2º Juzgado Civil de Concepción

ROJAS/

Rol

V-181-2023

Fecha

3 de diciembre de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece MIRELLA YANET ROJAS MILLARES, dueña de casa, domiciliada en Parque Nacional Laguna San Rafael, Lomas Coloradas número 773, comuna de San Pedro de la Paz, solicitando el cambio de su nombre “MIRELLA YANET ROJAS MILLARES”, por el de “MIRELA YANET ROJAS MILLARES”, en virtud de los siguientes antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que pasa a exponer: Que tal como consta en el certificado de nacimiento que se acompaña en un otrosí, fue inscrita con el nombre de MIRELLA YANET ROJAS MILLARES. Que, a pesar de lo antes mencionado, desde hace más de 10 años aproximadamente su entorno, ya sean amigos, familiares u otros terceros extraños, al referirse a su persona lo hacen por su primer nombre, el cual es “MIRELLA”, pero pronunciándolo como ‘’MIREYA’’, siendo que se pronuncia ‘’MIRELA’’. Que esta situación le provoca desagrado, ya que constantemente debe estar corrigiendo que su nombre se pronuncia MIRELA y no MIREYA. Dicha situación le produce un menoscabo moral evidente, debido a las continuas correcciones a que ha hecho alusión, solicitando en no pocas ocasiones que además se escriba de manera correcta. Que, debido a esto, también a lo largo de su vida se han presentado varios problemas por confusiones en su nombre, ya que la llaman y mencionan de manera diferente, situación que ha ocurrido, por ejemplo, al otorgarme alguna licencia médica, porque en general es conocida con un nombre distinto al de ella. Que todo lo anterior le genera un problema constante, provocando en ella distintos sentimientos que no se concilian con su proyecto de vida. En la actualidad, todos los días persiste esta problemática, y tiene que anticiparse cuando da su nombre para la emisión de algún documento, también aclarar de antemano como se pronuncia su nombre para que no incurra en errores. Código: EKRWXRKPJUL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que es por todo lo anterior, que “MIRELLA” es un nombre que no desea seguir manteniendo, pues genera un gran menoscabo en su persona, por las diversas situaciones negativas expuestas, y es por esto que desea modificarlo quitándole una ‘’L’’ para que quede como ‘’MIRELA’’. Por lo anteriormente expuesto y normas legales citadas, solicita tener por iniciada esta gestión de Cambio de nombre, para quedar en definitiva como “MIRELA YANET ROJAS MILLARES”. A folio 1, se acompaña certificado de nacimiento de la solicitante. A folio 10, se rindió información sumaria de testigos que acredita los fundamentos de la solicitud. A folios 19 y 21, rolan informes de Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile, respectivamente, informando que la solicitante no registra órdenes de arresto, antecedentes ni encargos judiciales vigentes en su contra. A folio 27, se certificó el hecho de haberse practicado la publicación en el Diario Oficial el 15 de julio de 2024 asimismo, el hecho de no existir oposición a la solicitud de autos. A folio 35, rola informe de la Fiscalía Regional, informando que la solicitante, no registra delitos, no tiene condenas pendientes y no existen a su respecto órdenes de detención pendientes, ni se encuentra sujeta a otras medidas cautelares personales. A folio 40, consta informe de la Dirección General de Registro Civil e Identificación de Santiago.

Fallo

se resuelve: Que el Oficial del Registro Civil e Identificación de la Circunscripción Lebu, procederá a rectificar la inscripción n° 777 del año 1972, correspondiente a MIRELLA YANET ROJAS MILLARES, Run N° 11.965.198- 0, en el sentido de dejar establecido que el nombre de la inscrita es MIRELA YANET ROJAS MILLARES. Regístrese, notifíquese y archívese. Rol V-181-2023 Dictada por Adolfo Ignacio Depolo Cabrera, juez titular del Segundo Juzgado Civil de Concepción. Código: EKRWXRKPJUL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EKRWXRKPJUL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-12-03T12:29:45-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Concepci nó CAUSA ROL : V-181-2023 CARATULADO : ROJAS/ Concepción, tres de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: A folio 1, comparece MIRELLA YANET ROJAS MILLARES, dueña de casa, domiciliada en Parque Nacional Laguna San Rafael, Lomas Coloradas número 773, comuna de San Pedro de la Paz, solicitando el cambio de su nombre “MIRELLA Y

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