2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GÓMEZ/PACÍFICO CABLE SPA

Rol

O-3463-2024

Fecha

27 de noviembre de 2024

Materia

Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos narrados son falsos: a. Desde el inicio de la relación laboral ha desarrollado sus funciones con el debido cuidado y precaución necesaria. b. En el mes de febrero de 2024 fue víctima de hurto, abrieron la camioneta y sustrajeron una serie de equipos y materiales, dichos equipos y materiales la empresa se los iba descontando mes a mes, aún sin especificar ni tener pleno conocimiento de la cantidad de materiales que estaban faltando. c. En el mes de febrero de 2024, don Fabián le señaló “tú y tú, necesito que abran la camioneta y que saquen todos los equipos porque vamos a pistolear”, tomó un par de fotos, mismas que se adjuntan en la carta de despido, específicamente en el punto N° 2 (i) y, curiosamente, las fotografías también fueron tomadas a la camioneta de un colega, que también fue despedido bajo las mismas circunstancias. Indica que en la carta de despido se mencionan una serie de modelos y números de serie de decodificadores, además la empresa, importa estos dispositivos en grandes cantidades y se le acusa de no haber "devuelto" dichos decodificadores, los cuales, no tienen ninguna utilidad fuera de la empresa. Además, no ha firmado ningún documento que acredite la recepción de esos decodificadores y números de serie mencionados en la carta de despido. Indica que se encuentra frente a un despido injustificado, toda vez que no son efectivos los hechos en que se funda el despido, siendo carga de la contraria acreditar la veracidad de sus afirmaciones, así como el cumplimiento de las formalidades legales. Sumado a lo anterior, su ex empleador le adeuda el pago del feriado legal y del feriado proporcional respectivo durante toda la relación laboral y 4 días trabajados Termina solicitando se declare despido injustificado y deberán pagar las siguientes cantidades: 1. $1.791.384, por concepto de la indemnización sustitutiva del aviso previo. 2. $7.165.536, por concepto de la indemnización por años de servicio 3. $5.732.428, por concepto del Recargo del 80% p

Fundamentos

motivos por los cuales debe acogerse la demanda en este punto, declarándose el despido como indebido. EN CUANTO A LA REMUNERACION NOVENO: Que el actor indica que para efectos de lo dispuesto por el artículo 172 del Código del Trabajo, su remuneración mensual correspondía a la suma de $1.791.384, de acuerdo con el monto de remuneración imponible declarado por su ex empleador ante la institución previsional AFC CHILE en el período correspondiente al mes de noviembre de 2023. Conforme a dicha disposición y teniendo en cuenta que el actor tenía remuneración variable y conforme a las últimas 3 liquidaciones acompañadas, marzo, febrero y enero de 2024, el promedio corresponde a lo indicado por el demandado, esto es, $1.323.025, por lo que ella servirá para el cálculo de las indemnizaciones señaladas. DÉCIMO: Que con relación a las alegaciones de la demandante del pago de feriado adeudado y habiendo el demandado acompañado documentos que informan a este tribunal sobre su cumplimiento y pago, los que no han sido objetados, y la liquidación donde consta el efectivo pago mediante transferencia, entiende esta jueza que nada se adeuda por tales conceptos. En igual sentido con relación a la remuneración de los días trabajados del mes de abril del 2024 la demandada acreditó su pago por lo que se desechará tal solicitud.

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 47, 160, 168, 172 y siguientes, y 446 y siguientes, 486 y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, SE acoge la demanda deducida por Juan Carlos Gómez Alcaino, en contra de Pacifico Cable Spa, y se declara que el despido es injustificado y se le condena al pago de las siguientes indemnizaciones: 1. $1.323.025, por concepto de la indemnización sustitutiva del aviso previo. 2. $5.292.100, por concepto de la indemnización por años de servicio 3. $4.233.680, por concepto del Recargo del 80% previsto en el artículo 168 letra “C” del Código del Trabajo. II.-Lo anterior con intereses y reajustes en conformidad al art. 173 del Código del Trabajo. III.- Que cada parte pagará sus costas. RIT: O-3463-2024 Ruc: 24-4-0574735-5 DICTADO POR DOÑA VERÓNICA HERRERA OCARES, JUEZA TITULAR (d) DEL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO.

Texto Completo (Preview)

SANTIAGO, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: Que en causa O-3463-2023 Juan Carlos Gómez Alcaino, interpone demanda en procedimiento de Aplicación General por despido injustificado, indebido o improcedente y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleador El Pacifico Cable Spa, RUT N° 96.722.400-6, del giro de su denom

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