EVA/BARRIOS
Rol
C-17258-2024
Fecha
5 de diciembre de 2024
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 con fecha 25 de septiembre de 2024, comparece MERCEDES EVA PARADA, cédula nacional de identidad Nº8.712.213-1, chilena, arquitecta; domiciliada en Los Capitanes Nº1265 de la comuna de Providencia, de la ciudad de Santiago, quien interpone demanda de terminación anticipada de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y restitución de la propiedad, en contra de don RODRIGO BARRIOS GAJARDO, chileno, ingeniero comercial, Rut N°10.746.465-4, domiciliado en Avenida Providencia N°455 Dpto. 2404, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago. India que, con fecha 1 de diciembre de 2022, celebró contrato de arriendo con el demandado respecto del inmueble ubicado en Avenida Providencia N°455 Dpto. 2404, de la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago. Agrega que el monto del canon de arriendo fue fijado en la suma de $365.000 por cada período mensual, más reajustes del IPC, según consta de la cláusula cuarta del contrato. Expresa que los pagos que no se han efectuado a la propietaria del inmueble por la corredora de propiedades que consta en el contrato de arriendo, ascienden a los siguientes montos: Señala que el fundamento de su acción está en el artículo 1977 del Código Civil. Respecto de las rentas de arriendo que se devenguen en el juicio, el fundamento lo señala en el artículo 1945 del mismo cuerpo legal ya referido. En cuanto a las cuentas de consumos básicos que se adeuden y se devenguen durante el juicio, indica como fundamento el artículo 10 incisos 2° y 3° de la ley 18.101. 1 Código: BZWEXRLJLCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17258-2024 Expone que se ha acercado a la demandada para otorgarle facilidades de pago, pero que no ha cumplido, que lo llamó por teléfono, envió correos y carta certificada, sin obtener respuesta. Cita artículos 1945, 1947 del Código Civil y solicita se tenga por presentada demanda en juicio sumario de terminación anticipada de contrat
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 compareció Mercedes Eva Parada, quien interpuso demanda de terminación anticipada de contrato de arrendamiento por no pago de rentas y restitución de la propiedad, en contra de don Rodrigo Barrios Gajardo, solicitando se resuelva el contrato de arriendo del departamento N°2404 ubicado en Avenida Providencia N°455, Providencia, Santiago. SEGUNDO: Que la demandada no compareció al juicio, no contestó la demanda, ni incorporó prueba. 2 Código: BZWEXRLJLCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17258-2024 TERCERO: Que, en la audiencia de estilo, se fijaron los siguientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1.- Existencia y términos del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes. 2.- Si el arrendatario se encuentra al día en el pago de las rentas de arrendamiento. En caso contrario, montos adeudados por tales conceptos. CUARTO: Que la demandante acompañó la siguiente prueba documental a folio 1: 1.- Contrato de arriendo de fecha 1 de diciembre de 2022 celebrado entre doña Mercedes Eva Parada y don Rodrigo Barrios Gajardo. 2.- Copias de carta y de comprobante de Correos de Chile, de envío certificado, dirigida al arrendatario de fecha 5 de septiembre de 2024 requiriendo de pago y solicitando la entrega del inmueble. 3.- Copia de correo electrónico enviado al correo electrónico informado en el contrato de arriendo r.barrios@gmail.com requiriendo de pago y solicitando la entrega del inmueble. QUINTO: Que la demandada no acompañó prueba alguna atendida su rebeldía. SEXTO: Que, conforme las normas de la sana crítica, es posible tener por establecidos los siguientes hechos: 1. Conforme el contrato de arriendo: a. Que, con fecha 1 de diciembre de 2022, la demandante celebró contrato de arriendo con el demandado respecto del inmueble ubicado en Avenida Providencia N°455, departamento N°2404, Providencia, Santiago, incluyendo bodega N°180 y box 172. b. Que la cláusula segunda estipuló que el destino del inmueble era habitación. c. Que, en cuanto al plazo, conforme la cláusula tercera, el arrendamiento regiría desde el 1 de diciembre de 2022 por un año, terminado dicho plazo se prorrogaría por un mes hasta que una parte de aviso de desahucio a la otra, por escrito y con 30 días de anticipación. 3 Código: BZWEXRLJLCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17258-2024 d. Que, conforme la cláusula cuarta, la renta mensual de arrendamiento se pactó en $365.000, pagadera entre el 1 y 5 de cada mes y se reajustará semestralmente a partir de esta fecha siendo el primer reajuste el 1 de junio de 2023, en la misma proporción en que haya variado el índice de Precios al Consumidor del semestre anterior. e. Conforme la cláusula quinta, por cada día de retraso en la cancelación de la renta de arrendamiento, el arrendatario deberá cancelar al arrendador a título de multa el e
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta en lo principal de folio 1, declarándose terminado el contrato de arrendamiento y ordenándose 5 Código: BZWEXRLJLCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17258-2024 la restitución del inmueble al arrendador dentro de tercero día de notificada la sentencia. II. Que se condena a la demandada al pago de $1.460.000 más reajuste e intereses, según se señala en los motivos undécimo y duodécimo. III. Que se condena a la demandada a pagar las costas del juicio. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol C-17258-2024 Resolvió doña Valeria Osorio Zamora, Jueza Suplente de este Noveno Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro 6 Código: BZWEXRLJLCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-05T13:09:44-0300
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C-17258-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-17258-2024 CARATULADO : EVA/BARRIOS Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 con fecha 25 de septiembre de 2024, comparece MERCEDES EVA PARADA, cédula nacional de identidad Nº8.712.213-1, chilena, arquitecta; domiciliada en Los Capitanes Nº1265 de la comuna de Providencia
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