FISCO DE CHILE-CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/
Rol
V-359-2021
Fecha
5 de diciembre de 2024
Materia
EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 15 de diciembre de 2021 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, persona jurídica de derecho público, ambos domiciliados en Arturo Prat 847, of. 202., comuna de Temuco, quien viene en señalar que por Decreto Supremo Exento del Ministerio de Obras Públicas Nº 1333, de 25 de noviembre de 2021, publicado en el Diario Oficial y en el Diario Austral de Temuco el día 15 de diciembre de 2021, el Fisco decretó la expropiación para sí del lote de terreno Nº 162, Km. 52.261,80 al Km. 52.726.70, con una superficie de 6.188 metros cuadrados, necesario para la ejecución de la obra MEJORAMIENTO RUTA NAHUELBUTA. SECTOR B. SUBSECTOR 5: VARIANTE RENAICO- HUEQUÉN, que se encuentra ubicado en la Comuna de Angol y que se individualiza en los planos y cuadro de expropiaciones, elaborados por la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, que se aprueban en lo que respecta a dicho lote mediante el presente Decreto, teniendo el inmueble el rol de avalúo 1453-141 de la comuna de Angol, siendo de acuerdo a éste su aparente propietario PENAILILLO SAAVEDRA NOLBERTO TOMAS. Agrega además que la Comisión de Peritos encargada de tasar el lote de terreno expropiado que, según consta del informe respectivo de fecha 03 de marzo de 2021 que se acompaña, fijó el monto provisional de la indemnización en la suma de $35.977.000. pero que dado que no se ha producido acuerdo entre el Fisco y el expropiado respecto del monto de la indemnización, según lo establecido en el art. 17 inciso 1º del Decreto Ley 2186 antes citado, vengo en consignar a la orden del Tribunal, mediante depósito en su cuenta corriente, según consta del certificado de depósito que acompañaré, la suma de $37.919.758.-, que corresponde al valor fijado por la Comisión de Peritos para el lote, más: a.- El reajuste contemplado en el art. 5 del Decreto Ley 2.186, esto es, la variación que experimentó el Índice de Precios a
Fundamentos
considerandos previos y en mérito de la copia autorizada de inscripción de dominio, certificado de avalúo fiscal del inmueble expropiado, certificado de deuda fiscal, certificación del hecho de no haber comparecido terceros haciendo valer sus derechos, publicaciones legales y oficios remitidos en la causa, se acogerá la petición formulada por la solicitante con fecha 16 de octubre de 2024, como se dirá en lo dispositivo del fallo. Código: XXUXXRLSSCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Y visto además lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Decreto Ley 2186, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones,
Fallo
Por tanto; Ruego a US.: tener por consignada la suma de $37.919.758.-, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble citado, con sus respectivos reajustes, efectuada a nombre del expropiado. Con fecha 18 de enero de 2022, a folio 7 se tuvo por acompañado el comprobante de depósito judicial por la suma de $37.919.758. Código: XXUXXRLSSCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Con fecha 31 de marzo de 2022, a folio 12 la parte expropiada acompañó la copia de inscripción de foja 612 N°488 del Registro de propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Angol, y el certificado de dominio vigente respectivo. Con fecha 15 de marzo de 2023, a folio 24 consta la certificación de que las publicaciones acompañadas a folio 22, corresponden a las publicaciones realizadas en el Diario Oficial el día 01 de febrero de 2022 y en el Diario Austral el día 15 de febrero de 2023. Con fecha 06 de marzo de 2024, a folio 50 de autos, la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1.- Certificado de hipotecas y gravámenes correspondiente a la propiedad inscrita a foja 612 N°488 del Registro de propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Angol; 2.- Certificado de avaluó fiscal rol contribuciones rol 1453-141 emitido por el Servicio de Impuestos Internos; 3. Certificado de deuda de contribuciones rol 1453-141, emitido por la Tesorería General de la Repúbli
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Foja: 1 FOJA: 61 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-359-2021 CARATULADO : FISCO DE CHILE-CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Temuco, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS Con fecha 15 de diciembre de 2021 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile
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