiene 21 años y le pidió a la pareja de su padre a la que ella le dice papá que sea realmente su padre con su apellido, cosa que el acepto de inmediato. Es por eso que ella está solicitando este cambio de nombre con la aceptación de su padre y pasar a llamarse Martina Javiera Burgos Código: CEXEXRLJEPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Palma. Todo esto le consta por conocer y ser amiga de Martina desde niñas y asistir reiteradas veces a su casa donde conoce a su familia, además que es un tema que todo su círculo de amistades sabe el ella quería hacer esto; y la segunda que por ser compañera de curso desde segundo básico es que conoce a Martina, además de haber ido a su casa muchas veces es por lo que sabe que en su casa vive con su madre, con su padre y su hermana menor, se refiere a su padre porque ella le llama papá, ya que es la pareja de su madre desde que Martina tenía dos meses por lo que Martina siempre lo ha visto a él como un padre ya que la ha criado y asistido siempre junto a su madre es por eso que ella le pidió a el que quería cambiarse el apellido Burgos que es el apellido de el a lo que el padre aceptó. Y es por eso que ella está haciendo estos trámites a fin de cambiarse el apellido. Y poder inscribir en el Registro Civil como Martina Javiera Burgos Palma que es

Fallo

se resuelve: Que se acoge la solicitud del folio 1. En consecuencia, se ordena al Oficial de Registro Civil de la circunscripción que corresponda, cambiar el apellido paterno de Martina Javiera Aguilar Palma, RUN 21.273.395-4, de modo que se le identifique como Martina Javiera Burgos Palma, para lo cual deberá rectificar la partida de nacimiento N.º 221, del año 2003, de la circunscripción de Coyhaique, con la sola presentación de la presente sentencia. Regístrese y notifíquese por correo electrónico al abogado de la solicitante. . Dictada por Marcela Alejandra Robles Sanguinetti, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valdivia, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. Código: CEXEXRLJEPN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-06T11:35:43-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : V-58-2024 CARATULADO : AGUILAR/ Valdivia, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: En el folio 1, MARTINA JAVIERA AGUILAR PALMA, estudiante de Nutrición y Dietética, domiciliada en calle Limarí Número 114, de la comuna de Valdivia, solicitó cambio de su apellido, de forma tal que quede identificada Martin

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