27º Juzgado Civil de Santiago

ANTONUCCI/ZAPURA

Rol

C-11147-2019

Fecha

5 de diciembre de 2024

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 26 de marzo de 2019, comparece Carlos Recabarren Gajardo, abogado, en representaci n de ó Mar a Paz Antonucci Gonz lezí á , tecn loga m dica,ó é ambos domiciliados en Avenida Irarr zaval N 3435, departamento 42 A, comuna deá ° u oa, Santiago, quien deduce Ñ ñ demanda en juicio sumario de precario, en contra de Yanina Paola Zapura Ram rezí , empleada, domiciliada en calle Pasaje Dayton N 312,° comuna de Lo Prado, Santiago. Con fecha 5 de agosto de 2019, se notific a la demandada de conformidad conó lo dispuesto en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, de la acci n deducidaí ó ó en su contra. Con fecha 12 de agosto de 2019, se llev a cabo el comparendo de estilo, en eló que se tuvo por contestada la demanda, y llamadas las partes a conciliaci n, sta no seó é produjo. Con fecha 13 de agosto de 2019, se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 16 de marzo de 2023, rectificada el 23 de mayo de 2023, se acogió incidente de desistimiento de la demanda respecto del codemandado Yamil Antonio Zapura Ram rez.í Con fecha 26 de julio de 2024, se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la actora funda su demanda en que es due a de la propiedadñ ubicada en Pasaje Dayton N 312, que corresponde al lote o sitio n mero quince,° ú manzana cincuenta y nueve del plano respectivo, comuna de Lo Prado, Regi nó Metropolitana, que se encuentra inscrito a fojas 97.639, n mero 138.279 del Registro deú Propiedad del a o 2018 del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, Rol de Aval oñ í ú N 3360-10, la cual es ocupada por la demandada, por su mera tolerancia, y sin que° haya habido previo contrato de ninguna especie. Por esas consideraciones, y previa invocaci n de disposiciones legales, solicita queó se condene a la demandada a la devoluci n del inmueble, dentro de tercero d a deó í ejecutoriada la sentencia, o el plazo que el tribunal determine, bajo apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuera p blica, a la demandada y a todos los dem sú á ocupantes de la propiedad, con costas. SEGUNDO: Que, contestando la demanda, la demandada solicita el rechazo de esta, con costas. Expone que los requisitos de la acci n de precario son 3, y el terceró requisito para el caso de autos es que la tenencia de la cosa se deba a la ignorancia o mera tolerancia del due o. Explica que la demandante, en calidad de pareja de suñ sobrino, sab a que ella ocupaba la propiedad en calidad distinta, y por otro lado, laí ocupaci n del inmueble por ella es anterior a la compraventa e inscripci n invocados enó ó la demanda. Agrega que los tribunales superiores de justicia han se alado que en la tenenciañ de una cosa ajena, debe existir una condici n esencial, que es el hecho de que laó ocupaci n no se haya anticipado, adelantado o antecedido u que se pruebe con cualquieró otro t tulo anterior. í Reitera que la demandante de autos y su pareja sab an de la existencia de laí ocupaci n.ó TERCERO: Que, para acreditar sus asertos, la demandante rindi pruebaó documental, consistente en: 1.- Copia con vigencia al 12 de septiembre de 2023, del inmueble ubicado en calle Avenida Pasaje Dayton n mero trescientos doce, que corresponde al lote o sitio n meroú ú quince manzana cincuenta y nueve del plano respectivo, Comuna de Lo Prado, Regi nó Código: SGSRXRVNXGN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Metropolitana, inscrito a fojas 97.639, n mero 138.279 del Registro de Propiedad delú a o 2018, del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.ñ í 2.- Certificado de hipotecas, grav menes, interdicciones y prohibiciones de enajenar, delá inmueble antes referido, emitido por el Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.í 3.- Certificado de aval o fiscal al segundo semestre del 2017, emitido por el Servicio deú Impuestos Internos, Rol de Aval o 03363-00010, respecto del inmueble de Pasajeú Dayton 410, Pte, Kennedy. 4.- Copia de inscripci n especial de herencia, de 20 de septiembre de 2023, deló inmueble ubicado en calle Avenida Pasaje Dayton n mero trescientos doce, queú corresponde al lote o

Fallo

Por estas consideraciones, y visto adem s, lo dispuesto por los art culos 144, 160,á í 170, 384, 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil; art culos 1698 y 2195 deló í C digo Civil, se resuelve que:ó I. Se acoge la demanda deducida con fecha 26 de marzo de 2019, y, en consecuencia, se le ordena a la demandada restituir el inmueble de propiedad de la demandante, ubicado en calle Pasaje Dayton N 312, Comuna de Lo Prado, Regi n° ó Metropolitana, inscrito a fojas 97.639, n mero 138.279 del Registro de Propiedad delú a o 2018, del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago,ñ í libre de moradores o de cualquier otro ocupante, dentro del plazo de diez d as h biles contados desde que laí á presente sentencia cause ejecutoria, bajo apercibimiento de proceder bajo el auxilio de la fuerza p blica.ú II. Se condena en costas a la demandada. Reg strese, comun quese y arch vese en su oportunidad. í í í Rol: C-11.147-2019. Dictada por Julio Ernesto Ram rez Zolezzií . Juez Suplente del Vig simo S ptimoé é Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro Código: SGSRXRVNXGN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-05T15:57:11-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11147-2019 CARATULADO : ANTONUCCI/ZAPURA Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 26 de marzo de 2019, comparece Carlos Recabarren Gajardo, abogado, en representaci n de ó Mar a Paz Antonucci Gonz lezí á , tecn loga m dica,ó é ambos domiciliados en Avenida Irarr zaval N 3435, departa

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