RVC ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION SPA/NSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO
Rol
I-60-2024
Fecha
28 de noviembre de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constatados por el funcionario, y termina señalando que no existió justificación del atraso, que no se dejó constancia de algún problema existente que justifique su retraso, y más aún, cuando ingresó le quitó un documento que el trabajador había entregado a la conciliadora y que estaba en el escritorio. Por último, en cuanto a la petición subsidiaria, de rebaja de la multa, la reclamante no señala argumentos para ello, por lo que solicita el rechazo de esta petición. TERCERO: Que son hechos no controvertidos: 1. Que se cursó a la reclamante la Resolución de Multa N°4178/24/214 de fecha 25 de julio del 2024; 2. Que las normas que se señalan como infringidas son los artículos 29 y 30 del DFL N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; 3. Que la multa fue cursada por no comparecer en forma personal o por intermedio de mandatario sin causa justificada a la Inspección del Trabajo el día 25 de julio de 2024, a las 12:00 horas, en virtud de un reclamo interpuesto por el trabajador Marcelo Aníbal Silva Ferrada. CUARTO: Que se fijó como hechos a probar: 1. Efectividad de haberse incurrido en error de hecho al haberse cursado la multa que se reclama, antecedentes de hecho; 2. Efectividad de haber existido el día 25 de julio del 2024 una contingencia en el servicio de metro de Santiago, en su caso, en que habría consistido la misma y momento del día en que habría tenido lugar; 3. Tenor del acta de comparendo de conciliación llevado a efecto en la Inspección del Trabajo el día 25 de julio del 2024. QUINTO: Que la parte reclamante incorporó al juicio sólo prueba documental, consistente en: 1. Publicación Bio Bio Chile.cl, de fecha 25 de julio de 2024. 2. WhatsApp con noticia de cierre de estaciones de Metro de fecha 25 de julio de 2024. SEXTO: Que la reclamada incorporó al juicio las siguientes pruebas: Documental: consistente en: (Folio 18-22) 1. Presentación de reclamo ante la Inspección del Trabajo N°1313/2024/2180; 2. Resolución de multa N°4178/24/
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo comparece SERGIO TÉLLEZ NANCUANTE, chileno, abogado, en representación convencional de RCV Arquitectura y Construcción SpA, empresa chilena, del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Benjamín 2935, oficina 302, Las Condes, quien de conformidad con lo previsto por el artículo 503 del Código del Trabajo, interpone reclamo judicial en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de San Bernardo, RUT 61.502.000-1, representada por don Rodrigo Antonio Castillo Serrano, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Freire N°473, 2° Piso, San Bernardo, respecto de la resolución de multa número 4178/24/214, de fecha 25 de junio de 2024, notificada a su parte el 02 de septiembre del año 2024, solicitando que se deje sin efecto dicha resolución administrativa y la multa establecida conforme a ella, o bien, en subsidio, se rebaje prudencialmente su monto, por no ser efectiva la infracción. Expone que la multa cursada asciende a 1,11 IMM, equivalentes a $ 357.748, por no haber comparecido a la citación a comparendo de mediación. El enunciado es el siguiente: “No comparecer el empleador en forma personal o por intermedio de mandatario o apoderado con amplias facultades otorgadas por escrito, en concreto, la de transigir, sin causa justificada, a la inspección del trabajo, habiéndose verificado que el empleador fue citado bajo apercibimiento legal para la fecha y hora, según el siguiente detalle: audiencia de conciliación de fecha 25/07/2024 a las 12:00 horas, notificado a través de correo electrónico registrado por la empresa en el portal de la dirección del trabajo (MIDT) el 15/07/2024 a las 10:26 horas, casilla de correo rvcmueblesadm@gmail.com por reclamo interpuesto por el trabajador don Marcelo Aníbal Silva Ferrada Rut 19278783-1”. Las normas infringidas son el artículo 29 y 30 del DFL N°2 del año 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Señala que se incurrió en error de hecho al ser cursada la multa, pues su parte compareció con poder suficiente, llegando unos minutos tarde debido a la contingencia que afecto ese día al Servicio de Metro como consecuencia de diversas manifestaciones que también afectaron el servicio de superficie, lo cual también afecto al reclamante, el cual llegó atrasado, 5 minutos antes que su parte. Efectivamente, el jueves 25 de julio del año 2024, durante la mañana, se produjeron diversas manifestaciones en Santiago, causando gran congestión en el transporte terrestre, afectando la frecuencia y tiempo de viaje, por el cual casi se triplicó el tiempo de desplazamiento, aquello también afecto al reclamante. La situación fue explicada a la fiscalizadora, pero solo acepto la justificación respecto del reclamante, pero no respecto de su parte. Al efecto, el artículo 29 del Decreto con Fuerza de Ley número 2 del año 1967, dispone; “La Dirección del Trabajo y los funcionarios de su dependencia podrán citar a e
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA en todas sus partes el reclamo judicial deducido por el abogado SERGIO TÉLLEZ NANCUANTE, en representación convencional de RCV Arquitectura y Construcción SpA, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo del Maipo, representada por su Inspector Provincial don Rodrigo Castillo Serrano. II.- Que se condena en costas a la reclamante, regulándose las mismas en la suma de $200.000-. Ejecutoriada la presente sentencia, cúmplase. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT I-60-2024. RUC 24-4-0608949-1 Dictada por doña Clara Rojo Silva, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo. PÁGINA 1 DE 1
Texto Completo (Preview)
JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO RIT «RIT» RUC «RUC» San Bernardo, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo comparece SERGIO TÉLLEZ NANCUANTE, chileno, abogado, en representación convencional de RCV Arquitectura y Construcción SpA, empresa chilena, del giro de su denominació
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica