RESK/I MUNICIPALIDAD DE COPIAPO
Rol
C-2688-2024
Fecha
5 de diciembre de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En lo principal de Folio 01 , compareció el abogado don Francisco Javier Fernández Pérez, cédula de identidad N°15.016.168-1, con domicilio en calle Ramírez N°1861, oficina N°307, comuna de Calama, en representación de don FRANCIS ANTOIN RESK CONTRERAS, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad N°8.064.134-6, domiciliado en Avenida Turi N°2066, comuna de Calama, quien interpuso demanda de prescripción extintiva en juicio ordinario respecto de la acción de cobro del permiso de circulación correspondiente al vehículo tractocamión marca FREIGHTLINER, placa patente GLRK-18-4, del año 2015, número de motor 06R1060524, color blanco, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COPIAPÓ, R.U.T. N°69.030.200-4, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su Alcalde, don Marcos López Rivera, ambos domiciliados en calle Chacabuco N° 857, Copiapó. Sustentando su demanda, manifestó que su representado es poseedor del vehículo tracto camión marca FREIGHTLINER, placa patente GLRK-18-4, del año 2015, número de motor 06R1060524, color blanco, que mantuvo problemas mecánicos por lo que se encontraba fuera de circulación, acumulando deuda aparejada al permiso de circulación desde el año 2015 a la fecha; periodo en que el Municipio no ha exigido su cobro, por lo que habría incurrido en inactividad sancionada con la prescripción, por lo que, previas citas legales, solicita sea declarada la extinción por prescripción de la acción de cobro asociada al vehículo en cuestión respecto de los permisos de circulación correspondientes al periodo comprendido entre los años 2015 al 2021, ambos inclusive, por un monto total de $1.422.973.-, incluidos multas, intereses y reajustes. E n Folio 07 , rola atestado receptorial que da cuenta de haberse notificado de manera personal subsidiaria la demanda y su proveído a la parte demandada. En Folio 09 del cuaderno principal, la demandada vino en contestar la demanda intentada en su contra, allanándose totalmente a la prete
Fundamentos
fundamentos de su pretensión, señalando que las acciones para cobrar los permisos de circulación entre el año 2015 hasta el año 2021, ambos inclusive, respecto del vehículo materia de estas marras, se encuentran prescritas, resaltando que la demandada reconoce este hecho en su contestación. En Folio 15 del cuaderno principal , y conforme lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se citó derechamente a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en la presentación de Folio 01, el actor dedujo demanda de prescripción extintiva, en juicio ordinario contra la Ilustre Municipalidad de Copiapó, respecto de la acción de que esta última es titular para los efectos de perseguir el cobro de los dineros asociados al permiso de circulación del vehículo placa patente única GLRK-18-4, correspondiente a los años dos mil quince, dos mil dieciséis, dos mil diecisiete, dos mil dieciocho, dos mil diecinueve, dos mil veinte y dos mil veintiuno, por un monto total ascendente a $1.422.973.-, incluidos multas, intereses y reajustes, en virtud de los antecedentes expuestos en lo expositivo de este
Fallo
fallo y que se dan por enteramente reproducidos. SEGUNDO: Que, para sustentar probatoriamente sus asertos, el actor se valió de las siguientes probanzas documentales no objetadas por su contendora, consistentes en: a) Ficha del vehículo tractocamión placa patente GLRK-18-4, marca Freightliner, modelo Cascadia 125, color blanco, año 2015, que da cuenta de la deuda vigente emitido con de 27 de junio de 2024 por la Ilustre Municipalidad de Copiapó; b) Certificado de inscripción y anotaciones vigentes del vehículo GLRK.18-4 emitido con fecha 07 de octubre de 2024, por el Servicio de Registro Civil e Identificación; y, c) Contrato de promesa de compraventa celebrado con fecha 26 de agosto de 2021 entre Transportes CHR Hijos SpA y don Francis Antoin Resk Contreras, sobre el vehículo tractocamión, marca Freightliner, modelo CASC 124, Nro. Motor 06R1060524, Nro. CHASIS 3AKJGLCK8ESFW4029, color blanco, año 2015, P.P.U. GLRK-18-4. TERCERO: Que, como se indicó, la demandada compareció al proceso allanándose a la pretensión del actor, sin aportar elemento probatorio alguno. Código: BCHXXRXXNCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol C-2688-2024 CUARTO: Que, previo a resolver el asunto sometido a conocimiento de este Tribunal, es útil precisar que el allanamiento o aceptación llana de las peticiones del contendor, tiene como efecto, en los términos expuestos por el tratadista Carlos Anabalón Sanderson, la producción de “
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Rol C-2688-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : C-2688-2024 CARATULADO : RESK/I MUNICIPALIDAD DE COPIAPO Copiapó, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: En lo principal de Folio 01 , compareció el abogado don Francisco Javier Fernández Pérez, cédula de identidad N°15.016.168-1, con domicilio en calle Ramírez N°1861, oficina N°307,
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