MIRANDA/CASTRO
Rol
C-1269-2024
Fecha
6 de diciembre de 2024
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 19 de marzo de 2024, comparece doña Cristina Gallegos Orellana, abogado, con domicilio en calle General Manuel Baquedano n°238 oficina 218, Antofagasta, en representación de doña Janet Del Carmen Miranda Miranda, empresaria, con domicilio en Avda. Jaime Guzmán 04794, departamento 1403, Antofagasta; e interpone acción reivindicatoria en juicio ordinario, en contra de don Mario Eduardo Castro Rodríguez, comerciante, domiciliado en Bellavista n° 3954 Departamento 91, Antofagasta, y solicita se acoja íntegramente, con costas. Expone que su representada es dueña de los inmuebles que corresponden al Departamento n°91, bodega n°17 y estacionamiento n°25 del Edificio Don Emilio ubicado en la ciudad de Antofagasta con ingreso por calle Bellavista n° 3954 descritos en el plano archivado al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta correspondiente al año 2004 bajo el n° 595. Señalando que adquirió dicho inmueble por tradición en virtud de compraventa que hizo a la Sociedad Constructora e Inmobiliaria C.R.C. Limitada otorgada por escritura pública de fecha 14 de Mayo de 2009 ante el Notario Público de Antofagasta, don Julio Abasolo Código: XMKKXRXLKTN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1269-2024 Aravena y que su dominio se encuentra inscrito a fojas 2848 vuelta, bajo el N° 3143 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta correspondiente al año 2009. Alega que el demandado, Mario Castro Rodríguez, se encuentra en actual posesión material de la propiedad individualizada en los numerales precedentes y por ende su representada se encuentra privada de la posesión de dicho bien raíz. Hace presente que hasta el mes de diciembre del año 2021, su representada mantuvo una relación sentimental con el demandado y que desde la fecha de la ruptura se ha negado a restituir el inmueble, ya indicado, ocupándolo como residencia y señalan
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Janet Del Carmen Miranda Miranda, interpuso acción reivindicatoria en contra de don Mario Eduardo Castro Rodríguez, a fin de que se declare dominio exclusivo de la demandante y que el demandado debe restituir los inmuebles ubicados en esta ciudad, que corresponden a Departamento n°91, bodega n°17 y estacionamiento n°25 del Edificio Don Emilio ubicado en la ciudad de Antofagasta con ingreso por calle Bellavista n° 3954, con condenación en Código: XMKKXRXLKTN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1269-2024 costas, conforme a los argumentos indicados en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que la demanda se tuvo por contestada en rebeldía del demandado. Sin embargo, en el escrito de dúplica alegó que el fundamento de la acción intentada es cuasicontrato de comunidad de hecho por el concubinato de la demandante con el demandado desde el año 2004 al 2021, habiendo aportado este último el dinero de la compra de los inmuebles, reconoce tener la posesión material del mismo y a su vez reconoce que la posesión inscrita del inmueble la detenta la demandante. TERCERO: Que la demandante para acreditar sus asertos rindió las siguientes pruebas: I.- Documental: Acompañando en folio 1, 36 y 48: 1.- Copia de inscripción de dominio; certificado de dominio vigente y certificado de hipotecas y gravámenes de los inmuebles. 2.- Mandato Judicial de fecha 26 de mayo de 2022 otorgado en la Notaría de Antofagasta servida por don Gonzalo Hurtado Peralta, 3.- Mandato Judicial otorgado con fecha 3 de Octubre de 2023 4.- Mandato Judicial otorgado con fecha 23 de Abril de 2024 5.- Notificación 4 Agosto de 2022 en Causa C- 2317-2022 del Juzgado Familia de Antofagasta 6.- Certificación y notificación de fechas 10 y 13 de Marzo de 2023 en Causa Rol C-3437-2022 del Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta 7.- Certificaciones de fechas 27 de marzo y 9 de abril de 2024 en la presente causa.- 8.- Acta de fecha 31 de mayo de 2024 en causa C-2317 Juzgado Familia de Antofagasta y 9.- Escritura pública de compraventa del inmueble objeto de la litis. Código: XMKKXRXLKTN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1269-2024 II.- Confesional: Teniéndose por confeso al demandado (folio 66) de todos los hechos afirmados y contenidos en pliego de posiciones abierto a folio 69. CUARTO: Que por su parte el demandado rindió la siguiente prueba: I.-Oficios: a folio 37 solicitó oficio a la Superintendencia de pensiones, en que no fue contestado por dicha institución, y a su vez al Servicio de Impuesto Internos, el que fue contestado a folio 42, indicando que no se encontraba autorizado para remitir la información que se requería, respecto a las declaraciones de renta de la demandante desde el 2004 al 2010, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35° del Código Tributario. II-Exhibición de documentos: requiriendo a folio 37, tres
Fallo
Por tanto, en mérito de lo expuesto, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en los artículos 889 y siguientes del Código Civil y arts. 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; solicita tener por deducida demanda reivindicatoria en juicio ordinario en contra de don Mario Eduardo Castro Rodríguez, ya individualizado, acogerla a tramitación y en definitiva declarar: a) Que los inmuebles, ya Código: XMKKXRXLKTN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1269-2024 individualizados, son de dominio exclusivo de su representada. b) Ordenar la restitución dichos inmuebles dentro de tercero día que quede ejecutoriada la sentencia. c) Respecto de las prestaciones mutuas se reserva su derecho a determinarlas en la etapa de cumplimiento de fallo conforme los artículos 904 y siguientes del Código Civil. y d) Que el demandado debe pagar las costas de la causa. Con fecha 03 de mayo de 2024, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía del demandado. Con fecha 05 de mayo de 2024, la apoderada del demandante comparece evacuando la réplica, ratifica en todos sus términos los antecedentes de hecho y derecho. Con fecha 14 de mayo de 2024, comparece el apoderado del demandado, evacuando la dúplica, señalando que la demandante junto al Sr. Mario Castro mantuvieron una relación sentimental que inició el año 2004, hasta diciembre de 2021, de la que nació en el año 2012 Amanda Castro Miranda, de actuales 12 años, y post
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C-1269-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-1269-2024 CARATULADO : MIRANDA/CASTRO Antofagasta, seis de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 19 de marzo de 2024, comparece doña Cristina Gallegos Orellana, abogado, con domicilio en calle General Manuel Baquedano n°238 oficina 218, Antofagasta, en representación de doña
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