BANCO SANTANDER-CHILE S.A./OPAZO
Rol
C-4101-2024
Fecha
3 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, en folio 1, el 10 de junio de 2024, se presenta V ctor Oliva Cordero,í abogado, domiciliado en Castell n 228, oficina 14, Concepci n, en su calidad deó ó mandatario judicial y en representaci n de ó BANCO SANTANDER CHILE, sociedad an nima bancaria, representada legalmente por don Rom n Blancoó á Reinosa, en su calidad de gerente general, espa ol, ingeniero civil, ambosñ domiciliados en calle Bandera N 140, Santiago, y expone que viene en deducir° demanda ejecutiva en contra de IGNACIO JOS OPAZO SEP LVEDA,É Ú ignora profesi n u oficio, con domicilio en Ruta A-15, casa 2, kil metro 2.2,ó ó Condominio Palo Alto, comuna de Los ngeles; fundado en que su representadoÁ es due o de un pagar (cr dito en moneda nacional no reajustable en cuotas fijas)ñ é é N 650038492157, a la orden de su representada, suscrito el 25 de septiembre de° 2020 por Patricio Le n Chavarr a y Ruth Provoste Mu oz, en representaci n deló í ñ ó ejecutado, por la suma de $29.538.057, valor de un pr stamo que recibi ené ó dinero efectivo. Explica que el capital adeudado deb a pagarse en 71 cuotas iguales,í mensuales y sucesivas de $534.099, con vencimiento los d as 5 de cada mes;í venciendo la primera cuota el 5 de enero de 2020 y hasta el 5 de noviembre de 2026, m s una ltima cuota de $534.131, con vencimiento el 7 de diciembre deá ú 2026. Agrega que se estipul en el pagar que la suma prestada devengar a unó é í inter s del 0,70% mensual; y que la mora o simple retardo en el pago de una oé m s cuotas del pagar , dar a derecho al banco para hacer exigible y de plazoá é í vencido, sin obligaci n de protesto, el monto total del capital que se adeudare aó esa fecha, deveng ndose desde entonces y hasta la fecha del pago efectivo, uná inter s moratorio correspondiente al m ximo que la ley permite estipular para esteé á tipo de operaciones. Sostiene que el deudor se encuentra en mora en el pago de la obligaci nó desde la cuota N 36 del 5 de diciembre de 2023, adeudando la suma de° Código: XPXXXR
Fundamentos
fundamentos de derecho en que se apoya la demanda,ó por lo que se cumple con la hip tesis del numeral 4 del art culo 254 del C digoó í ó de Procedimiento Civil; que se ha indicado con claridad las circunstancias en las cuales se contrajo la obligaci n, montos, fechas, cl usulas y condiciones generalesó á y especiales, y que particularmente respecto al se alamiento de la profesi n uñ ó oficio del ejecutado, se cumple por el hecho de indicar que dicha informaci n seó ignora, lo que se se ala expresamente en la demanda.ñ En lo que dice relaci n con la excepci n de concesi n de esperas oó ó ó pr rroga del plazo, dice que no existe un acuerdo de voluntades expreso y formaló con el objeto de aumentar el plazo para el pago de la deuda o de avenir en la forma indicada por la parte ejecutada. En cuanto a la excepci n de pago de la deuda, dice que lo se alado por laó ñ parte ejecutada es falso. En folio 23, el 21 de octubre de 2024,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba.ó En folio 27, el 25 de noviembre de 2024, se cit a las partes para o ró í sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1 .-° Que, conforme a lo consignado en lo expositivo precedente, el banco demandante acciona ejecutivamente en contra del ejecutado persiguiendo el pago de $17.327.546, m s intereses y costas, correspondientes a una acreencia a suá favor, de que dar a cuenta el pagar que acompa legalmente, el que no fueí é ñó pagado en la forma acordada. 2 .-° Que, el apoderado del ejecutado opuso a la ejecuci n las excepcionesó de falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n alí ó demandado; de ineptitud del libelo por falta de alg n requisito legal en el modoú de formular la demanda; de concesi n de esperas o pr rroga del plazo; y de pagoó ó de la deuda, de los numerales 7, 4, 11 y 9 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil, por los fundamentos expuestos en la parte expositiva de esta Código: XPXXXRBUSZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sentencia, solicitando en definitiva, se niegue lugar a la ejecuci n en todas susó partes, con costas. 3 .-° Que, el ejecutante solicit el rechazo de las excepciones opuestas poró los fundamentos se alados en la expositiva.ñ 4 .-° Que, como cuesti n previa, resulta oportuno an
Texto Completo (Preview)
FOJA: 19 .- Diecinueve.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-4101-2024 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE S.A./OPAZO Concepci nó , tres de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: Que, en folio 1, el 10 de junio de 2024, se presenta V ctor Oliva Cordero,í abogado, domiciliado en Castell n 228, oficina 14, Concepci n, en su calidad deó ó mandata
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