1º Juzgado Civil de Valparaíso

SILVA/COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPEUCH,

Rol

C-1439-2024

Fecha

5 de diciembre de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Sonia Edith Barrientos León, abogada, domiciliada en calle 7 Norte N°645, Viña del Mar, en representación convencional de Olga Loreto Silva Carvajal, trabajadora social, domiciliada en calle Av. Portales N°1314, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, e interpone demanda ordinaria de prescripción en juicio de menor cuantía, en contra de Cooperativa del Personal de la Universidad de Chile Limitada, Coopeuch LTDA., representada legalmente por Rodrigo Andrés Silva Iñiguez, Ingeniero Civil Industrial, ambos domiciliados en calle Condell N°1257, comuna de Valparaíso, solicitando se declare la prescripción de las acciones de cobro que emanan de los pagarés N°2010075066 y N°2010139332, suscritos el 04 de Agosto y el 02 de Noviembre de 2.010, respectivamente, con costas. A folio 8, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. A folio 9, la parte demandante evacuó el trámite de la réplica. A folio 12, se tuvo por evacuado el trámite de la dúplica en rebeldía de la parte demandada. A folio 22, se llevó a efecto la audiencia de conciliación, con allanamiento de la parte demandada. A folio 25, atendido el allanamiento de la parte demandada, se citó a las partes para oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a lo principal de folio 1, comparece Sonia Edith Barrientos León, abogada, domiciliada en calle 7 Norte N°645, Viña del Mar, en representación convencional de Olga Loreto Silva Carvajal, trabajadora social, domiciliada en calle Av. Portales N°1314, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, e interpone demanda ordinaria de prescripción en juicio de menor cuantía, en contra de Código: EMGPXRHCRVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cooperativa del Personal de la Universidad de Chile Limitada, Coopeuch LTDA., representada legalmente por Rodrigo Andrés Silva Iñiguez, Ingeniero Civil Industrial, ambos domiciliados en calle Condell N°1257, comuna de Valparaíso, solicitando se declare la prescripción de las acciones de cobro que emanan de los pagarés N°2010075066 y N°2010139332, suscritos el 04 de Agosto y el 02 de Noviembre de 2.010, respectivamente, con costas. Funda su demanda, expresando primeramente que el pagaré N°2010075066, suscrito el 04 de Agosto de 2.010, por la suma total de $9.576.906, fue pactado en 60 cuotas mensuales y sucesivas de $40.966 y una última de $32.669, venciendo la primera el 15 de Agosto de 2.010 y la última el 15 de Agosto de 2.015. Agrega que respecto de este pagaré, dejó de pagar desde la cuota N°41, vencida el 15 de Diciembre de 2.013, generando una deuda que asciende a la suma de $23.136.518.- Respecto del pagaré N°2010139332, suscrito el 02 de Noviembre de 2.010, por la suma total de $1.780.880, fue pactado en 60 cuotas mensuales y sucesivas de $52.590, venciendo la primera el 05 de Diciembre de 2.010 y la última el 05 de Noviembre de 2.015. Agrega que este pagaré dio origen a la causa C-426-2012 del Juzgado de Letras de Casablanca, en la que su mandante se obligó a pagar la suma de $2.957.389, en 99 cuotas mensuales y sucesivas de $29.873, venciendo la primera el 26 de Julio de 2.012 y la última el 26 de Septiembre de 2.020. Agrega que su representada no pagó tales cuotas, adeudando la suma de $2.957.389.- Finalmente, invoca lo dispuesto en el artículo 2514 de Código Civil, y 98 de la Ley N°18.092, solicitando tener por interpuesta demanda de prescripción en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de Cooperativa del Personal de la Universidad de Chile Limitada, COOPEUCH LTDA, ya individualizada, admitirla a tramitación, y en definitiva, declarar la prescripción de los pagarés, con costas. SEGUNDO: Que a folio 8, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. TERCERO: Que a folio 9, la parte demandante evacuó el trámite de la réplica, solicitando tener por reproducidos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de la demanda de folio 1. CUARTO: Que a folio 12, se tuvo por evacuado el trámite de la dúplica en rebeldía de la parte demandada. Código: EMGPXRHCRVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que a folio 22, se

Fallo

se declara: I.-Que se acoge la demanda de lo principal de folio 1, y en consecuencia, se declara la prescripción extintiva de las acciones de cobro que emanan de los pagarés N°2010075066, y N°2010139332, suscritos el 02 de Noviembre de 2.010 y el 04 de Agosto de 2.010, respectivamente. - II.-Que no habrá condena en costas, por los motivos expuestos en el fundamento noveno.- Regístrese y en su oportunidad, archívese.- Código: EMGPXRHCRVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL N° 1439-2024 Pronunciada por Patricia Montenegro Vásquez, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valpara soí , cinco de diciembre de dos mil veinticuatro Código: EMGPXRHCRVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-05T08:56:57-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-1439-2024 CARATULADO : SILVA/COOPERATIVA DE AHORRO Y CR DITO COOPEUCH,É Valpara soí , cinco de diciembre de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Sonia Edith Barrientos León, abogada, domiciliada en calle 7 Norte N°645, Viña del Mar, en representación convencional de Olga Loreto Silv

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